Productos de las industrias alimentarías; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

AutorJesús Bernardo Gutiérrez Delgado
Páginas55-73
55
1522.00.01 Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras
animales o vegetales. Kg 10 Ex.
Sección IV
PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE; TABACO Y
SUCEDANEOS DEL TABACO ELABORADOS
Nota.
1. En esta Sección, el término “pellets designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por
simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso.
Capítulo 16
Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos
Notas.
1. Este Capítulo no comprende la carne, despojos, pescado ni crustáceos, moluscos y demás invertebrados
acuáticos, preparados o conservados por los procedimientos citados en los Capítulos 02 y 03 o en la partida 05.04.
2. Las preparaciones alim enticias se clasifican en este Capítulo siempre que contengan una proporción superior al
20% en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, pescado o de cr ustáceos, moluscos o demás invertebrados
acuáticos, o de una mezcla de estos productos. Cuando estas preparaciones contengan dos o más productos de
los mencionados, se clasifican en la partida del Capítulo 16 que corresponda al componente que predomine en
peso. Estas disposiciones no se aplican a los productos rellenos de la partida 19.02 ni a las preparaciones de las
partidas 21.03 ó 21.04.
Notas de subpartida.
1. En la subpartida 1602.10, se entiende por preparaciones homogeneizadas, las preparaciones de carne, despojos
o sangre, finamente homogeneizadas, acondicionadas para la venta al por menor como alimento infantil o para uso
dietético en recipientes con un contenido de peso neto inferior o igual a 250 g. Para la aplicación de esta definición
se hará abstracción, en su caso, de los diversos ingredientes añadidos a la preparación en pequeña cantidad para
sazonar, conservar u otros fines. Estas preparaciones pueden cont ener pequeñas cantidades de fragmentos
visibles de carne o despojos. La subpartida 1602.10 tendrá prioridad sobre las demás subpartidas de la partida
16.02.
2. Los pescados, crustáceos, moluscos y los demás invertebrados acuáticos, citados en las subpartidas de las
partidas 16.04 y 16.05 sólo con los nombres vulgares corresponden a las mismas especies mencionadas en el
Capítulo 03 con el mismo nombre
CODIGO DESCRIPCION Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
16.01
Embutidos y productos similares de
carne, despojos o
sangre; preparaciones alimenticias a base de estos
productos.
1601.00
sangre; preparaciones alimenticias a base de estos
productos.
1601.00.01 De gallo, gallina o pavo (gallipavo). Kg 15 Ex.
1601.00.02 De la especie porcina. Kg 15 Ex.
1601.00.99 Los demás. Kg 15 Ex.
16.02
Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos o
sangre.
1602.10
-
Preparaciones homogeneizadas.
1602.10.01 De gallo, gallina o pavo (gallipavo). Kg 20 Ex.
1602.10.99 Las demás. Kg 20 Ex.
1602.20
-
De hígado de cualquier animal.
1602.20.01 De gallo, gallina o pavo (gallipavo). Kg 20 Ex.
1602.20.99 Las demás. Kg 20 Ex.
-
De aves de la partida 01.05:
1602.31
--
De pavo (gal
lipavo).
1602.31.01 De pavo (gallipavo). Kg 20 Ex.
1602.32
--
De gallo o gallina.
1602.32.01 De gallo o gallina. Kg 20 Ex.
1602.39
--
Las demás.
1602.39.99 Las demás. Kg 20 Ex.
-
De la especie porcina:
1602.41
--
Jamones y trozos de
jamón.
1602.41.01 Jamones y trozos de jamón. Kg 20 Ex.
1602.42
--
Paletas y trozos de paleta.
1602.42.01 Paletas y trozos de paleta. Kg 20 Ex.
1602.49
--
Las demás, incluidas las mezclas.
56
1602.49.01 Cuero de cerdo cocido en trozos (“pellets”). Kg 20 Ex.
1602.49.99 Las demás. Kg 20 Ex.
1602.50
-
De la especie bovina.
