Principales supuestos de responsabilidad civil en el ejercicio profesional del psicólogo clínico en México

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AutorKarina Trejo
CargoProfesora investigadora adscrita al Departamento de Estudios Institucionales de la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Cuajimalpa, México
Páginas269-283
269
Principales supuestos de
responsabilidad civil en el ejercicio
profesional del psicólogo clínico en
México* / Main assumptions of civil
liability in the professional practice of
clinical psychology in Mexico
Karina Trejo Sánchez**
resumen
La psicología como ciencia se encuentra regida
por una lex artis específica, lo cual implica que
los profesionales que brindan atención a la
salud psi cológica en el área clínica deben actuar
cumpliendo con determinados procedimientos
inherentes a la disciplina, de los cuales emana una
serie de obligaciones jurídicas. El incumplimiento
de las obligaciones de carácter civil que conducen
a una mala praxis, trae como consecuencia una
responsabilidad de esta índole, al dañar los bienes
jurídicamente tutelados por las leyes. En este
entendido, el psicólogo clínico debe responder por
el daño que pueda causar la acción u omisión de
su conducta. El objetivo del presente artículo es
analizar las posibles hipótesis en que el prestador
de servicios profesionales en psicología clínica
podría incurrir en responsabilidad civil. Asimismo,
enfatizar las principales obligaciones que este debe
cumplir en el ejercicio de su profesión. Estas tienen
que apegarse a la prudencia, diligencia y pleno
conocimiento de su ámbito de acción.
palabras clave: Responsabilidad civil, psico-
logía clínica, daño, reparación del daño.
abstract
As a science, psychology is regulated by a specific
lex artis, which implies that healthcare profes-
sionals providing clinical psychological care must
act in accordance with certain procedures inher-
ent to the discipline, from which emanate a series
of legal obligations. Non-compliance with these
civil obligations, which amounts to malpractice,
brings with it a responsibility in this area, given
the damage to legally protected rights that this
involves. In this sense, the clinical psychologist
must take responsibility for any damage caused
by the acts or omissions forming part of their
conduct. The present article seeks to analyse the
possible hypotheses under which the professional
service provider in the area of clinical psychology
may become civilly liable. It also aims to empha-
size the main obligations with which they must
comply in the exercise of their profession and
which they must observe in the course of their
work, prudently, diligently and in full knowledge
of their scope of action.
key words: Civil liability, clinical psychology,
damages, compensation for damages.
* Artículo de reflexión. Recibido el 25 de septiembre de 2018 y aceptado para su publicación el 15 de julio de 2019.
** Profesora investigadora adscrita al Departamento de Estudios Institucionales de la Universidad Autónoma
Metropolitana - Unidad Cuajimalpa, México. (karinats@hotmail.com) orcid.org/0000-0001-6264-5638
Revista del instituto de CienCias JuRídiCas de
Puebla, MéxiCo. e-issn: 1870-2147. nueva éPoCa
vol. 14, núM. 46, Julio-diCieMbRe 2020 / PP 269-283
10.35487/rius.v14i46.2020.524

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