Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México 2015- 2018

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

JEFATURA DE GOBIERNO

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los Artículos 122, Apartado C, Base Segunda, Fracción II, incisos b) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8º, fracción II, 12 fracciones II, IV, VI y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º. 2º, párrafo segundo, 5, 6, 7, primer párrafo, 12 primer párrafo, 14 primer y tercer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 8, 10, 11, 12, 17, 18, 20, 35 y 36 de la Ley de Igualdad Sustantiva entre hombres y mujeres del Distrito Federal; 2,11, 75 y 76 de la Ley de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Distrito Federal; 1º fracción VII, 4 y 9 fracción II de la Ley de Desarrollo Social; 5 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 10 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Gobierno del Distrito Federal, 25, 32, 36 y 37 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal. He tenido a bien expedir el siguiente:

PROGRAMA ESPECIAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y NO DISCRIMINACIÓN HACIA LAS MUJERES DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2015-2018.

INTRODUCCIÓN

La Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal (LPDDF) en su artículo 25 mandata la elaboración del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal (PGDDF), mismo que para el periodo 2013-2018 se estructuró en cinco Ejes retomando las diversas áreas de la gestión pública y ocho enfoques transversales que orientan la actuación institucional. Uno de ellos, es el denominado Igualdad de Género, visión importante en la construcción de una política pública incluyente y democrática con una perspectiva integral. Los enfoques transversales establecen los criterios orientadores de la política del Gobierno del Distrito Federal que a su vez dan origen a los programas especiales.

El 8 de marzo de 2013, presentado por el Jefe de Gobierno, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en cumplimiento a la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres del D.F, el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (Inmujeres-DF) elaboró el Programa General de Igualdad de Oportunidades y No Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México 2013-2018.

Con fundamento en el Artículo 18 de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres del Distrito Federal que señala la facultad del Inmujeres-DF para revisar y evaluar anualmente dicho Programa, durante 2014 se realizó el 2015Estudio de la condición y posición social de las mujeres en el Distrito Federal2016 logrando identificar los avances de las mujeres que viven y transitan por la Ciudad de México y las brechas de género aún existentes entre mujeres y hombres. Lo anterior evidenció la necesidad de rediseñar las estrategias para atender los temas donde las mujeres presentan mayor rezago y reorientar los mecanismos para transversalizar la perspectiva de género en las políticas públicas.

Aunado a lo anterior y con base en la Guía Metodológica para el Desarrollo de los Componentes de los Programas Derivados del PGDDF, normatividad establecida por la Secretaría de Desarrollo Social a través de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal y la Coordinación General de Modernización Administrativa, con la publicación de este documento se realiza el cambio en la denominación del 2015Programa General de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México. 2013- 20182016 por la de 2015Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México. 2015-20182016, el cual por su contenido temático y estructura responde a la clasificación de 2015programa especial2016 contenida en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal en sus artículos 32, 36 y 37.

PRESENTACIÓN

El Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y No Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México 2015-2018 tiene por objetivo ser el instrumento rector en materia de igualdad sustantiva que orientará las acciones y políticas públicas, intra e interinstitucionales de los Entes públicos para disminuir de forma permanente y gradual las brechas de desigualdad entre mujeres y hombre en el Distrito Federal.

Es resultado de los convenios establecidos por el Estado mexicano y en particular por el Gobierno del Distrito Federal, el cual responde a los compromisos internacionales que México ha ratificado, y da cumplimiento a la normatividad nacional y local en la materia, estos últimos instrumentos son descritos en el apartado del Marco Normativo.

Se presenta un diagnóstico sobre la situación de las mujeres que viven y transitan por la Ciudad de México referente a los problemas más sentidos: el acceso a los Derechos Humanos de las mujeres, a la atención a la salud integral, la erradicación de la violencia, la autonomía económica y la economía del cuidado, así como las estrategias que deberán impulsar los Entes públicos para transversalizar la perspectiva de género.

