Procedimientos de Ejecución

AutorRaymundo Fol Olguin - José Pérez Chávez
Páginas347-359

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vein ti cua tro horas si guien tes a la de su re ci bo. Una vez hecho el em pla za -miento,remitiránelexpedientealaJuntadeConciliaciónyArbitrajedentro delmismotérminodeveinticuatrohoras.

LFT–PROCEDIMIENTOS DE EJECUCION
TITULO QUINCE

Procedimientos de Ejecución

CAPITULO I

SECCION PRIMERA Disposiciones Generales

NORMATIVIDAD APLICABLE EN LA EJECUCION DE LOS LAUDOS

939.- Las dis po si cio nes de este Tí tu lo rigen la eje cu ción de los lau dos dic ta dos por las Jun tas de Con ci lia ción Per ma nen tes y por las Jun tas de ConciliaciónyArbitraje.Sontambiénaplicablesaloslaudosarbitrales,alas resolucionesdictadasenlosconflictoscolectivosdenaturalezaeconómica y a los con ve nios ce le bra dos ante las Jun tas.

RESPONSABLE DE LA EJECUCION DE LOS LAUDOS

940.- La eje cu ción de los lau dos a que se re fie re el ar tí cu lo an te rior, co rres -pon de a los Pre si den tes de las Jun tas de Con ci lia ción Per ma nen te, a los de las de Con ci lia ción y Ar bi tra je, y a los de las Jun tas Es pe cia les, a cuyo fin dic -taránlasmedidasnecesariasparaquelaejecuciónseaprontayexpedita.

EXHORTOS PARA LA EJECUCION DE LOS LAUDOS

941.- Cuan do el laudo deba ser eje cu ta do por el Pre si den te de otra Junta,seledirigiráexhortoconlasinsercionesnecesariasyselefacultará para hacer uso de los me dios de apre mio, en caso de opo si ción a la di li gen -cia de eje cu ción.

INCOMPETENCIA DEL PRESIDENTE EXHORTADO PARA CONOCER DE EXCEPCIONES EN LA EJECUCION DE LOS LAUDOS

942.- ElPresidenteexhortadonopodráconocerdelasexcepcionesque opon gan las par tes.

SUSPENSION DEL CUMPLIMIENTO DEL EXHORTO POR OPOSICION DE TERCERO EN EJECUCION DE LOS LAUDOS

943.- Si al cum pli men tar un exhor to, se opone algún ter ce ro que no hu bie -sesidooídoporelPresidenteexhortante,sesuspenderálacumplimentación del exhor to, pre via fian za que otor gue para ga ran ti zar el monto de la can ti dad por la que se des pa chó eje cu ción y de los daños y per jui cios que pue dan cau -sarse.Otorgadalafianza,sedevolveráelexhortoalPresidenteexhortante.

GASTOS DE EJECUCION

944.- Los gas tos que se ori gi nen en la eje cu ción de los lau dos, serán a cargo de la parte que no cum pla.

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TERMINO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS LAUDOS

945.- Los lau dos deben cum plir se den tro de las se ten ta y dos horas si -guien tes a la en que surta efec to la no ti fi ca ción.

Laspartespuedenconvenirenlasmodalidadesdesucumplimiento.

LFT 950.

DESPACHO DE LA EJECUCION DE LOS LAUDOS

946.- Laejecucióndeberádespacharseparaelcumplimientodeunderechooelpagodecantidadlíquida,expresamenteseñaladosenellaudo, entendiéndoseporésta,lacuantificadaenelmismo.

FACULTADES DE LA JUNTA ANTE LA NEGATIVA DEL PATRON PARA SOMETERSE AL ARBITRAJE O ACEPTAR EL LAUDO

947.- Si el pa trón se ne ga re a so me ter sus di fe ren cias al ar bi tra je o a acep tar el laudo pro nun cia do, la Junta:
I. Dará por ter mi na da la re la ción de tra ba jo;
II. Con de na rá a in dem ni zar al tra ba ja dor con el im por te de tres meses de salario;
III. Procederáafijarlaresponsabilidadqueresultealpatróndelconflicto, de con for mi dad con lo dis pues to en el ar tí cu lo 50, frac cio nes I y II; y

LFT 50 I, 50 II.

IV. Ade más, con de na rá al pago de los sa la rios ven ci dos desde la fecha en quedejarondepagarloshastaquesepaguenlasindemnizaciones,así como el pago de la prima de an ti güe dad, en los tér mi nos del ar tí cu lo 162.

LFT 162.

Lasdisposicionescontenidasenesteartículonosonaplicablesenlos casos de las ac cio nes con sig na das en el ar tícu lo 123, frac ción XXII, apar -ta do “A” de la Cons ti tu ción.

CPEUM 123 A XXII.

EFECTOS DE LA NEGATIVA PARA ACEPTAR EL LAUDO POR PARTE DE LOS TRABAJADORES

948.- Si la ne ga ti va a acep tar el laudo pro nun cia do por la Junta fuere de los trabajadoressedaráporterminadalarelacióndetrabajo,deconformi dad con lo dis pues to por el ar tícu lo 519 frac ción III, úl ti mo pá rra fo de esta Ley.

LFT 519 III.

