Programa General de Regularización Fiscal por el que se otorgan facilidades administrativas a los contribuyentes que se indican

48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 de junio de 2021

SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

PROGRAMA GENERAL DE REGULARIZACIÓN FISCAL POR EL QUE SE OTORGAN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE INDICAN

LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR, Secretaria de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 105 del Código Fiscal de la Ciudad de México, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, base V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, numerales 4 y 5, 3°, numerales 2, inciso b), y 3, 5°, apartado A, numeral 3, 7°, apartado A, numeral 1, 21, apartados A, numerales 1, 2, 3, 4 y 5, y B, numerales 1 y 5, 23, numeral 2, incisos b) y f), y 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2°, 11, fracción I, 13, párrafo primero, 16, fracción II, 18, párrafo primero, 20, fracción IX y 27, fracciones III, VIII, XIX y XLIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 6°, 7°, fracciones II y III, 8°, 9°, fracción I, 11, 56, incisos i) y k), 103, fracción VIII, 126, 130, 281 y 282 del referido Código; 2°, 7°, fracción II, inciso B), 20, fracción XI y 28 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y en la Resolución por la que se validan los Lineamientos que deben cumplir los contribuyentes para hacer efectivas las reducciones de contribuciones a que se refiere el Capítulo XI del Título Tercero del Libro Primero del Código Fiscal de la Ciudad de México en las Administraciones Tributarias o Auxiliares, en su caso, ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México y Notarios Públicos de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró como pandemia mundial la aparición y propagación del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

Que el Consejo de Salubridad General en sesión del 30 de marzo de 2020, reconoció a la epidemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) en México, como una emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor.

Que el 31 de marzo de 2020 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR DEL CONSEJO DE SALUD DE LA CIUDAD DE

MÉXICO, EN CONCORDANCIA CON LA EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA POR EL CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL, PARA CONTROLAR, MITIGAR Y EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL COVID-19, en cuyo numeral CUARTO establece que serán asumidas las acciones establecidas en la Declaratoria de Emergencia Nacional del Consejo de Salubridad General del Gobierno de México.

Que con el fin de mitigar la propagación de dicho virus en la Ciudad de México, el Gobierno de la Ciudad instrumentó y continúa ejecutando diversas medidas entre las que se destaca la suspensión temporal de actividades en establecimientos públicos y privados, la suspensión de términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, entre otras.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105 del Código Fiscal de la Ciudad de México, es atribución de la Secretaría de Administración y Finanzas el establecimiento de Programas Generales de Regularización Fiscal en los que se contemple el otorgamiento de facilidades administrativas a los contribuyentes de la Ciudad de México.

Que los artículos 281 y 282 del referido Código, establecen beneficios en materia del Impuesto Predial a favor de aquellos grupos en situación de vulnerabilidad.

Que el 20 de enero de 2021 se publicó en el Órgano de difusión local la RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL MEDIANTE LA CUAL SE CONDONA PARCIALMENTE EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, a través de la cual se instrumentó el otorgamiento de beneficios fiscales a favor de diversos grupos en situación de vulnerabilidad.

Que a través del PROGRAMA GENERAL DE REGULARIZACIÓN FISCAL POR EL QUE SE OTORGAN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE INDICAN, publicado el 25 de enero de 2021 en la multicitada Gaceta, se otorgaron facilidades administrativas a grupos de atención prioritaria, con el objetivo que los mismos pudieran tener acceso a diversos beneficios fiscales dadas las circunstancias sanitarias que actualmente enfrenta la Ciudad.

Que con el fin de coadyuvar en las acciones prioritarias de la Administración Pública de la Ciudad de México, como la de salvaguardar a los grupos más vulnerables de la población de la Ciudad, que por su situación especial se encuentran en condiciones de desventaja económica, como son los jubilados, pensionados, adultos mayores sin ingresos fijos y escasos recursos, he tenido a bien emitir el siguiente:

PROGRAMA GENERAL DE REGULARIZACIÓN FISCAL POR EL QUE SE OTORGAN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE...

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