Acuerdo por el que se determinan las sustancias prohibidas y restringidas en la elaboración de productos de perfumería y belleza

Fecha de disposición21 Mayo 2010
Fecha de publicación21 Mayo 2010
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o., 3o. fracción XXIV, 4o. fracción III, 17 bis, 194, fracción I, 212 y 269 de la Ley General de Salud; 1o. fracción XX, 22, 187 y 189 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 6 y 7 fracciones XVI y XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza que toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

Que como una medida de protección a la salud de la población, se requiere garantizar la condición idónea de los productos destinados al uso de las personas, como son los productos de perfumería y belleza.

Que toda vez que de las sustancias susceptibles de emplearse en la elaboración de los productos a que se refiere el considerando anterior, existen algunas que pueden tener efectos tóxicos o implicar cualquier otro riesgo para la salud, es necesario identificar claramente y prohibir su empleo.

Que el campo de la industria de perfumería y cosméticos, se encuentra en evolución continua, por lo que se hace necesario adoptar acciones que protejan la salud de la población y que al mismo tiempo eviten el rezago de nuestro país en el campo de la industria de perfumería y cosméticos.

Que como resultado de las solicitudes recibidas por parte de la industria se han evaluado diversas sustancias encontrándose que no representan riesgos a la salud de la población al ser utilizadas como colorantes en las concentraciones incluidas en este Acuerdo.

Que el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios faculta a la Secretaría de Salud para determinar las sustancias permitidas, restringidas o prohibidas para la elaboración de productos de perfumería y belleza, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS SUSTANCIAS PROHIBIDAS Y RESTRINGIDAS EN LA ELABORACION DE PRODUCTOS DE PERFUMERIA Y BELLEZA

PRIMERO. Para efectos de este Acuerdo, se entiende por:

Colorantes, material que imparte color a otro material o mezcla elaborado por un proceso de síntesis o similar; por extracción o por separación, obtenido de una fuente animal, vegetal o mineral y que posteriormente se ha sometido a pruebas fehacientes de seguridad que lo liberan para su uso en alimentos y en productos de perfumería y belleza o en alguna parte de ellos y que directamente o a través de su reacción con otras sustancias es capaz de impartir el color que le caracteriza.

Conservador, sustancia o mezcla de sustancias que inhibe el desarrollo de microorganismos en el producto.

Sustancias para protección solar, aquéllas destinadas a filtrar ciertos rayos UV a fin de proteger la piel de los efectos potencialmente dañinos de tales rayos.

Sales: las sales de cationes sodio, potasio, calcio, magnesio, amonio y etanolaminas; de aniones cloruro, bromuro, acetatos y sulfatos.

Esteres: los ésteres de metilo, etilo, propilo, isopropilo, butilo, isobutilo y fenilo.

SEGUNDO. No se podrá utilizar en la elaboración de los productos de perfumería y belleza las sustancias a que se refieren los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud, fármacos, fármacos preparados y las siguientes:

