De la Coordinación de Programas

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1171-1172

Page 1171

Diseño de los programas nacional, sectoriales, especiales e institucionales

17.- Los programas nacional, sectoriales, especiales e institucionales que incidan en la prevención social de la violencia y la delincuencia, deberán diseñarse considerando la participación interinstitucional con enfoque multidisciplinario, enfatizando la colaboración con universidades y entidades orientadas a la investigación, asimismo se orientarán a contrarrestar, neutralizar o disminuir los factores de riesgo y las consecuencias, daño e impacto social y comunitario de la violencia y la delincuencia.

Los programas tenderán a lograr un efecto multiplicador, fomentando la participación de las autoridades de los gobiernos Federal, de los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, organismos públicos de derechos humanos y de las organizaciones civiles, académicas y comunitarias en el diagnóstico, diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas y de la prevención social de la violencia y la delincuencia.

Evaluación de las políticas de prevención social

18.- Las políticas de prevención social deberán ser evaluadas con la participación de instituciones académicas, profesionales, especialistas en la materia y organizaciones de la sociedad civil.

Obligaciones de las autoridades para el cumplimiento de la Ley

19.- En el cumplimiento del objeto de esta Ley, las autoridades de los gobiernos federal, de los estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus atribuciones, deberán:

I. Proporcionar información a las comunidades para enfrentar los problemas derivados de la delincuencia; siempre que no violente los principios de confidencialidad y reserva;

II. Apoyar el intercambio de experiencias, investigación...

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