Es por ello que este Programa ha priorizado cinco objetivos, con sus respectivas metas e indicadores y políticas públicas que se deberán impulsar con miras a alcanzar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

Este Programa Especial responde al enfoque transversal Igualdad de Género establecido en el Programa General de Desarrollo 2013 2013 2018. En el cuadro siguiente se presenta la vinculación entre el Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México 2015-2018 y los criterios orientadores del enfoque transversal Igualdad de Género del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.

N OBJETIVO DEL PROGRAMA ESPECIAL CRITERIO ORIENTADOR 1 OBJETIVO. PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE

LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS

MUJERES Y NIÑAS

  1. -Desarrollar acciones que amplíen el acceso y permanencia de las mujeres y las niñas en la educación (básica, media y superior), en igualdad de condiciones para su desarrollo social, económico y político.

    Promover el conocimiento y ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres y las niñas así como combatir todas de las formas de discriminación que se presenten en espacios de participación ciudadana, desarrollo sustentable, cultura y esparcimiento, así como ampliar el acceso a nuevas tecnologías de la información y comunicación.

    2 OBJETIVO. SALUD INTEGRAL A NIÑAS Y

    MUJERES

    Promover una vida saludable a lo largo del ciclo de vida de las mujeres, a través de considerar los riesgos de salud que enfrentan, promover acciones de prevención y atención de enfermedades de mayor incidencia y fortaleciendo el acceso a sus derechos sexuales y reproductivos.

    3 OBJETIVO. ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE

    VIOLENCIA

    Impulsar acciones de prevención, atención y sanción de todos los tipos y modalidades de la violencia contra las mujeres y niñas, así como fortalecer la coordinación interinstitucional entre los entes públicos para su erradicación.

  2. -Garantizar el acceso a la salud integral, calidad de vida, integridad y seguridad, así como el derecho a una vida libre de violencia para las mujeres en todas las etapas del ciclo de vida.

    4 OBJETIVO. AUTONOMÍA ECONÓMICA Y

    CORRESPONSABILIDAD EN EL CUIDADO 2.-Establecer en las acciones de gobierno la igualdad de género, para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades de acceso y permanencia en empleos formales de calidad, bien remunerados y que permitan la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.

    Mejorar la condición económica de las mujeres a través de diseñar mecanismos para su inserción laboral y promover su participación en proyectos productivos especiales para quienes se encuentran en situación de pobreza, así como promover la conciliación de la vida laboral y personal.

    5 OBJETIVO. FORTALECIMIENTO

    INSTITUCIONAL DE LA TRANSVERSALIDAD

    DE GÉNERO 6. Impulsar estrategias de orden estructural partiendo de información desagregada por sexo, que identifique las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, a fin de impactar gradualmente en la construcción de una cultura institucional de género en el interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

    Desarrollar los mecanismos institucionales que garanticen que en todo el ciclo de la política pública y la cultura institucional así como los programas, proyectos y servicios que impulsen los Entes públicos del Gobierno de la Ciudad de México hayan incorporado la perspectiva de género, con el fin de garantizar los Derechos Humanos de las mujeres y las niñas.

    Cabe mencionar que a todos los criterios orientadores mencionados se les agrega el criterio orientador 5 que es transversal a todos los temas, que a la letra dice 2015Asignar recursos con perspectiva de género en las distintas actividades institucionales y programas2016.

    MARCO NORMATIVO Legislación internacional

    f0b7 Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

    f0b7 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém

    Do Pará).

    f0b7 Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

    Legislación federal

    f0b7 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Leyes federales

    f0b7 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

    f0b7 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. f0b7 Ley General de Salud.

    f0b7 Ley de Planeación.

    f0b7 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

    Disposiciones federales

    f0b7 Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de Servicios de Salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar.

    f0b7 Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2002, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.

    Programas

    f0b7 Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

    f0b7 Programa Nacional para la Igualdad de...

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