  1. Aceite de antraceno

  2. Aceite esencial de epazote (Chenopodium ambrosioides)

  3. Aceite esencial, hojas y preparaciones de Juniperus sabina

  4. Acetil isovalerilo

  5. Acetil etil tetrametil tetralina (AETT, Versalide)

  6. Acetonitrilo

  7. Acido 4-aminosalicílico y sus sales

  8. Acido aminocaproico y sus sales

  9. Acido cianhídrico y sus sales

  10. Acido crisofánico y sus compuestos

  11. Acido retinoico y sus sales

  12. Acido tricoloroacético

  13. Alquilaminas y alcanolaminas secundarias y sus sales

  14. 2-Amino-4-nitrofenol

  15. 2-Amino-5-nitrofenol

  16. 4-Amino-2-nitrofenol

  17. Acido 4-aminobenzoico PABA

  18. Aminobenceno y sus sales y derivados halogenados y sulfonados

  19. Aminotolueno y sus sales y derivados halogenados y sulfonados

  20. Aminoxilenos y sus sales y derivados halogenados y sulfonados

  21. Anestésicos locales

  22. Anisiliden acetona

  23. Antimonio y sus compuestos

  24. Arsénico y sus compuestos

  25. Benceno

  26. Benciliden acetona

  27. Bitionol (2,2 tio bis[4-6 dicloro fenol])

  28. Bromo metaloide

  29. p-ter-Butilfenol

  30. Cadmio y sus compuestos.

  31. Catalasa

  32. Cloro Elemental

  33. Cloroformo

  34. Cloruro de vinilo monómero

  35. Crisarobina y sus compuestos

  36. Crotonato de metilo

  37. Dibromosalicilanilida

  38. Dicloroetano

  39. Diclorofenol

  40. Dimetilamina

  41. Dimetilsulfóxido

  42. Dioxano

  43. Disulfuro de carbono (Sulfuro de carbono)

  44. Eter etílico

  45. Fenilacetona

  46. Fenol

  47. Fósforo y fosfuros metálicos

  48. Hexaclorofeno

  49. Hexacloroetano

  50. Hexahidrocumarina

  51. Hidrocarburos halogenados utilizados como propelentes

  52. Isotiocianato de alilo

  53. Lactato de estroncio

  54. Mercurio y sus compuestos, excepto los listados en conservadores

  55. Metaldehído (poliacetaldehído)

  56. Metacrilato de metilo

  57. Monobencil éter de hidroquinona

  58. Monoetil éter de etilenglicol y su acetato

  59. Monoetil éter de hidroquinona

  60. Monometil éter de etilenglicol y su acetato

  61. Monometil éter de hidroquinona

  62. Musk alfa (1,3-dibromo-4-metoxi-2-metil-5-nitrobenceno)

  63. Musk ambrette

  64. Musk KS (1,3-dibromo-2-metoxi-4-metil-5-nitrobenceno) (2,6-dibromo-3-metil-4- nitroanisol)

  65. Musk moskene

  66. Musk tibetene

  67. Nicotina

  68. Nitrato de estroncio

  69. Nitrobenceno

  70. Nitrosaminas

  71. Oxido de etileno

  72. Pirocatecol (catecol)

  73. Pirogalol

  74. Plomo y sus compuestos

  75. Policarboxilato de estroncio

  76. Pseudoionona

  77. Pseudometiliononas

  78. Sales de cromo y ácido crómico

  79. Sales de oro

  80. Selenio y sus compuestos, excepto disulfuro de selenio

  81. Tetrabromo salicilanilida

  82. Tetracloroetileno

  83. Tetracloro salicilanilida

  84. Tetracloruro de carbono

  85. Uranio y sus compuestos

  86. Vitamina D2 (Ergocalciferol)

  87. Vitamina D3 (Colecalciferol) y

  88. Yodo o yodo metaloide

    Además de las sustancias anteriores, se prohíbe el uso en fragancias de las siguientes:

