Procedencia, improcedencia, impedimentos y sobreseimiento

AutorAngel Juárez Cacho
Páginas85-91

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(Art. 103, 107 Const. 6, 61, 62, 64, LA)

Procedencia del amparo

El amparo no es para crear un derecho, sino para proteger uno ya existente

La procedencia del juicio de amparo descansa no en el hecho de que pueda causársele al quejoso cualquier daño, sino solo que la lesión signifique la perdida de un derecho protegido constitucionalmente o por los tratados. El amparo no tiene la virtud de crear ningún derecho en favor del quejoso, sino solo lo mantiene en la posesión del que tiene ya en su calidad de gobernado y tenedor de un interés legitimo, jurídicamente protegido.

El amparo procede en general, contra actos sin fundamentación ni motivación, violaciones directas a la Constitución, actos cuyo medio de defensa derive de ley que no lo contemple, y por los que se verán en el amparo directo, indirecto, colectivo y adhesivo.

Interés jurídicamente protegido

Hermosa cita aparece en la pagina 34, del libro de los ex juzgadores Ignacio Soto y Gilberto Lievana, "La Suspensión en el Juicio de Amparo", sobre la protección del interés legitimo.

"Para aclarar debidamente, por medio de un ejemplo, lo que significa el interés jurídicamente protegido, expondremos lo que dice Ihiering sobre el particular, en su teoría respecto del contenido de lo que es el derecho subjetivo. Dice este autor que si un hombre vive en un medio salvaje, (Probablemente el que estamos viviendo en el 2014 en México. En estas semanas acribillaron a un diputado federal en Jalisco y descubrieron 17 calcinados en una barranca en Guerrero) donde no impera mas poder

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que el de la fuerza bruta, ese individuo no puede tener propiamente un derecho sobre alguna cosa, sino tan solo un interés de hecho, que no dura sino hasta que otro hombre mas fuerte venga a destruir ese interés y apoderarse de el, y que para que ese interés se convierta en derecho protegido, es indispensable que el régimen del mas fuerte desaparezca y sea sustituido por un orden jurídico que garantice y proteja ese interés de hecho."

En México, el abuso de los mas fuertes es el que prevalece. Slim, Salinas y los 30 hombres mas ricos de México, son los mas fuertes. Los jueces, con honrosas excepciones, se doblegan ante su poder económico. Por eso los consumidores pagamos muy caros los servicios que sus empresas prestan. Preguntando a los financieros, porque en México, pago el doble de intereses en mis tarjetas de crédito, que las que tengo en Estados Unidos, si son tarjetas de los mismos bancos -American Express y City Bank-Banamex, la respuesta fue que es por el sistema de justicia tan diferente de ambos países. En Estados Unidos la justicia, si frena la desigualdad y el abuso del fuerte, es pronta y expedita. En México la justicia federal generalmente protege a los monopolios y es larga e insegura. Y cuando pregunte porque el trabajador bancario que me atiende en Estados Unidos gana 6 veces mas, que el que me atiende en México, si hacen lo mismo y se trata de la misma firma de bancos, la respuesta fue: por lo mismo. La justicia que hay en un país, es la que determina la equidad en todas las relaciones laborales, comerciales y financieras. No son las leyes las que hacen justicia, sino la aplicacion que de ellas hacen los jueces.

Improcedencia del amparo

El amparo no procede contra...

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