Pretende Senado regular espionaje

AutorClaudia Salazar

MURAL / México

MÉXICO.- El Senado someterá a aprobación una ley que pretende legalizar la intervención de comunicaciones que realiza el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), para lo cual se podrá designar el apoyo de empresas de comunicaciones que estarán obligadas a proveer o prestar sus servicios para tal fin.

El dictamen de la Ley de Seguridad Nacional está listo para discutirse en la sesión del miércoles, en el que se regulan las intervenciones en casos como terrorismo, enfrentamientos entre grupos, intervención extranjera en asuntos nacionales y actos violentos para conseguir un objetivo político o cambiar decisiones gubernamentales, entre otros.

"En los casos de amenaza inminente a los intereses vitales del Estado mexicano, el Estado podrá hacer uso de los recursos que legítimamente se encuentren a su alcance, incluyendo la información anónima", justifica el documento.

Actualmente, la intervención telefónica sólo puede realizarse para el combate a la delincuencia organizada, por lo que se refiere a la legislación federal, y en los casos de homicidio, asalto a carreteras o caminos, robo de vehículos, privación ilegal de la libertad o secuestro y tráfico de menores, en las leyes estatales.

Con el fin de que la nueva Ley de Seguridad Nacional pueda operar, el Senado prevé además reformas al artículo 50 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue: "En materia federal, la autorización para intervenir comunicaciones privadas, será otorgada de conformidad con la Ley Federal en materia de Delincuencia Organizada y con la Ley de Seguridad Nacional, respectivamente".

De esta reforma adicional se desprende que el Cisen tendrá la facultad de solicitar al Poder Judicial la autorización para efectuar intervenciones de comunicaciones privadas.

"Se entiende por intervención de comunicaciones la toma, escucha, monitoreo, grabación o registro, que hace una instancia autorizada, de comunicaciones privadas de cualquier tipo y por cualquier medio, aparato o tecnología", precisa el artículo 33 del texto.

El artículo 40 menciona que el control y la ejecución de las intervenciones en materia de Seguridad Nacional estarán a cargo del Cisen y "cuando así se requiera, puede realizarse con el apoyo de las empresas de comunicaciones, que designe o autorice por escrito".

Tales empresas "están obligadas a conceder todas las facilidades y acatar las resoluciones por las que se autoricen las actividades" de...

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