CUMPLIMIENTO DE LA EJECUCION DEL LAUDO

949.- Siem pre que en eje cu ción de un laudo deba en tre gar se una suma dedinerooelcumplimientodeunderechoaltrabajador,elPresidentecuida rá que se le otor gue per so nal men te. En caso de que la parte de man da da ra di que fuera del lugar de re si den cia de la Junta, se gi ra rá exhor to al Pre si -den te de la Junta de Con ci lia ción Per ma nen te, al de la Junta de Con ci lia -ción y Ar bi tra je o al Juez más pró xi mo a su do mi ci lio, para que se cum pli -men te la eje cu ción del laudo.

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LFT–PROCEDIMIENTO DE EMBARGO

DICTADO DE AUTO DE REQUERIMIENTO Y EMBARGO

950.- Transcurridoeltérminoseñaladoenelartículo945,elPresidente,a peticióndelapartequeobtuvo,dictaráautoderequerimientoyembargo. LFT 945.

NORMAS POR OBSERVAR EN LAS DILIGENCIAS DE REQUERIMIENTO Y EMBARGO

951.- Enladiligenciaderequerimientodepagoyembargoseobservarán las nor mas si guien tes:
I. Se prac ti ca rá en el lugar donde se pres ta o pres ta ron los ser vi cios en el nuevodomiciliodeldeudoroenlahabitación,oficina,establecimientoo lugarseñaladoporelactuarioenelactadenotificacióndeconformidadcon el ar tí cu lo 740 de esta Ley;

LFT 740.

II. Si no se en cuen tra el deu dor, la di li gen cia se prac ti ca rá con cual quier personaqueestépresente;
III. El Ac tua rio re que ri rá de pago a la per so na con quien en tien da la di li -gen cia y si no se efec túa el mismo pro ce de rá al em bar go;
IV. ElActuariopodrá,encasonecesario,sinautorizaciónprevia,solicitar el au xi lio de la fuer za pú bli ca y rom per las ce rra du ras del local en que se debapracticarladiligencia;
V. Siningunapersonaestápresente,elactuariopracticaráelembargo y fi ja rá copia au to ri za da de la di li gen cia en la puer ta de en tra da del local enquesehubierepracticado;y
VI. ElActuario,bajosuresponsabilidad,embargaráúnicamentelosbienes ne ce sa rios para ga ran ti zar el monto de la con de na, de sus in te re ses y de los gas tos de eje cu ción.

BIENES EXCEPTUADOS DE EMBARGO

952.- Quedanúnicamenteexceptuadosdeembargo:

BIENES DEL PATRIMONIO FAMILIAR
I. Losbienesqueconstituyenelpatrimoniodefamilia;

BIENES INDISPENSABLES PERMANENTES A LA CASA HABITACION
II. Los que per tenez can a la casa ha bi ta ción, siem pre que sean de uso indispensable;

MAQUINARIA Y EQUIPO DE TRABAJO
III. Lamaquinaria,losinstrumentos,útilesyanimalesdeunaempresao establecimiento,encuantoseannecesariosparaeldesarrollo desusactividades.

Podráembargarselaempresaoestablecimiento,deconformidadconlo dis pues to en el ar tí cu lo 966 de esta Ley;

LFT 966.

SECCION SEGUNDA


Del Procedimiento de Embargo

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GRANOS, CEREALES NO COSECHADOS
IV. Las mie ses antes de ser co se cha das, pero no los de re chos sobre las siembras;

ARMAS Y CABALLOS DE MILITARES EN SERVICIO ACTIVO
V. Lasarmasycaballosdelosmilitaresenservicioactivo,indispensables para éste, de con for mi dad con las leyes;

DERECHO DE USUFRUCTO
VI. El de re cho de usu fruc to, pero no los fru tos de éste;

DERECHO DE USO Y HABITACION
VII. Los de re chos de uso y de ha bi ta ción; y

SERVIDUMBRES, EXCEPCION
VIII. Las ser vi dum bres, a no ser que se em bar gue el fundo, a cuyo favor esténconstituidas.

CONTINUIDAD DE LAS DILIGENCIAS DE EMBARGO

953.- Lasdiligenciasdeembargonopuedensuspenderse.Elactuario resolverálascuestionesquesesusciten.

DESIGNACION DE LOS BIENES SUJETOS A EMBARGO
POR PARTE DEL ACTUARIO

954.- ElActuario,tomandoenconsideraciónloqueexponganlaspartes, determinarálosbienesquedebanserobjetodelembargo,prefiriendolos que sean de más fácil rea li za ción.

EMBARGO DE BIENES UBICADOS EN OTRO DOMICILIO

955.- Cuan do el em bar go deba re caer en bie nes que se en cuen tren fuera del lugar donde se prac ti que la di li gen cia, el Ac tua rio se tras la da rá al local donde ma ni fies te la parte que ob tu vo que se en cuen tran y pre via iden -tificacióndelosbienes,practicaráelembargo.

EMBARGO DE DINERO O CREDITOS REALIZABLES

956.- Silosbienesembargadosfuesendineroocréditosrealizablesenel acto,elActuariotrabaráembargoylospondráadisposicióndelPresidente de la Junta, quien de be rá re sol ver de in me dia to sobre el pago del actor. DEPOSITARIO DE LOS BIENES MUEBLES EMBARGADOS

957.- Si los bie nes em bar ga dos son mue bles, se pon...

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