Programa Poder Ejecutivo Parcial de Urbanización Fraccionamiento Real del Bosque, Segunda Sección, Ubicado al Norte de La Ciudad de Tecomán, Colima, en El Municipio del Mismo Nombre.

Fecha de publicación20 Junio 2020
Fecha de disposición20 Junio 2020
Número de Gaceta42

Tomo 105, Colima, Col., sábado 20 de junio de 2020; Núm. 42, pág. 2 -2-

EL ESTADO DE COLIMA

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN FRACCIONAMIENTO REAL DEL BOSQUE, SEGUNDA SECCIÓN, UBICADO AL NORTE DE LA CIUDAD DE TECOMÁN, COLIMA, EN EL MUNICIPIO DEL MISMO NOMBRE.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción IV, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y con fundamento en lo previsto por el artículo 58, fracción XXXVII, del propio texto constitucional y los numerales 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.141/2020, de fecha 25 de mayo de 2020, recibido en la Secretaría General de Gobierno el día 27 de mayo del año en curso, la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Real del Bosque, Segunda Sección, ubicado al norte de la Ciudad de Tecomán, Colima, en el municipio del mismo nombre, promovido por PROMOTORA E INMOBILIARIA TECOMENSE S. A. DE C.V. y/o el C. José Ricardo Vargas Bustamante. SEGUNDO.- Que en sesión de Cabildo del H. Ayuntamiento de Tecomán, Colima, celebrada el 07 de mayo de 2020, se aprobó el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Real del Bosque, Segunda Sección, ubicado al norte de la Ciudad de Tecomán, Colima, en el municipio del mismo nombre, según Certificación del Punto de Acuerdo del Acta de Cabildo expedida el 12 de mayo de 2020, por la Secretaría del citado Ayuntamiento, cuyo original, así como, el expediente completo queda para resguardo en la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano. TERCERO.- Que informa la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano, que la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Real del Bosque, Segunda Sección, ubicado al norte de la Ciudad de Tecomán, Colima, en el municipio del mismo nombre, según consta en el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del cual solicita su publicación. CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Real del Bosque, Segunda Sección, ubicado al norte de la Ciudad de Tecomán, Colima, en el municipio del mismo nombre, conforme se asienta en los Considerandos anteriores, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia. En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO ÚNICO.- Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento Real del Bosque, Segunda Sección, ubicado al norte de la Ciudad de Tecomán, Colima, en el municipio del mismo nombre, el cual fue aprobado en sesión de Cabildo celebrada el 07 de mayo de 2020, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

EL ESTADO DE COLIMA

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TRANSITOR IO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”. Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, el 03 de junio de 2020. Atentamente “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN” EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ Firma.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO ARNOLDO OCHOA GONZÁLEZ Firma.

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ ROMO Firma.

FASE DE ANTECEDENTES El señor Jose Ricardo Vargas Bustamante, en su calidad de apoderado legal de la empresa PROMOTORA E INMOBILIARIA TECOMENSE, S.A. DE C.V., somete a consideración del H. Ayuntamiento de Tecomán el presente instrumento de planeación denominado PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN “REAL DEL BOSQUE SEGUNDA SECCIÓN” con la finalidad de llevar a cabo un desarrollo habitacional orientado a la construcción de vivienda de Densidad Alta, en ese sentido se expone: PRIMERO. Que mediante la Escritura Pública número 82,537, de fecha 12 de junio de 2018, expedida por el Lic. Carlos de la Madrid Guedea, Notario Titular de la Notaria no. 3 de la Ciudad de Colima, se hace constar la PROTOCOLIZACIÓN DEL PLANO DEL RESTO DE LA FRACCIÓN DEL PREDIO RÚSTICO “EL AVE MARÍA” ubicado en el Municipio de Tecomán, Colima, a solicitud de los señores Oscar Armando Avalos Verdugo y Marco Patricio Avalos Verdugo, el primero por su propio derecho y en su carácter de albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de la señora MARÍA ISABEL VERDUGO RAMOS VIUDA DE AVALOS y como Apoderado General Limitado de los señores RAÚL, ADOLFO JAVIER Y MARCO PATRICIO, de apellidos ÁVALOS VERDUGO, todos como herederos legítimos de la sucesión mencionada; y el segundo, es decir, el señor Marco Patricio Ávalos Verdugo, en su carácter de Apoderado General Limitado de los señores RAUL, ADOLFO JAVIER y OSCAR ARMANDO, de apellidos ÁVALOS VERDUGO, el primero de estos, es decir, el señor RAUL ÁVALOS VERDUGO, en su carácter de albacea, y todos como herederos de la sucesión intestamentaria a bienes del señor Mayor PATRICIO ÁVALOS MÁRQUEZ. La escritura se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad en el Folio Real número 327090-1 de fecha del 26 de junio de 2018. La Protocolización quedó de la siguiente manera: Fracción del Predio Rústico “El Ave María” ubicado en el Municipio de Tecomán en el estado de Colima, con una superficie de...

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