Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad 2021-2024.

Fecha de publicación25 Junio 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
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PROGRAMA Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad 2021-2024.
Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad 2021-2024
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
PROGRAMA ESPECIAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1.- Índice
1.- Índice
2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
6.- Objetivos prioritarios
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Fortalecer la inclusión laboral de las personas con discapacidad
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Impulsar acciones que favorezcan la empleabilidad en condiciones de trabajo digno
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
Parámetro del Objetivo prioritario 1
Parámetro del Objetivo prioritario 1
Meta para el bienestar del Objetivo prioritario 2
Parámetro del Objetivo prioritario 2
Parámetro del Objetivo prioritario 2
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
10.- Lista de dependencias y entidades participantes
2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
Con base en la instrumentación jurídica sustentada en el marco normativo nacional en materia de personas con discapacidad, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se asume como la dependencia responsable de coordinar la publicación, ejecución y seguimiento del Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad 2021-2024, en conjunto con las demás instituciones involucradas en las estrategias y acciones a favor de un grupo que históricamente ha sido relegado y que hoy, se coloca en el foco de la política pública de un trabajo digno, instrumentada por una Administración dispuesta a asumir sus responsabilidades institucionales y sociales.
Lo anterior, con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo artículo 26, inciso A, apunta que "el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación".
La misma Constitución en su artículo 1o. señala la prohibición de "toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas". Nuestra CartaMagna en su artículo 5o., señala que a ninguna persona se puede ni debe impedir dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo estos lícitos. En el aspecto laboral, el extenso artículo 123 constitucional está dedicado a los pormenores relativos al derecho que tienen todas las personas de poder acceder a un trabajo digno.
Por otra parte, el artículo 11, fracción III, de la Ley General para la Inclusión de las Personas conDiscapacidad establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social debe promover el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades y equidad, a través de, entre otras cosas, la elaboración e instrumentación de este Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad, donde se "comprenda la capacitación, creación de agencias de integración laboral, acceso a bolsas de trabajo públicas o privadas, centros de trabajo protegido, talleres, asistencia técnica, formación vocacional o profesional, becas en cualquiera de sus modalidades, inserción laboral de las personas con discapacidad en la administración pública de los tres órdenes de gobierno, a través de convenios con los sectores público, social y privado", aspectos que se reflejan en el presente documento en acciones como la estrategia Abriendo Espacios; la Red Nacional de Vinculación Laboral; el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro; la vigilancia de condiciones dignas en centros de trabajo a través del Programa de Inspección Anual, y otras.
En ese contexto, el artículo 3 de la Ley de Planeación define como planeación nacional de desarrollo, "la ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, así como de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y desarrollo urbano, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen".
Esta acción constituye un compromiso significativo, debido a que, como establece el artículo 32 de dicha Ley, el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y los programas que se incorporen o formen parte del Sistema Nacional de Planeación son de observancia obligatoria para todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.
De acuerdo con el artículo 20 de la Ley de Planeación, en el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática, necesariamente deberá tener lugar la participación y consulta de los diversos grupos sociales, con el propósito de que la población exprese sus opiniones para la elaboración, actualización y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los programas a que se refiere la propia Ley.
El artículo 32 de la Ley de Planeación refiere que la ejecución del Plan y los programas podrán concertarse, conforme a la propia ley, con las representaciones de los grupos sociales interesados o con los particulares.
Para el Gobierno de México, la planeación tiene como finalidad que, a través de ella, se fijen objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignen recursos con honradez; se definan responsabilidades y tiempos de ejecución; se coordinen acciones y se evalúen resultados con honestidad, a efecto de instaurar un modelo viable de desarrollo económico, ordenamiento político y convivencia entre los sectores sociales donde nadie quede excluido, con el fin de resarcir la lamentable deuda social propiciada por las políticas públicas aplicadas en el periodo neoliberal.
En concordancia, el artículo 26 de la Ley de Planeación señala que, los programas especiales se refieren a las prioridades del desarrollo integral del país fijadas en el Plan Nacional de Desarrollo o a las actividades relacionadas con dos o más dependencias coordinadoras de sector. En este sentido, a través de una serie de foros, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social recolectó el sentir de los participantes, académicos, funcionarios y población civil en general, para darles cauce, entre otros instrumentos, en este Programa Nacional.
Es importante mencionar que los compromisos internacionales generan obligaciones y responsabilidades por parte del Estado. Por ello, formular y aplicar una política nacional para promover y asegurar las oportunidades de empleo para las personas con discapacidad es una prioridad, al haber ratificado México el Convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo.
Por su parte, los artículos 1, 4 y 27 de la Convención sobre los Derechos de las Personas conDiscapacidad, ratificada por México el 30 de marzo de 2007, define a las personas con discapacidad como "aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás"; establece como obligación de los Estados parte, adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos y asegurar los derechos de las personas con discapacidad, y prevé diversas acciones encaminadas a la salvaguarda y promoción del derecho al trabajo de este grupo poblacional, respectivamente.
3.- Siglas y acrónimos
CONADIS: Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
CONAPRED: Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
ENADID: Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2018
ENADIS: Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
INMUJERES: Instituto Nacional de las Mujeres.
INAPAM: Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
OIT: Organización Internacional del Trabajo.
PND: Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
PNTEPD: Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las Personas con Discapacidad.
RNVL: Red...

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