Los principios de la Declaración de 1948

AutorBernardino Esparza Martínez
Páginas51-53

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LA DECLARACIÓN Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948 otorga como derechos los de carácter civil, político, social, económico y cultural.

El respeto a los derechos y libertades

En este contexto el mismo Preámbulo de la Declaración anuncia que mediante la Asamblea General proclama la Declaración Universal de los Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, con medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Los derechos y libertades

En definitiva, los derechos que otorga la Declaración a todas las per-sonas son los siguientes:

· A la vida.

· A la libertad.

· A la seguridad de su persona.

· Al reconocimiento de su personalidad jurídica.

· A igual protección de la ley.

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· A igual protección contra toda discriminación.

· A un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes.

· A ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.

· A que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

· A la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

· A circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

· A salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a él.

· A buscar asilo.

· A una nacionalidad.

· A casarse y fundar una familia.

· A la propiedad, individual y colectivamente.

· A la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

· A la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por...

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