Programa Sectorial de Educación 2020-2024.

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PROGRAMA Sectorial de Educación 2020-2024. Secretaría de Educación Pública

PROGRAMA SECTORIAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024

  1. - Índice

  2. - Fundamento normativo de elaboración del Programa

  3. - Siglas y acrónimos

  4. - Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

  5. - Análisis del estado actual

  6. - Objetivos prioritarios

    6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Garantizar el derecho de la población en México a una educación equitativa, inclusiva, intercultural e integral, que tenga como eje principal el interés superior de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes.

    6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Garantizar el derecho de la población en México a una educación de excelencia, pertinente y relevante en los diferentes tipos, niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional.

    6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Revalorizar a las maestras y los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo, con pleno respeto a sus derechos, a partir de su desarrollo profesional, mejora continua y vocación de servicio.

    6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Generar entornos favorables para el proceso de enseñanza-aprendizaje en los diferentes tipos, niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional.

    6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5: Garantizar el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte de la población en México con énfasis en la integración de las comunidades escolares, la inclusión social y la promoción de estilos de vida saludables.

    6.6.- Relevancia del Objetivo prioritario 6: Fortalecer la rectoría del Estado y la participación de todos los sectores y grupos de la sociedad para concretar la transformación del Sistema Educativo Nacional, centrada en el aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos.

  7. - Estrategias prioritarias y Acciones puntuales

  8. - Metas para el bienestar y Parámetros

  9. - Epílogo: visión de largo plazo

  10. - Glosario

  11. - Fundamento normativo de elaboración del Programa

    El artículo 25, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Asimismo, el artículo 26 dispone que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación, para lo cual habrá un Plan Nacional de Desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.

    Por su parte, la Ley de Planeación, en sus artículos 4o. y 5o., establece que es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo con la participación democrática de la sociedad y elaborar el Plan Nacional de Desarrollo. Conforme al artículo 21 de la misma ley, este instrumento precisará los objetivos nacionales, la estrategia y las prioridades del desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible del país, establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional, y regirá el contenido de los programas que se generen en el sistema nacional de planeación democrática, entre otros aspectos.

    El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024 aprobado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2019, establece tres Ejes Generales: 1. Política y Gobierno, 2. Política Social y 3. Economía. Asimismo, define 12 principios rectores: i) Honradez y honestidad; ii) No al gobierno rico con pueblo pobre; iii) Al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie; iv) Economía para el bienestar; v) El mercado no sustituye al Estado; vi) Por el bien de todos, primero los pobres; vii) No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera; viii) No puede haber paz sin justicia; ix) El respeto al derecho ajeno es la paz; x) No más migración por hambre o por violencia; xi) Democracia significa el poder del pueblo; y xii) Ética, libertad, confianza.

    La formulación del Programa Sectorial de Educación (PSE) 2020-2024, en el marco de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Planeación, tiene como base los principios rectores del PND 2019-2024, así como aquellas prioridades, disposiciones y previsiones que, por su naturaleza, le corresponden al sector educativo. En este sentido, el derecho a la educación, considerado dentro del Eje General 2. Política Social del PND 2019-2024, articulará las acciones del gobierno federal en el ámbito educativo. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública (SEP) elaborar el PSE y asegurar su congruencia con el PND, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16, fracciones III y IV, de la Ley de Planeación, y en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Asimismo, la SEP es la dependencia responsable de coordinar la publicación, ejecución y seguimiento del PSE.

    La definición de los objetivos y estrategias prioritarias del PSE 2020-2024, así como las acciones puntuales para su logro, tiene como referente la Reforma Constitucional en materia educativa que se publicó en el DOF el 15 de mayo de 2019, así como el contenido de la Ley General de Educación, la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, y la Ley Reglamentaria del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación; cuyo propósito común es garantizar el derecho a la educación de excelencia con inclusión y equidad.

    Asimismo, el PSE 2020-2024 responde a las disposiciones normativas aplicables y distintos ordenamientos como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas; la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; entre otros.

    El PSE 2020-2024 está basado en los derechos que reconoce la CPEUM. Entre ellos destacan el derecho a la no discriminación (artículo 1o.); el derecho a la educación y el derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica (artículo 3o.); el derecho al acceso a la cultura y el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte (artículo 4o.); el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación (artículo 6o.); así como el derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión (artículo 24).

    La incorporación de la perspectiva intercultural y de género en los procesos de programación y presupuestación se rige por el Presupuesto de Egresos de la Federación para cada ejercicio fiscal correspondiente y por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículos 27 y 28.

    En relación con los instrumentos internacionales en materia educativa adoptados por el Estado mexicano, las dimensiones específicas del derecho a la educación están plasmadas especialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979) y en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).

    Adicionalmente, la educación de calidad es uno de los 17 objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada en 2015 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, como una hoja de ruta transformadora para la humanidad con la promesa de no dejar a nadie atrás. Como parte integral del compromiso adquirido por el Estado mexicano, el cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 (ODS 4) Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos, orienta la acción que plantea el Programa Sectorial de Educación 2020-2024.

  12. - Siglas y acrónimos

    CONAFE: Consejo Nacional de Fomento Educativo

    CONAPO: Consejo Nacional de Población

    CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social

    CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    DGPPyEE: Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa

    DOF: Diario Oficial de la Federación

    ENIGH: Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares

    FONE: Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo

    IES: Instituciones de Educación Superior

    INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía

    OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos

    OMS: Organización Mundial de la Salud

    PISA: Programme for International Student Assessment (Programa para la Evaluación Internacional de los Estudiantes)

    PLANEA: Plan Nacional para la Evaluación de los Aprendizajes

    PND: Plan Nacional de Desarrollo

    PSE: Programa Sectorial de Educación

    SEN: Sistema Educativo Nacional

    SEP: Secretaría de Educación Pública

    SINADE: Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte

    TICCAD: Tecnologías de la Información, Comunicación, Conocimiento y Aprendizaje Digital

    UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

  13. -...

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