Pleno da declaratoria de publicidad al dictamen de la minuta en materia de Extincion de Dominio.

El Pleno de la Camara de Diputados dio declaratoria de publicidad al dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los articulos 22 y 73 de la Constitucion Politica, a fin de aumentar los ilicitos para aplicar la Extincion de Dominio, en casos de corrupcion, delitos cometidos por servidores publicos y en materia de hidrocarburos, petroliferos y petroquimicos. El dictamen de la Comision de Puntos Constitucionales, plantea en el articulo 22, que no se considerara confiscacion la incautacion de bienes de una persona cuando sea decretada para pago de multas o impuestos, ni cuando las declare la autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comision de un delito. Se determina que no se observara como confiscacion, el decomiso que ordene la autoridad judicial de bienes en caso de enriquecimiento ilicito en terminos del articulo 109; aplicacion a favor del Estado de patrimonios asegurados que causen abandono en los terminos de las disposiciones aplicables, ni de aquellos cuyo dominio se declare extinto de sentencia. Refiere que la accion de extincion de dominio se ejercitara por el Ministerio Publico, a traves de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autonomo del penal. Explica que las autoridades competentes de los distintos ordenes de gobierno le prestaran auxilio en el cumplimiento de esta funcion. De igual manera, estipula que la ley establecera mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extincion de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposicion, uso, usufructo, enajenacion y monetizacion, atendiendo al interes publico, y defina con criterios de oportunidad y, en su caso, la destruccion de los mismos. Sera procedente la extincion de dominio, sobre bienes de caracter patrimonial cuya legitima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con investigaciones...

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