Del presidente del tribunal

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ARTÍCULO 28

El Presidente del Tribunal será electo por el Pleno de la Sala Superior en la primera sesión del año siguiente a aquél en que concluya el período del Presidente en funciones. Durará en su

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cargo tres años y no podrá ser reelecto para el período inmediato siguiente.

Serán elegibles los Magistrados de Sala Superior cuyos nombramientos cubran el período antes señalado.

ARTÍCULO 29

En caso de falta temporal, el Presidente será suplido alternativamente, cada treinta días naturales, por los Presidentes de las Secciones, siguiendo el orden alfabético de sus apellidos.

Si la falta es definitiva, el Pleno designará nuevo Presidente para concluir el período del Presidente faltante. El Magistrado designado para concluir el período no estará impedido para ser electo Presidente en el período inmediato siguiente.

ARTÍCULO 30

Son atribuciones del Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, las siguientes:

I. Representar al Tribunal, a la Sala Superior, al Pleno de la Sala Superior y a la Junta de Gobierno y Administración, ante toda clase de autoridades y delegar las facultades que el ejercicio de esta función requiera en términos de las disposiciones aplicables;

II. Despachar la correspondencia del Tribunal;

III. Convocar a sesiones al Pleno de la Sala Superior y a la Junta de Gobierno y Administración, dirigir sus debates y conservar el orden en éstas;

IV. Someter al conocimiento del Pleno de la Sala Superior los asuntos de la competencia del mismo, así como aquellos que considere necesario;

V. Autorizar, junto con el Secretario General de Acuerdos, las actas en que se hagan constar las deliberaciones y acuerdos del Pleno de la Sala Superior, y firmar el engrose de las resoluciones;

VI. Ejercer la facultad de atracción de los juicios con características especiales, en términos de las disposiciones aplicables, a efecto de someterlos al Pleno para su resolución;

VII. Dictar los acuerdos y providencias de trámite necesarios, cuando se beneficie la rapidez del proceso;

VIII. Tramitar los incidentes y los recursos, así como la queja, cuando se trate de juicios que se ventilen ante el Pleno;

IX. Imponer las medidas de apremio para hacer cumplir las deter-minaciones del Pleno;

X. Presidir las sesiones de la Sección que lo...

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