El principio Arm's Length

AutorHerbert Bettinger Barrios
Páginas346-366

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A. Introducción

1.1 Este capítulo proporciona los "antecedentes" relacionados con el principio de arm’s length, que es el estándar internacional para los precios de transferencia, el cual los Miembros de la OCDE han acordado que sea usado para fines fiscales por los grupos multinacionales y administraciones fiscales. Este capítulo aborda el principio de arm’s length, reafirma su jerarquía como el estándar internacional, y establece directrices para su aplicación.

1.2 Cuando empresas independientes tienen relaciones entre sí, las condiciones de sus relaciones comerciales y financieras (por ejemplo, los precios de bienes transferidos o servicios proporcionados y las condiciones de su transferencia o disposiciones), generalmente están determinadas por las fuerzas del mercado. Cuando las empresas asociadas tienen relaciones entre sí, sus relaciones comerciales y financieras podrían no estar afectadas directamente por las fuerzas externas del mercado de la misma manera, aunque las empresas asociadas frecuentemente buscan reproducir la dinámica de las fuerzas del mercado en sus relaciones entre sí, como se comentará en el párrafo 1.5. Las administraciones fiscales no deben de una manera automática asumir que las empresas asociadas han buscado manipular sus utilidades. Puede existir una genuina dificultad para determinar con precisión un precio de mercado en la ausencia de las fuerzas del mercado o cuando se adopta una estrategia comercial particular. Es importante tener presente que la necesidad de efectuar ajustes para establecer de la mejor manera posible relaciones arm’s length independientemente de cualquier obligación contractual efectuada por las partes para pagar un precio específico o cualquier intención de Ias partes para minimizar el impuesto. De esta manera, un ajuste fiscal bajo el principio de arm’s length no afectaría las obligaciones contractuales subyacentes para fines no fiscales entre empresas asociadas, y podría ser apropiado aun cuando no exista un intento de minimizar o evitar el impuesto. Los precios de transferencia no deben de ser confundidos con problemas de evasión fiscal o de fraude fiscal, aunque las políticas de precios de transferencia pueden ser usadas para esos fines.

1.3 Cuando los precios de transferencia no reflejan los precios de mercado y el principio de arm’s length, los pasivos fiscales de las empresas asociadas y los ingresos fiscales de los países huésped pueden estar distorsionados. Por consiguiente, los países miembros de la OCDE han acordado que para fines fiscales, las utilidades de empresas asociadas pueden ser ajustadas como sea necesario para corregir cualquier distorsión y, por ese medio asegurarse que el principio de arm’s length es aplicado. Los países Miembros de la OCDE consideran que un ajuste apropiado es obtenido estableciendo las condiciones de las relaciones comerciales y financieras que se esperaría encontrar entre empresas independientes en transacciones similares en circunstancias similares.

1.4 Otros factores diferentes a las consideraciones fiscales pueden distorsionar las condiciones de las relaciones comerciales y financieras establecidas entre empresas asociadas. Por ejemplo, esas empresas pueden estar sujetas a presiones conflictivas gubernamentales (en el campo doméstico y en sus relaciones internacionales) por lo que se refiere a valuaciones arancelarias, aranceles anti-dumping, controles de precios y de tipo de cambio. Además, las distorsiones en los precios de transferencia pue-

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den ser causadas por las necesidades de flujo de efectivo dentro del grupo multinacional. Un grupo multinacional cuyas acciones están ampliamente distribuidas entre el público inversionista, puede sentir la presión de sus accionistas para mostrar una elevada utilidad a nivel de la compañía tene-dora, particularmente si la información no se proporciona sobre una base consolidada. Todos estos factores pueden afectar el precio de transferencia y la cantidad de utilidades que se acumulen en las empresas asociadas dentro del grupo multinacional.

1.5 No debe asumirse que las condiciones establecidas en las relaciones financieras y comerciales entre empresas asociadas invariablemente se desviarán de lo que un mercado abierto exige. Las empresas asociadas a multinacionales generalmente tienen una considerable autonomía y negocian entre sí como si fueran empresas independientes. Las empresas responden a situaciones económicas originadas en las condiciones del mercado, en sus relaciones con terceras partes y con empresas asociadas. Por ejemplo, los gerentes locales pueden estar interesados en crear un buen récord de utilidades y por consiguiente no desearían establecer precios que reducirían las utilidades de sus propias compañías. Las administraciones fiscales deben tener presente que las multinacionales, desde el punto de vista de los ejecutivos, tienen el incentivo para usar los precios arm’s lenght con el fin de evaluar el comportamiento real de los diferentes centros de utilidades. Las administraciones fiscales deben de tener esto presente para facilitar una eficiente asignación de sus recursos al seleccionar y efectuar auditorías de precios de transferencia. En ocasiones puede ocurrir que en Ia relación entre empresas asociadas pueda influir el resultado de la negociación. Por consiguiente, la evidencia de negociaciones no es suficiente para establecer que los acuerdos son arm’s length.