  89. Absoluto de hojas de té (Camelia sinensis)

  90. Aceite absoluto y concreto de la raíz de costus (Saussurea lappa clarke)

  91. Aceite de corteza de massoia y lactona de massoia (Cryptocaryo massoia)

  92. Aceite de elecampane (Inula helenium)

  93. Aceite de hojas de higo (Ficus carica)

  94. Aceite de melisa (Melissa officinalis)

  95. Aceite de verbena (Lippia citriodora Kunth)

  96. Acrilato de etilo

  97. Alcohol de ciclamen

  98. Alcohol hidroabietílico (abietol)

  99. Bromoestireno

  100. 3-bromo-1,7,7-trimetilbiciclo[2.2.1]-heptan-2-ona

  101. Cianuro de bencilo

  102. Cinamiliden acetona

  103. Citraconato de dimetilo

  104. Colofonia

  105. 2,2-dicloro-1-metilciclopropilbenceno

  106. Dietilacetal del trans-2-hexenal

  107. Difenilamina

  108. Dihidrocumarina

  109. 2,4-Dihidroxi-3-metil benzaldehído

  110. 3, 7-Dimetil-2-octen-1-ol

  111. Dimetilacetal del trans-2-hexenal

  112. 4,6-Dimetil-8-terbutilcumarina

  113. Esteres del ácido 2-octinoico, excepto metil y alil heptino carbonato

  114. Esteres del ácido 2-noninoico, excepto metil octino carbonato

  115. Fenilbenzoato

  116. Furfuriliden acetona

  117. 6-Isopropil-2-decalol

  118. Isofurona

  119. Maleato de dietilo

  120. -Metil anisilidenacetona

  121. 6-Metilcumarina

  122. 7-Metilcumarina

  123. 4-Metil-7-etoxicumarina

  124. 7-Metoxicumarina

  125. 2- Pentilidenciclohexan-1-ona o Pentiliden ciclohexanona

  126. Trans-2-Heptenal

    TERCERO. El empleo de las sustancias que se indican a continuación debe limitarse a las siguientes condiciones de uso y concentraciones máximas permitidas.

    Nombre común Nombre químico y sinónimos Concentración máxima permitida (%) Condiciones de uso
    1. Acetona 2-Propanona Dimetilcetona Dimetilformaldehído Sólo en productos para el cuidado de las uñas.
    2. Acido ascórbico y sus sales 2,3-Dehidro-L-treo-hexono-1,4- lactona 3-Ceto-L-gulofuranolactona Vitamina C Ascorbato cálcico Sal de calcio del ácido ascórbico Ascorbato magnésico Sal de magnesio del ácido ascórbico Ascorbato sódico Sal de sodio del ácido ascórbico y otros cationes de acuerdo a las definiciones 35,00 Como principio activo en todo tipo de productos. Cuando se emplee como antioxidante del producto no se deberá atribuir al mismo propiedades cosméticas por la presencia del ácido.
    3. Acido benzoico y su sal de sodio Acido bencenocarboxílico Acido fenilcarboxílico Acido fenilfórmico Sal sódica del ácido benzoico 2,5 0,5 En productos que se enjuagan. En todo tipo de productos.
    4. Acido bórico boratos Acido boráxico Acido ortobórico Bórax Borato sódico Borato de sodio Trihidroxiborano No se podrán emplear en productos para bebés y niños menores de tres años. No se podrán usar en pieles escoriadas o irritadas.
    Sal sódica del ácido bórico 3,00 Productos varios.
    Trihidróxido de boro 5,00 En talcos.
    Borato de potasio Borato potásico
    5. Acido fórmico y su sal de sodio Formiato de sodio Formiato sódico Sal sódica del ácido fórmico 0,50 (Como ácido fórmico) Para todo tipo de productos.
    6. Acido p-hidroxibenzoico y sus sales y sus ésteres Acido 4-hidroxibenzoico Acido p-salicílico Parabeno 0,40 (Como ácido para un éster) Para todo tipo de productos.
    Butilparabén Butilparabeno Etil parabén Etil parabeno Fenilparaben Fenilparabeno 0,80 (como ácido para mezcla de ésteres)

    Hidroxibenzoatos Isobutil parabeno Isofenilparabén Isopropilparabén Isopropilparabeno Metilparabén Metilparabeno
    Parabén Parabén butílico Parabén cálcico Parabén etílico Parabén fenílico Parabén isobutílico Parabén isopropílico Parabén metílico Parabén potásico Parabén propílico Parabén sódico Parabeno Parabeno butílico Parabeno cálcico Parabeno de calcio Parabeno de potasio Parabeno de sodio Parabeno etílico Parabeno fenílico Parabeno isobutílico Parabeno isopropílico Parabeno metílico Parabeno potásico Parabeno propílico Parabeno sódico

    p-Hidroxibenzoato
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