Otras prestaciones

AutorJosé Pérez Chávez/Raymundo Fol Olguín
Páginas263-270

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Ayuda para gastos de matrimonio

En algunas ocasiones, los asegurados que han quedado viudos o aquellos que nunca contrajeron matrimonio deciden hacerlo cuando ya están pensionados. En tal condición acuden ante el IMSS para solicitar la ayuda de gastos de matrimonio.

A fin de evitar negativas y trámites innecesarios, a continuación se incluyen los requisitos para obtener dicha prestación.

En términos del artículo 165 de la LSS, la ayuda para gastos de matrimonio es un derecho que todo asegurado -de cualquier sexo-tiene; éste sólo se paga una vez, siempre y cuando contraiga matrimonio civil y reúna los requisitos siguientes:

  1. Tener acreditado un mínimo de 150 semanas de cotización en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en la fecha de celebración del matrimonio.

  2. Comprobar, en caso de segundas nupcias, con documentos fehacientes la muerte de la persona que registró como esposa(o) en el IMSS o que, en su caso, exhiba el acta de divorcio.

  3. Que la (el) cónyuge no haya sido registrada(o) con anterioridad en el IMSS como esposa(o).

    Este derecho se ejercerá una sola vez y el asegurado no podrá disponer de él para matrimonios posteriores.

    Si ambos cónyuges son asegurados y reúnen los requisitos antedichos, pueden solicitar la ayuda correspondiente.

    Conservación temporal de derechos para la ayuda de gastos de matrimonio

    El o la asegurada que haya dejado de pertenecer al régimen obligatorio del IMSS (baja) conservará su derecho a obtener ayuda de gastos de matrimonio, siempre que contraiga matrimonio dentro de los 90 días hábiles posteriores a la fecha de dicha baja (artículo 166 de la LSS).

    Monto de la ayuda de gastos de matrimonio

    El monto de la ayuda corresponde a 30 días de SMGV a la fecha de celebración del matrimonio; esto es:

    SMGV para 2018 $88.36 x 30 = $2,650.80 263

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    Trámite para obtener la ayuda para gastos de matrimonio

    Este consta de dos etapas, la primera ante el IMSS, quien emite la resolución de procedencia y la segunda ante la Afore, quien entrega los recursos.

    Ante el IMSS

    El trámite para adquirir la ayuda de gastos de matrimonio se inicia en el departamento de prestaciones económicas de la UMF del IMSS, donde se requisitará el formato denominado "Solicitud de ayuda para gastos de matrimonio".

    La gestión es personal y se entregará la documentación siguiente:

  4. Identificación oficial con fotografía y firma.

  5. Si se trata de extranjeros, pasaporte o forma migratoria.

  6. Credencial ADIMSS o documento que contenga el NSS del asegurado.

  7. Copia certificada del acta de matrimonio. Si se trata de documento en idioma diferente al español, deberá presentase adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier entidad federativa del territorio nacional, o bien, a falta de éste, por alguna institución o entidad oficial, como son las universidades o...

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