Programas de cómputo y sistemas de licenciamiento

AutorJaime Alberto Díaz Limón
Páginas89-113
VI
CAPÍTULO
Programas de
cómputo y sistemas de
licenciamiento
En el universo de creaciones que brinda la cibersociedad, se erige una gura en lo
particular, que permitió la consolidación de grandes empresas millonarias a nivel
internacional. El ejemplo de Microsoft, líder mundial de creación de programas de
cómputo, con ingresos aproximados en los $77 550 millones de dólares tan sólo en
el 2013, debió esa impactante cantidad al margen del 84% sobre sus ventas totales;
Oracle ingresó $29.7 mil millones de dólares e IBM la cantidad de $29.1 mil mi-
llones de dólares; esto sólo en el mercado de venta de software sin contemplar ga-
nancias por mercadeo o hardware; a esta lista se podrían sumar especialistas como
Hewlett-Packard, EMC2 y SAP —el gigante del software multinacional con sede en
Alemania—, todos ellos que superaron la cantidad de 6 mil millones de dólares. Su
crecimiento económico no sólo ocurre en su campo, sino que a nivel internacional
ha permitido que su poder político y monetario los reeje dentro de las empresas
más poderosas del mundo; en ese mismo año, según la lista Forbes, coloca a Gene-
ral Electric (lugar cuatro de la lista global), Apple (lugar 15), Samsung Electronics
(Número 20), IBM (Lugar 34), Microsoft (Lugar 41) y Oracle (en el lugar 112);1 este
1 FORBES México. “Las 20 empresas tecnológicas más importantes del mundo”. Forbes Staff. Por-
tada. Agosto 18 de 2013. Puede consultar el listado completo en el vínculo https://www.forbes.com.mx/
las-20-empresas-tecnologicas-mas-importantes-del-mundo/ visto el 14 de noviembre de 2017.
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Abogado Digital. Estudios sobre Derecho Cibernético, Informático y Digital
listado merece grandes actualizaciones, sin embargo, destaca la premisa fundamen-
tal del presente capítulo, pues determina la cantidad de bienes digitales que circulan
en la red, gracias a las únicas y novedosas formas jurídicas que existen hoy en día.
En gran medida, las empresas que he invocado al presente texto deben su fortale-
za al sistema de licenciamiento no exclusivo y temporal que otorgan a los usuarios
de sus plataformas, no sólo para uso doméstico, sino comercial. Empero, el ciberes-
pacio se ha consagrado como el rey de la creación de nuevos modelos de negocio
—y con ello nuevos esquemas jurídicos— que obliga a los empresarios a adaptar sus
modelos en persecución de mantener las ganancias millonarias que los colocan en la
cúspide comercial.2
El presente capítulo tendrá por objeto detallar a los programas de cómputo des-
de la semántica3 y cómo es que se componen los negocios jurídicos detrás de los
mismos; posteriormente analizaremos la base jurídica internacional (Tratado de la
OMPI sobre Derechos de Autor) y nacional (en apego a lo prescrito por la Ley Fe-
deral del Derecho de Autor); nalmente, aterrizaremos estos elementos en los tipos
más usuales de transmisión de derechos patrimoniales digitales, es decir, código
abierto, el polémico software libre (en especíco, sobre el proyecto GNU) y Crea-
tive Commons.
Debemos entender por programa de cómputo/ordenador o software a la informa-
ción en forma de programas informáticos que permiten a una computadora encar-
garse de ciertas funciones.4 A su vez, el Glosario de la OMPI dene el programa de
ordenador (computación) como “un conjunto de instrucciones que, cuando se incor-
pora a un soporte legible por máquina, puede hacer que una máquina con capacidad
para el tratamiento de la información indique, realice o consiga una función, una ta-
rea o resultados determinados”.
Al conjunto de programas que permiten la debida integración de los mismos den-
tro de un ordenador, se le conoce como Sistema Operativo. De forma regular, el sis-
tema operativo se compone de software que pertenece al mismo desarrollador o bien
a terceros autorizados a crear programas sobre su misma base y lenguaje. El lenguaje
es un conjunto de vocablos, sintaxis y reglas semánticas que denen los programas
de computador; el texto que se redacta con un lenguaje en particular, que una vez
nalizado incluye las instrucciones que deberá realizar la computadora, según la sin-
taxis del lenguaje que se ocupó.
2 Sugiero la lectura del texto Cómo negociar licencias tecnológicas, publicado por la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual con el número 9035, a través del vínculo http://www.wipo.int/export/
sites/www/ip-development/es/strategies/pdf/publication_903.pdf visto el 16 de noviembre de 2017.
3 Propongo un estudio semántico, debido a lo complejo e infructífero que podría resultar un estudio
técnico especializado sobre la materia; ya que el mismo nos alejaría del objetivo central del presente
capítulo.
4 BLACK’S Law Dictionary. Software. http://thelawdictionary.org/software/

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