1602.50.01 Vísceras o labios cocidos, envasados herméticamente. Kg 20 Ex.
1602.50.99 Las demás. Kg 20 Ex.
1602.90
-
Las demás, incluidas las preparaciones de sangre d
e
cualquier animal.
1602.90.99 Las demás, incluidas las preparaciones de sangre de cualquier
animal. Kg 20 Ex.
16.03
Extractos y jugos de carne, pescado o de crustáceos,
moluscos o demás invertebrados acuáticos.
1603.00
Extractos y jugos de car
ne, pescado o de crustáceos,
moluscos o demás invertebrados acuáticos.
1603.00.01 Extractos de carne. Kg 20 Ex.
1603.00.99 Los demás. Kg Ex Ex.
16.04
Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus
sucedáneos preparados con huevas de pescado.
-
Pescado entero o en trozos, excepto el pescado picado:
1604.11
--
Salmones.
1604.11.01 Salmones. Kg Ex. Ex.
1604.12
--
Arenques.
1604.12.01 Arenques. Kg Ex. Ex.
1604.13
--
Sardinas, sardinelas y espadines.
1604.13.01 Sardinas. Kg 20 Ex.
1604.13.99 Las demás. Kg 20 Ex.
1604.14
--
Atunes, listados y bonitos (
Sarda spp
.).
1604.14.01 Atunes (del género "
Thunus
"), excepto lo comprendido en las
fracciones 1604.14.02 y 1604.14.04. Kg 20 Ex.
1604.14.02 Filetes ("lomos") de atunes (del género "
Thunus
"), excepto lo
comprendido en la fracción 1604.14.04. Kg 20 Ex.
1604.14.03 Filetes ("lomos") de barrilete del género "
Euthynnus
" variedad
"Katsowonus pelamis", excepto lo comprendido en la fracción
1604.14.04. Kg 20 Ex.
1604.14.04 Filetes (“lomos”) de atunes aleta amarilla (“Yellowfin Tuna”), de
barrilete (“Skip Jask”) o de patudo (“Big Eye”), de peso superior
o igual a 0.5 kg, pero inferior o igual a 7.5 kg, precocidos,
congelados y empacados al vacío en fundas de plástico, libres
de escamas, espinas, hueso, piel y carne negra. Kg Ex. Ex.
1604.14.99 Las demás. Kg 20 Ex.
1604.15
--
Caballas.
1604.15.01 Caballas. Kg 20 Ex.
1604.16
--
Anchoas.
1604.16.01 Filetes o sus rollos, en aceite. Kg 20 Ex.
1604.16.99 Las demás. Kg 20 Ex.
1604.17 - - Anguilas.
1604.17.01 Anguilas. Kg 20 Ex.
1604.19
--
Las demás.
1604.19.01 De barrilete del género “
Euthynnus
”, distinto de la variedad
"Katsuwonus pelamis", excepto lo comprendido en la fracción
1604.19.02. Kg 20 Ex.
1604.19.02 Filetes (“lomos”) de barrilete del género “
Euthynnus
”, distinto de
la variedad “Katsuwonus pelamis”. Kg 20 Ex.
1604.19.99 Las demás. Kg 20 Ex.
1604.20
-
Las demás preparaciones y conservas de pescado.
1604.20.01 De sardinas. Kg 20 Ex.
1604.20.02 De atún, de barrilete, u otros pescados del género "
Euthynnus
". Kg 20 Ex.
1604.20.99 Las demás. Kg 20 Ex.
- Caviar y sus sucedáneos:
1604.31 - - Caviar.
1604.31.01 Caviar. Kg Ex. Ex.
1604.32 - - Sucedáneos del caviar.
1604.32.01 Sucedáneos del caviar. Kg 20 Ex.
16.05
Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos,
preparados o conservados.
1605.10
-
Cangrejos (excepto macruros).

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