Primer Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Cultura y la Ciudad de México.

Fecha de publicación11 Mayo 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE CULTURA
PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Cultura y la Ciudad de México
PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Cultura y la Ciudad de México. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- CULTURA.- Secretaría de Cultura.
1CM/SC/OSEC/CCOORD/00681/22
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "CULTURA", REPRESENTADA POR SU TITULAR LA LIC. ALEJANDRA FRAUSTO GUERRERO, CON LA ASISTENCIA DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL, LA DRA. MARINA NÚÑEZ BESPALOVA Y EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EL LIC. OMAR MONROY RODRÍGUEZ, Y POR LA OTRA PARTE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR LA DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, EN SU CARÁCTER DE JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASISTIDA POR LA SECRETARÍA DE GOBIERNO, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MTRO. MARTÍ BATRES GUADARRAMA, LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR LA LIC. LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR, LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, REPRESENTADA POR SU TITULAR LA DRA. MARINA ROBLES GARCÍA, LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MTRO. EN ING. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA Y LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MTRO. JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA, A QUIENES CUANDO INTERVENGAN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
SEGUNDO. La Dirección General de Programación y Presupuesto "A" (DGPyP "A") de la SHCP, mediante oficio número 315-A-225 de fecha 25 de enero de 2022, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "CULTURA" reasigne recursos a la "ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.
TERCERO. Con fecha 26 de enero de 2022 "LAS PARTES" celebraron el Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos identificado como: SC/OSEC/CCOORD/000681/22, en lo sucesivo "EL CONVENIO", por virtud del cual, acordaron transferir recursos presupuestarios federales por parte de "CULTURA" a la "ENTIDAD FEDERATIVA" por la cantidad de $2´817,803,000.00 (dos mil ochocientos diecisiete millones ochocientos tres mil pesos 00/100 m.n.), para que esta última realizara de manera eficiente y eficaz las obras, estudios de preinversión y proyectos ejecutivos, así como todas las adquisiciones de insumos requeridos para la integración del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec" también denominado, Plan Maestro del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec"; a través de las Secretarías del Medio Ambiente "LA SEDEMA" y la Secretaría de Obras y Servicios "LA SOBSE".
CUARTO. En la Cláusula Décima Quinta de "EL CONVENIO", se estableció que podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables, publicándose dichas modificaciones en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la "ENTIDAD FEDERATIVA" dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a su formalización.
QUINTO. En la Cláusula Décima Séptima de "EL CONVENIO" se establece que comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2022, con excepción de lo previsto en la fracción XI de la Cláusula Octava del instrumento.
SEXTO. En el ANEXO No. 1 de "EL CONVENIO", se establecieron los proyectos e importes de cada uno en Materia de Reasignación de Recursos 2022 a la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México, con las especificaciones representadas a continuación:
Descripción
Importe Total
Construcción de infraestructura para realizar acciones conducentes para crear un espacio cultural y artístico en el Bosque de Chapultepec.
Proyectos, obra civil, obras complementarias, obras inducidas, servicios profesionales y/o apoyo técnico, asesorías, estudios, medidas de mitigación ambiental y social, indemnizaciones y/o restituciones por afectación a bienes o servicios, requeridas para los proyectos de:
Obras:
1. Av. Constituyentes
2. Bodega Nacional de Arte y Talleres de Artes y Oficios
3. Panteón Dolores
4. Interconexión de Museos
5. Circuito de Transporte Sustentable Interno (Cablebús)
6. Cineteca Nacional Chapultepec
7. Paso de Conexión Chivatito.
8. Construcción del Paso de Conexión de la Calzada Peatonal entre la 1era y la 2da Sección.
$1,775,803,000.00
Estudios de Pre inversión y proyectos ejecutivos:
1. Desarrollo de proyectos ejecutivos
2. Estudios de Impacto Urbano
3. Estudios de Impacto Ambiental
$25,000,000.00
TOTAL CONVENIO REASIGNACIÓN SOBSE
$1,800,803,000.00
SÉPTIMO. En el ANEXO No. 2 de "EL CONVENIO", se establecieron los proyectos e importes de cada uno en Materia de Reasignación de Recursos 2022 a la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, con las especificaciones representadas a continuación:
Descripción
Importe Total
Construcción de infraestructura para realizar acciones conducentes para crear un espacio cultural y artístico en el Bosque de Chapultepec.
Proyectos, obra civil, obras complementarias, obras inducidas, servicios profesionales y/o apoyo técnico, asesorías, estudios, medidas de mitigación ambiental y social, indemnizaciones y/o restituciones por afectación a bienes o servicios, requeridas para los proyectos de:
- Parque los Polvorines
- Jardín Botánico
- Serpientes y Escaleras
- De Manantial a Manantial
- Jardín Escénico Pabellón Acústico
- Zoológico Chapultepec-Alfonso L. Herrera.
- Museo de Historia Natural.
- Saneamiento de descargas residuales, rehabilitación de fuentes y lagos
- Restauración del suelo, saneamiento y revegetación, 1ª y 3era sección 2021-2022 y 4ta 2022-2023.
Control de Fauna Nociva
- Remediación de la contaminación de la 4ta
- Conservación del Bosque de Chapultepec
- Rehabilitación de Infraestructura de Abandono y rehabilitación de Parques.
- Infraestructura de seguridad e iluminación
- Centro de Cultura Ambiental.
$997,000,000.00
Estudios de Pre inversión y proyectos ejecutivos
- Desarrollo de concursos
- Desarrollo de proyectos ejecutivos
- Estudios de Impacto Ambiental
$20,000,000.00
TOTAL CONVENIO REASIGNACIÓN SEDEMA
$1,017,000,000.00
OCTAVO. Para estar en posibilidades de suscribir este Convenio Modificatorio, la Dirección General de Programación y Presupuesto "A" (DGPyP "A") de la SHCP, mediante oficio número 315-A-0994 de fecha 31 de marzo de 2022, emitió un dictamen de suficiencia presupuestaria adicional, para que "CULTURA" reasigne recursos a la "ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.
NOVENO. Se reitera la necesidad de continuar con el seguimiento y ejecución del proyecto Plan Maestro del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec".
DECLARACIONES
I. "LAS PARTES" declaran que:
PRIMERA. Ratifican las declaraciones efectuadas en "EL CONVENIO", contando con las atribuciones y facultades para celebrar y suscribir el presente Convenio Modificatorio, las cuales no les han sido revocadas ni limitadas de forma alguna.
SEGUNDA. Con el fin de garantizar la continuidad del Convenio de Coordinación requieren se incremente el importe, en la cantidad de $400,000,000.00 (cuatrocientos millones de pesos 00/100 M.N.).
TERCERA. En el presente instrumento legal no existen vicios del consentimiento como: dolo, lesión, mala fe, violencia o cualquier otro.
CUARTA. Celebran el presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos SC/OSEC/CCOORD/000681/2022 con el propósito de modificar los montos para el ejercicio de los estudios, proyectos y obras precisados en los antecedentes del presente instrumento, sujetándose al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO MODIFICATORIO.
"LAS PARTES" convienen en modificar las Cláusulas Primera, Segunda,...

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