Plazo para la rescisión

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En todos los casos es importante considerar que el trabajador, en términos del artículo 52 de la LFT, podrá separarse de su trabajo dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se dé cualquiera de las causas de rescisión analizadas, teniendo derecho a que el patrón lo indemnice en los términos del artículo 50 de la misma ley.

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