Acuerdo General 71/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Cuarto de Distrito A y Cuarto de Distrito B , en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez; al reinicio de funciones del Juzgado Cuarto de Distrito en el mismo Estado y sede; a la transformación del...

Fecha de disposición17 Noviembre 2006
Fecha de publicación17 Noviembre 2006
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

ACUERDO General 71/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Cuarto de Distrito A y Cuarto de Distrito B , en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez; al reinicio de funciones del Juzgado Cuarto de Distrito en el mismo Estado y sede; a la transformación del mencionado Juzgado Cuarto de Distrito B , en Juzgado de número; a su denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento; asà como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito en el Estado y sede precisados.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- SecretarÃa Ejecutiva del Pleno.

  ACUERDO GENERAL 71/2006, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSION DE FUNCIONES DE LOS JUZGADOS CUARTO DE DISTRITO "A" Y CUARTO DE DISTRITO "B", EN EL ESTADO DE MEXICO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUAREZ; AL REINICIO DE FUNCIONES DEL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN EL MISMO ESTADO Y SEDE; A LA TRANSFORMACION DEL MENCIONADO JUZGADO CUARTO DE DISTRITO B, EN JUZGADO DE NUMERO; A SU DENOMINACION, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL, DOMICILIO Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO; ASI COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO Y SEDE PRECISADOS.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artÃculos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  SEGUNDO.- El artÃculo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

  TERCERO.- El artÃculo 94, párrafo sexto, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos y los artÃculos 81, fracciones IV, VI, y XXIV; y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y lÃmites territoriales de los juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, asà como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artÃculo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR