Programa Institucional 2021-2024 del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional.

Fecha de publicación04 Octubre 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
PROGRAMA Institucional 2021-2024 del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional
PROGRAMA Institucional 2021-2024 del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.- Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional.
Programa Institucional 2021-2024
PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1.- Índice
2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
6.- Objetivos prioritarios
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Incrementar la formación de recursos humanos de alto nivel académico en todas las sedes del CINVESTAV.
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Desarrollar la investigación científica básica, aplicada y tecnológica de alto impacto para la comunidad científica nacional e internacional y para la sociedad en general.
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Incentivar el acceso de nuevos alumnos, su permanencia y conclusión de los programas de posgrado del CINVESTAV.
6.4.- Vinculación de los Objetivos prioritarios del Programa Institucional 2021-2024 del CINVESTAV con el Programa Sectorial de Educación 2020-2024
7.- Estrategias prioritarias y acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
2.- Fundamento normativo de elaboración del Programa
El artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que "Toda persona tiene derecho a la educación, basada en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva..."; su fracción V estipula que "Toda persona tiene derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica...". Asimismo, el artículo 25 señala que "Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional..."; el párrafo tercero estipula que "El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución".
En el artículo 26, apartado A del mismo ordenamiento, se establece como principio que "El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación". Asimismo, el segundo párrafo, establece que "Habrá un Plan Nacional de Desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal". El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024(1) es el principal instrumento de planeación de esta administración y define las prioridades nacionales que busca alcanzar el actual gobierno.
En materia de convenios internacionales, es aplicable para este Centro de Investigación, el Decreto por el que se promulga el Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe, firmado en la Ciudad de México el 19 de julio de 1974(2); la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979); la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006); así como los objetivos planteados en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada en 2015 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Asimismo, se tiene suscrito un Convenio Marco de Cooperación en Materia Educativa, Cultural y Científica con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura(3) (UNESCO, por sus siglas en inglés).
Por su parte, la Ley de Planeación determina en el artículo 4o. que "Es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo con la participación democrática de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley"; en el artículo 5o. conviene que "El Ejecutivo Federal elaborará el Plan Nacional de Desarrollo y lo remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, en los plazos previstos en esta Ley"; en el artículo 9o. "Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán planear y conducir sus actividades con perspectiva intercultural y de género y con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar que éste sea equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible; asimismo, los artículos 17, fracción II, y 22, determinan que las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas institucionales, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial.
Por su parte, en el artículo 47 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 22 de su Reglamento, se determina que las entidades paraestatales, para su desarrollo y operación, deberán sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo, y a los programas sectoriales que se deriven del mismo, por lo que deberán formular sus propios programas institucionales, en congruencia con los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
Al ser un organismo descentralizado sectorizado de la Secretaría de Educación Pública, el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional (CINVESTAV) se alinea al Eje General 2. Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en particular al derecho a la educación, por lo que continúa comprometido con el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación de clase mundial, así como la formación de investigadores con altos estándares de calidad, congruente con el Programa Sectorial de Educación 2020-2024. Su estructura programática se rige por lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículos 27 y 28, y en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Para el cumplimiento de su objeto, las funciones de este Centro, se encuentran asignadas a su estructura orgánica, la cual se rige por lo establecido en el Manual General de Organización(4) y en el Decreto de Creación(5).
3.- Siglas y acrónimos
CDMX: Ciudad de México
CIE: Centro de Investigación sobre el Envejecimiento
CINVESTAV: Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional
CONACYT: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
LANGEBIO: Laboratorio Nacional de Genómica para la Biodiversidad
OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
PCTY: Parque Científico Tecnológico de Yucatán
PND: Plan Nacional de Desarrollo
PNPC: Programa Nacional de Posgrados de Calidad
PSE: Programa Sectorial de Educación
SARS-CoV-2: Coronavirus del Síndrome Agudo Respiratorio Severo, causante de la enfermedad COVID 19
SEP: Secretaría de Educación Pública
SGII: Sistema de Gestión Integral Institucional
SNI: Sistema Nacional de Investigadores
UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el Programa, mientras éste tenga vigencia.
5.- Análisis del estado actual
El objetivo superior del PND 2019-2024 es el bienestar general de la población. En congruencia con este objetivo, el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos...

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