Presentación

AutorJosé Ángel Villalobos Magaña
CargoPresidente del Consejo de Administración
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LA VOZ Y LA PLUMA DE LOS JURISTAS 1
Presentación
E
l inicio de funciones de la LXV Legislatura del Con-
greso de la Unión durante septiembre pone en la
mesa diversos temas que vale la pena conside-
rar desde una perspectiva legal —más allá de la
dimensión política que, desde luego, también habrá que
seguir con interés—.
Para comenzar, ya se ha anunciado la presentación, por
parte del titular del Ejecutivo, de diversas iniciativas de
reforma constitucional relativas a la industria eléctrica, a
la Guardia Nacional y a la materia electoral. ¿Se lograrán
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respecto de los proyectos originales? ¿Se promoverán, de
nueva cuenta, acciones de inconstitucionalidad en contra
de las reformas que se logren aprobar?
Por otro lado, para nadie es novedad la dinámica con la
que se ha legislado a nivel federal: aprobación fast-track de
las iniciativas propuestas por el Ejecutivo o por el partido
mayoritario que, sin mayor discusión o análisis, culminan
en la inmediata publicación y entrada en vigor.
Así sucedió —a modo de ejemplo— con la Ley de Hidro-
carburos, propuesta con el objetivo de lograr el máximo
factor de producción de los hidrocarburos y los petrolífe-
ros, garantizar el suministro de los mismos y alcanzar la
seguridad y la soberanía energéticas (cuyos críticos han
señalado que desincentiva la inversión privada en el sector y
desalienta la entrada de nuevos competidores, convirtiendo
a Petróleos Mexicanos en un monopolio); con la Ley Orgá-
nica del Poder Judicial de la Federación, cuyo propósito es
mejorar la impartición de justicia y combatir la corrupción
y el nepotismo (a la que se ha criticado, entre otros aspec-
tos, por el artículo transitorio que permite la ampliación
de mandato del ministro presidente de la Suprema Corte
y de los consejeros del Consejo de la Judicatura Federal),
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el outsourcing e impedir la subcontratación laboral, la
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trabajadores (cuestionada por la afectación económica que
provocará a numerosas empresas que llevan a cabo esta
práctica de forma legal).
En este escenario, ¿qué posibilidad existe de que las
reformas puedan ser conocidas claramente por sus desti-
natarios antes de que entren en vigor, tanto para realizar
las adecuaciones pertinentes como para impugnarlas opor-
tunamente, si fuera el caso? La complejidad de las leyes, el
análisis y la interpretación de su contenido, y la relevancia
de los temas que involucran obligan —si queremos dotar de
racionalidad y certeza a nuestro sistema legal y fomentar
la cultura jurídica y el respeto al Estado de derecho— a
contar con plazos razonables para la entrada en vigor de
las normas.
Como bien se ha señalado, la iniciación de la vigencia de
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Así, valdría la pena que en la tarea legislativa se recupe-
rara el concepto jurídico de vacatio legis como condición
de certidumbre para todos: quienes se ven afectados por
la norma, quienes han de aplicarla y quienes han de inter-
pretarla. Como bien señala don Eduardo García Máynez
—que aparece en nuestra foto del ayer—, la vacatio legis
es el término durante el cual racionalmente se supone que
los destinatarios del precepto estarán en condiciones de
conocerlo y, por ende, de cumplirlo. Así, si no se respeta
este mínimo de racionalidad, a pesar del principio jurídico,
lo que no se conoce a cabalidad, difícilmente traspasará la
frontera del derecho vigente al positivo.
Cordialmente,
José Ángel Villalobos Magaña
Presidente del Consejo de Administración

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