¿Se pierde el derecho a deducir en el ISR una inversión por los ejercicios transcurridos desde su adquisición, si no se inició su deducción en los plazos que dispone la ley?

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ingresos exentos (la donación) con
respecto al total de los obtenidos.
¿Se pierde el derecho a dedu-
cir en el ISR una inversión por
los ejercicios transcurridos
desde su adquisición, si no
se inició su deducción en los
plazos que dispone la ley?
Me desempeño como contador
independiente. Recientemente,
el administrador de una persona
moral del régimen general de la
Ley del ISR que se dedica a la
fabricación y comercialización
de muebles me contactó para
que le lleve la contabilidad de di-
cha empresa. Al revisar los libros
y documentación de la compa-
ñía correspondiente a este año
y a los cinco anteriores, me per-
caté de que la empresa adquirió
en 2018 dos computadoras que
empezó a utilizar en ese año y
por las cuales no ha iniciado su
deducción. Tengo entendido que
si no se inicia la deducción de
las inversiones en los plazos que
señala la ley, se pierde el de-
recho a deducir las cantidades
correspondientes a los ejercicios
transcurridos desde la fecha de
su adquisición.
Lector de Campeche, Campeche
dades correspondientes a los
ejercicios transcurridos desde
que pudo efectuar la deduc-
ción conforme a este artículo
y hasta que inicie la misma,
calculadas aplicando los por
cientos máximos autorizados
por la presente Ley.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Según se aprecia, las inversiones
empezarán a deducirse en el ISR, a
elección del contribuyente, a par-
tir del ejercicio en que se inicie la
utilización de los bienes o desde
el ejercicio siguiente; no obstante,
se podrá no iniciar la deducción de
estos bienes para efectos fiscales
a partir de que empiecen los pla-
zos de referencia; en este caso, se
podrá hacer con posterioridad, y
se perderá el derecho a deducir las
cantidades correspondientes a los
ejercicios transcurridos desde que
se pudo efectuar la deducción con-
forme a la ley y hasta que comience
la misma, calculadas mediante los
por cientos máximos autorizados.
Por lo anterior, si no se inició la
deducción de las inversiones en los
ejercicios mencionados en la ley, sí
se perderá el derecho a deducir las
cantidades correspondientes a los
ejercicios transcurridos.
Al respecto, algunas opiniones
señalan que esta situación se podría
corregir mediante la presentación
de declaraciones complementarias,
en las cuales se asiente el monto
de la deducción que corresponda al
ejercicio por el bien de que se trate;
sin embargo, podría ser rechazado
por las autoridades tributarias, por lo
que se tendría que evaluar la con-
veniencia de presentar tales decla-
raciones y, en su caso, acudir a los
tribunales para defender el criterio
mencionado.
En ciertos casos, sí, por lo siguiente:
El artículo 31 de la Ley del ISR esta-
blece lo siguiente (énfasis añadido):
31. Las inversiones únicamente
se podrán deducir mediante la
aplicación, en cada ejercicio,
de los por cientos máximos
autorizados por esta Ley, sobre
el monto original de la inver-
sión, con las limitaciones en
deducciones que, en su caso,
establezca esta Ley. Tratándo-
se de ejercicios irregulares, la
deducción correspondiente se
efectuará en el por ciento que
represente el número de meses
completos del ejercicio en los
que el bien haya sido utilizado
por el contribuyente, respecto de
doce meses. Cuando el bien se
comience a utilizar después de
iniciado el ejercicio y en el que
se termine su deducción, ésta se
efectuará con las mismas reglas
que se aplican para los ejercicios
irregulares.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Las inversiones empezarán
a deducirse, a elección del
contribuyente, a partir del
ejercicio en que se inicie la
utilización de los bienes o
desde el ejercicio siguiente. El
contribuyente podrá no iniciar
la deducción de las inversiones
para efectos fiscales, a partir
de que se inicien los plazos a
que se refiere este párrafo. En
este último caso, podrá hacerlo
con posterioridad, perdiendo
el derecho a deducir las canti-
¿Se pierde el derecho a deducir en
el ISR una inversión por los ejerci-
cios transcurridos desde su adquisi-
ción, si no se inició su deducción en
los plazos que dispone la ley?
FISCAL
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diciembre 2019
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