B. Declaración del principio de arm’s length

i) Artículo 9 del Modelo Fiscal de la OCDE

1.6 La declaración oficial del principio de arm’s length aparece en el párrafo b del artículo 9 del Acuerdo de Modelo Fiscal de la OCDE, que es la base de los tratados fiscales bilaterales en los que participan los países Miembros de la OCDE y un grupo creciente de países no Miembros. El cual señala:

"Cuando... unas mismas personas participen directa o indirectamente en la dirección, el control o el capital de una empresa de un Estado Contratante y de una empresa del otro Estado Contratante, y en uno y otro caso las dos empresas estén, en sus relaciones comerciales o financieras, unidas por condiciones aceptadas o impuestas que difieran de las que serían acordadas por empresas independientes, los beneficios que habrían sido obtenidos por una de las empresas de no existir dichas condiciones, y que de hecho no se han realizado a causa de las mismas, podrán incluirse en los beneficios de esa empresa y sometidos a imposición en consecuencia.

Al buscar ajustar las utilidades con referencia a las condiciones que hubieran existido entre empresas independientes en operaciones comparables y circunstancias comparables, el principio de arm’s length cumple con el enfoque de tratar a los miembros de un grupo multinacional como funcionando en forma independiente más bien que como partes inseparables de un único negocio unificado. Debido a que el enfoque de separación de entidades considera a los miembros de un grupo multinacional como si

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fueran entidades independientes, la atención se pone en la naturaleza de los acuerdos entre sus miembros.

1.7 Existen varias razones por las cuales los países miembros de la OCDE y otros países han adoptado el principio de arm’s length. Una razón importante es que este principio permite una amplia paridad en el tratamiento fiscal de las multinacionales y las empresas independientes. Pone a las empresas asociadas y a las independientes en condiciones de igualdad para fines fiscales, evitando la creación de ventajas o desventajas fiscales que de otra manera distorsionarían la relativa posición competitiva de cualquier tipo de entidad. Al eliminar estas consideraciones fiscales de las decisiones económicas, el principio de arm’s length promueve el crecimiento del comercio internacional y de la inversión.

1.8 El principio de arm’s length se ha observado que funciona de una manera efectiva en la mayoría de las situaciones. Por ejemplo, existen muchas situaciones relacionadas con préstamos o, en la compra y venta de bienes en donde el precio arm’s length puede fácilmente encontrarse en operaciones comparables efectuadas por empresas independientes comparables bajo circunstancias comparables. Sin embargo, existen casos importantes en los cuales la aplicación del principio de arm’s length es difícil y complicada, verbigracia, en grupos multinacionales en que la producción de bienes muy especializados está integrada, en intangibles desemejantes a cualquier otro, y/o en la prestación de servicios especializados.

1.9 El principio de arm’s length es visto por algunos como inherentemente imperfecto porque el enfoque de entidad por separado no siempre toma en consideración las economías de escala y la interrelación de las diversas actividades existentes en negocios integrados. No existe, sin embargo, un criterio objetivo aceptado para asignar las economías de escala o los beneficios de la integración a las empresas asociadas. El tema de las posibles alternativas al principio de arm’s length se comenta en la Sec- ción C del Capítulo III.

1.10 Una dificultad práctica en la aplicación del principio de arm’s length radica en que las empresas asociadas pueden tener relaciones que las empresas independientes no efectuarían.

Esas operaciones no necesariamente tendrían la intención de evadir impuestos, podrían ocurrir debido a que las operaciones entre miembros de un grupo multinacional confrontan diferentes circunstancias comerciales de las que tendrían empresas independientes. Por ejemplo, una empresa independiente podría no estar dispuesta a vender un intangible (por ejemplo, el derecho a los beneficios de toda la investigación futura) a un precio fijo si la utilidad potencial del intangible, no puede ser adecuadamente estimada y existen otras formas de obtener un beneficio del intangible. En tal caso, una empresa independiente no desearía el riesgo de una venta debido a que el precio podría no reflejar el potencial del intangible como fuente...

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