La Prodecon establece nuevas reglas para la suspensión temporal de sus actividades presenciales, pero no de sus servicios

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La Prodecon establece nuevas reglas para
la suspensión temporal de sus actividades
presenciales, pero no de sus servicios
El pasado 22 de julio, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer en el DOF el “Acuer-
do General número 004/2020, mediante el cual se modifica el diverso número 003/2020, por el que se suspenden
temporalmente las actividades presenciales (no así sus servicios) que la Procuraduría de la Defensa del Contribu-
yente realiza en sus oficinas centrales y delegaciones, que abarca del 6 de abril de 2020 y hasta la fecha en que el
Consejo de Salubridad General determine que ha cesado la contingencia, y se implementan diversas medidas en
relación con el funcionamiento y operación de sus áreas sustantivas, con motivo de la pandemia derivada del coro-
navirus (COVID-19)”, mismo que entró en vigor el 13 de julio último.
Entre otros aspectos, con el acuerdo se establece lo siguiente:
1. Con la finalidad de mitigar la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, a partir del cambio del
semáforo a color naranja (alerta alta) y siempre que el Consejo de Salubridad General no determine el cambio
de nivel de alerta a rojo (alerta máxima), la Prodecon, tanto en oficinas centrales como en sus delegaciones, con
excepción de las ubicadas en Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Estado
de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí,
Sonora, Tabasco, Tamaulipas y Zacatecas, brindará atención presencial al público únicamente con previa cita o
si se trata de asuntos urgentes o necesarios.
3. Se ordena el cierre temporal de las Unidades de Recepción de Documentos, Notificaciones y Archivo, tanto
en oficinas centrales como en las delegaciones de la Prodecon, y con el fin de continuar con la prestación de
servicios vía remota, la recepción de cualquier informe de autoridad, promoción, solicitud de servicios de queja,
solicitudes para la adopción de un acuerdo conclusivo, así como de cualquier escrito u oficio relacionado con
asuntos que se encuentren en trámite en las diversas áreas de la procuraduría, sólo se llevará a cabo vía correo
electrónico, ello hasta en tanto el semáforo cambie a color amarillo, momento en el que se reanudará de manera
normal la recepción de documentos a través de dichas unidades únicamente en relación con las delegaciones
citadas en el punto 4 siguiente y en las oficinas centrales.
4. Cuando el nivel de alerta sanitaria sea intermedio (semáforo amarillo) en oficinas centrales de la procuraduría y
en sus delegaciones ubicadas en Baja California, Chihuahua, Coahuila, Jalisco, Nuevo León, Puebla, Querétaro,
A40
2a. quincena
agosto 2020
FISCAL Información de trascendencia

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