Programa Institucional 2020-2024 de la Procuraduría Agraria.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un logotipo, que dice: Procuraduría Agraria. Programa Institucional 2020-2024

Procuraduría Agraria

PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024

  1. - Índice

  2. - Índice

  3. - Fundamento normativo de elaboración del programa

  4. - Siglas y acrónimos

  5. - Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

  6. - Análisis del estado actual

  7. - Objetivos prioritarios

  8. - Estrategias prioritarias y Acciones puntuales

  9. - Metas para el bienestar y Parámetros

  10. - Epílogo: Visión hacia el futuro

  11. - Fundamento normativo de elaboración del programa

    El Programa Institucional de la Procuraduría Agraria (PA) se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que establece que habrá un Plan Nacional de Desarrollo (PND) al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.

    Asimismo, la Ley Federal de Entidades Paraestatales en su Artículos 49 señala que el programa institucional de la entidad paraestatal se elaborará para los términos y condiciones a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Planeación y se revisará anualmente para introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan.

    La Ley de Planeación en su Artículo 17, fracción II establece que las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas institucionales, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas; también establece en su fracción V que se deberá asegurar la congruencia del programa institucional con el programa sectorial respectivo y en su fracción VI verificar periódicamente la relación que guarden sus actividades, así como los resultados de su ejecución con los objetivos y prioridades del programa institucional.

    El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que la ley establecerá un órgano para la procuración de justicia agraria. De igual forma reconoce la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales, los que se rigen por lo que determine su máximo órgano que es la asamblea y los representa el comisariado ejidal o de bienes comunales según corresponda; también establece que son los ejidatarios o comuneros los que deciden las condiciones respecto al aprovechamiento de sus parcelas para realizarlo de manera personal o a través de terceros, y les da la facultad para asociarse para el aprovechamiento de las mismas.

    La Ley Agraria (LA) en su Artículo 135 instituye a la PA con funciones de servicio social, como encargada de la defensa de los derechos de los ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o comuneros, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas, mediante la aplicación de las atribuciones que le confiere dicha ley y su reglamento correspondiente, cuando así se lo soliciten, o de oficio en los términos de dicha ley.

    El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024(1), publicado el 12 de julio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece la planeación de esta administración, con base en los principios rectores y ejes generales, para transitar hacia "un modelo de desarrollo respetuoso de los habitantes y el hábitat, equitativo, orientado a subsanar y no a agudizar las desigualdades, defensor de la diversidad cultural y del ambiente natural, sensible a las modalidades y singularidades económicas, regionales y locales y consciente de las necesidades de los habitantes futuros del país". Asimismo, el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2020-2024(2), publicado el 26 de junio de 2020 en el DOF instituye los objetivos prioritarios del sector agrario, de conformidad con los cuales se elabora el presente programa.

    Acuerdos y tratados internacionales

    Con motivo de la Reforma Constitucional de 2011, en materia de Derechos Humanos, se estableció dentro de sus principios fundamentales, la observancia de la convencionalidad, estableciendo la integración normativa de los convenios y tratados internacionales suscritos por nuestro país y depositados en el Senado de la República, como parte del bloque de constitucionalidad, obligando a su observancia y estableciendo el control difuso de la misma.

    I) La Declaración Universal de Derechos Humanos; II)Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales; III)Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC); IV)Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; V)Convenio Núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales; VI)Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas;

    Asimismo, los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en particular el Objetivo 1. Reducción de Pobreza, Objetivo 2. Hambre Cero, Objetivo 5. Igualdad de Género, Objetivo 8. Trabajo Decente y Crecimiento Económico, Objetivo 10. Reducir la desigualdad en y entre los países. Objetivo 16. Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas, constituyen un marco de enfoque para este Programa.

    Por lo antes expuesto, la PA es la entidad responsable de coordinar la publicación, ejecución y seguimiento del presente Programa Institucional 2020-2024.

  12. - Siglas y acrónimos

    BIENESTAR: Secretaría de Bienestar

    CIIA: Centro de Innovación e Información Agraria.

    CNA: Comisión Nacional Agraria

    CNNM: Colegio Nacional del Notariado Mexicano.

    CONAFOR: Comisión Nacional Forestal

    CONANP: Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas

    CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    DGAOPR: Dirección General de Apoyo al Ordenamiento de la Propiedad Rural

    DGCSP: Dirección General de Conciliación y Servicios Periciales

    DGJRA: Dirección General Jurídica y de Representación Agraria

    DGOA: Dirección General de Organización Agraria.

    DQD: Dirección de Quejas y Denuncias.

    INAFED: Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal

    INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía

    INPI: Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas

    INSUS: Instituto Nacional del Suelo Sustentable

    LA: Ley Agraria

    LDRS: Ley de Desarrollo Rural Sustentable

    LESS: Ley de la Economía Social y Solidaria

    LGAHOTDU: Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

    LGEEPA: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

    NCPE: Nuevo Centro de Población Ejidal

    OIT: Organización Internacional del Trabajo

    PA: Procuraduría Agraria

    PND: Plan Nacional de Desarrollo

    PSEDATU: Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

    RAN: Registro Agrario Nacional

    RRAJA: Regularización y Registro de Actos Jurídicos Agrarios

    SADER: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

    SEDATU: Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

    SEGOB: Secretaría de Gobernación

    SEMARNAT: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

    SRA: Secretaría de la Reforma Agraria

    TA: Tribunales Agrarios.

  13. - Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

    La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el Programa, mientras éste tenga vigencia.

  14. - Análisis del estado actual

    "El campo no es solamente agricultura y desarrollo forestal; el campo es un gran espacio donde existe la tierra, el agua, la selva, el bosque, la biodiversidad, el conocimiento tradicional, las condiciones genéticas, los lugares de contemplación y los lugares sagrados".

    Andrés Manuel López Obrador

    Presidente de México.

    La "cuestión agraria" ha estado presente en el desarrollo histórico de nuestra nación. En la formación del Estado mexicano del siglo XX tuvo un peso fundamental, no solamente en el proceso de redistribución de la propiedad rural y el desarrollo de instituciones y políticas públicas, sino también en la conciencia social, la identidad nacional y la cohesión interna del país.

    Los cambios ocurridos en los últimos veintiocho años han significado un viraje profundo en la dirección y atención al sector social de la propiedad rural. Un nuevo panorama se ha instalado, en el que discurren una serie de fenómenos sociales: el crecimiento de la brecha entre ricos y pobres, la exclusión social de las poblaciones rurales, la precarización del empleo rural, la agudización de las migraciones campo-ciudad o a través de la frontera, la vinculación de los productores agropecuarios a complejos agroindustriales, en que predominan los intereses de empresas trasnacionales, entre otros. Esta nueva situación reclama una mirada acuciosa y crítica de lo ocurrido, como condición indispensable para establecer una política agraria distinta.

    El siglo XX mexicano fue el siglo de la tierra, significado por el reparto agrario como una de las tareas fundamentales del Estado, las instituciones para atender este propósito adquirieron gran significación en el aparato gubernamental.

    Aunque el eje articulador fue establecer los procedimientos para tal fin (Dotación de tierras y aguas, Ampliación de ejido, Reconocimiento y Titulación de Bienes Comunales y, Creación de Nuevos Centro de Población Ejidal (NCPE)), también se establecieron políticas públicas, se crearon instituciones del Estado y se dictaron reformas legales para apoyar la producción del sector social. En el centro de las instituciones se pasó de la Comisión Nacional Agraria (CNA), creada en 1922, a una poderosa Secretaría de la Reforma Agraria (SRA), creada en 1971 y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR