Programa Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.

Fecha de publicación17 Diciembre 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
PROGRAMA Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos
PROGRAMA Institucional 2021-2024 del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.
Programa Institucional 2021-2024
Instituto Nacional para la Educación de los Adultos
PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1.- Índice
2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
6.- Objetivos prioritarios
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1.- Ampliar los alcances del Modelo educativo dando respuesta a las necesidades e intereses de la población y cumplir con los principios de inclusión, equidad, calidad, integralidad y mejora continua, acorde con los objetivos de la nueva legislación educativa y la Nueva Escuela Mexicana.
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2.- Favorecer el aprendizaje de las personas jóvenes, adultas y mayores, mediante el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital en todos los niveles educativos.
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3.- Impulsar la coparticipación con el sector público, privado y social e instituciones internacionales para potenciar la cobertura; la ampliación de la infraestructura; el desarrollo tecnológico, la vinculación de figuras solidarias y apoyos en beneficio de los educandos.
6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4.- Fortalecer la política educativa del INEA, con una visión incluyente, dirigida a los grupos prioritarios en situaciones de vulnerabilidad, acorde a sus características y condiciones de desventaja social.
6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5.- Instrumentar un modelo de operación territorial que considere las condiciones de los grupos de atención prioritaria, el rezago educativo y las condiciones locales.
6.6.- Vinculación de los Objetivos prioritarios del Programa Institucional 2021-2024 del INEA con el Programa Sectorial de Educación 2020-2024
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
El artículo 25, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Asimismo, el artículo 26 dispone que el Estado organizará un sistema de planeación democrática de desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación, mediante un Plan Nacional de Desarrollo (PND) al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.
El artículo 24 de la Ley de Planeación señala que "los programas institucionales se sujetarán a las previsiones contenidas en el Plan y en el programa sectorial correspondiente. Las entidades, al elaborar sus programas, se ajustarán a lo previsto en esta Ley, sin perjuicio de lo dispuesto, en lo conducente, por la LeyFederal de las Entidades Paraestatales y, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento". A su vez, el artículo 26 Bis de la misma ley menciona que los programas deberán contener: un diagnóstico general sobre la problemática; objetivos específicos alineados a las estrategias del Plan; estrategias para lograr los objetivos; líneas de acción que apoyen a las estrategias del programa; indicadores estratégicos que den seguimiento al logro de los objetivos; y los demás que se establezcan en las disposiciones jurídicas aplicables.
En el PND 2019-2024, aprobado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2019, se establecen tres Ejes Generales: 1. Política y Gobierno, 2. Política Social y 3. Economías. Se definen 12 principios rectores: i) Honradez y honestidad; ii) No al gobierno rico con pueblo pobre; iii) Al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie; iv) Economía para el bienestar; v) El mercado no sustituye al Estado; vi) Por el bien de todos, primero los pobres; vii) No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera; viii) No puede haber paz sin justicia; ix) El respeto al derecho ajeno es la paz; x) No más migración por hambre o por violencia; xi) Democracia significa el poder del pueblo; y xii) Ética, libertad, confianza.
Además, el Programa Sectorial de Educación (PSE) 2020-2024, publicado en el DOF el 6 de julio de 2020, consta de seis Objetivos prioritarios. De acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Planeación, el Programa Institucional se considera dentro del Objetivo prioritario 1 "Garantizar el derecho de la población en México a una educación equitativa, inclusiva, intercultural e integral, que tenga como eje principal el interés superior de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes".
De igual forma, corresponde al Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) elaborar su Programa Institucional 2021-2024 y garantizar la congruencia con el PND y PSE en apego a lo establecido en el artículo 17, fracciones II y V, de la Ley de Planeación. Además, para la definición de Objetivos, Estrategias prioritarias y Acciones, se tiene como base la Nueva Escuela Mexicana de acuerdo con los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Ley General de Educación, sustentada en los ejes de equidad, excelencia y mejora continua.
A partir de la adición al artículo 3o. de la CPEUM, publicada en el DOF el 15 de mayo de 2019, la fracción II, incisos e) a i), describe el criterio que orientará la educación para personas adultas, donde se destaca la equidad, favoreciendo el derecho a la educación de las personas, para reducir las desigualdades socioeconómicas, regionales y de género en el acceso, tránsito y permanencia en los servicios educativos.
La reforma constitucional en materia educativa asegura la obligación del Estado de garantizar la calidad de la educación pública obligatoria. Esta reforma da pauta a la Ley General de Educación, cuyo artículo 35, dispone que se consideren parte del Sistema Educativo Nacional (SEN) a la educación para personas adultas.
Derivado de los mandatos de la CPEUM, la propuesta sensible a las singularidades económicas regionales y locales, de modelo viable de desarrollo económico inclusivo e incluyente del PND 2019-2024 dicta los principios rectores y líneas generales sobre las que se detallan las acciones a seguir por parte del Gobierno de la República. Entre los principios rectores del PND 2019-2024 se encuentra el No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera, que pugna por la igualdad sustantiva de género, la dignidad de la población adulta mayor y joven, el rechazo a toda forma de discriminación y el subsane de la desigualdad.
El artículo 3o., numeral IV, del Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el INEA, publicado en el DOF el 31 de...

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