Una perspectiva desde España

AutorPedro Campoy Torrente
Páginas81-119

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Pedro Campoy Torrente*

El impacto en España

La escuela debe ser cultural y socialmente heterogénea.

ALAIN TOURAINE

A COLACIÓN del llamado “Efecto CSI”, se suele atribuir al usuario de los centros de enseñanza universitaria la responsabilidad de haber elegido una y no otra formación.1En el caso de la criminología, este problema es dramático: no sólo se generan confusiones entre criminología, criminalística y ciencias forenses, sino que en el mundo anglosajón el surgimiento de la llamada ciencia del crimen no ha hecho sino generar más confusión y ruido al respecto sobre el particular.2No obstante esta frecuente atribución, podemos preguntarnos si el “Efecto CSI” se da en las personas encargadas de diseñar los estudios superiores en criminología, antes que en los estudiantes, o paralelamente.

*Profesor asociado de la Universidad Rey Juan Carlos I. Federación de Asociaciones de Criminólogos de España.

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En primer lugar, es frecuente leer o escuchar la combinación “criminología y ciencias forenses”. Como si las ciencias forenses tuvieran una estrecha ligazón con la criminología, o como si fueran lo mismo. En este particular, es necesario señalar que, evidentemente, la criminología puede (y debe) operar en el ámbito de la justicia. Y, por ello, es una ciencia que emite informes (criminológicos) forenses..3 Pero también los emiten los psicólogos, los arquitectos o los criminalistas.

En segundo lugar, la confusión entre criminología y criminalística parece ser, cuanto menos, interesada. En tanto la criminología es una ciencia social,4punto en el que parece haber acuerdo entre la comunidad científica española, la criminalística es una disciplina que integra diversas técnicas destinadas a recabar y compilar las evidencias físicas en el lugar del delito, así como a analizar dichas evidencias con el in de identificar cualesquiera informaciones relevantes para la averiguación del hecho, del autor o de la víctima.

En palabras de Guzmán la criminalística hace “acopio de la evidencia física, reconstrucción del hecho, [e intenta la] identificación y eslabonamiento del sujeto con el escenario del suceso”.5Con base en lo hasta aquí expuesto: ¿deben la criminología y la criminalística cooperar en el marco de las investigaciones criminales? Por supuesto. ¿Hacen lo mismo un criminólogo y un criminalista? En absoluto. Ello, sin perjuicio de que sean ciencias no excluyentes entre sí, como se ha señalado ya.

Parte de la confusión es (puede ser) debida a que ambas han sido consideradas ciencias auxiliares del Derecho penal, en tanto se considera que éste da el objeto sobre el que trabajan la criminología y la criminalística..6No obstante, si nos atenemos a que el Derecho es el destino unívoco de toda práctica científica y profesional, y en tanto la química coadyuva a la averiguación de determinadas sustancias en ciertas investigaciones criminales (por ejemplo, un incendio provo-

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cado), entonces deberíamos afirmar que la química también es una ciencia auxiliar del Derecho penal.

Este reduccionismo es a todas luces chirriante, en tanto toda ciencia, en el ámbito forense, tiene como objetivo aportar evidencias que permitan dictaminar y dirimir conflictos en el ámbito judicial. El destino de la práctica y de la investigación criminológica excede, por fortuna, el mero ámbito jurídico. Por otra parte, esta confusión tiene también que ver con concepciones tales como “ciencias criminológicas”, debido al manido argumento de la inter/multi/pluridisciplinariedad. Ciencias criminológicas, en sentido estricto, sólo hay una: la criminología. Ciencias que coadyuvan a conseguir los ines que persigue la criminología, muchas, como evidencian Re-dondo y Garrido mucho mejor de lo que nosotros podemos hacer. En el epígrafe siguiente trataremos sobre el objeto de la criminología e intentaremos dilucidar si, todavía, la multidisciplinariedad tiene sentido.7En esta suerte de sistemas universitarios basados en la espada de Damocles de la competitividad internacional y nacional, lo cierto es que la confusión bien podría moverse entre el desconocimiento acerca de qué es la Criminología y/o la ausencia de profesionales capacitados en esta ciencia en los centros docentes.

Por tanto, si vamos a intentar abordar de forma crítica las características formativas en materia de Criminología en España, o en México, deberíamos empezar a atribuir(nos) responsabilidades.

De forma previa, debemos matizar una cuestión en cierto modo espinosa, como es el cómo y quién deiende los intereses profesionales y académicos en España: la ausencia de colegios profesionales se suplió, hasta hace dos años, con la existencia de asociaciones profesionales que, ante la inexistencia de titulaciones universitarias oiciales y habilitantes para el ejercicio profesional, aglutinan diversos titulados universitarios en criminología bajo epígrafes diversos (expertos, graduados superiores, graduados, etc.). Estas denominaciones (expertos, graduados superiores, graduados en Criminología y política criminal, etc.) responden a la organización primigenia de los estudios de criminología en España.

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En España, la historia académica de la criminología puede situarse, como en muchos otros países, en el siglo XIX. En la primera mitad del siglo XIX, Mariano Cubí i Soler (1801-1875) contribuyó a la frenología, o el estudio de la morfología del cráneo y de las posibles deformidades cerebrales, anticipando algunos planteamientos posteriores de Cesare Lombroso, considerado por muchos el iniciador de la criminología científica. Autores como José María Esquerdo (1842-1912) hacen aproximaciones en el campo de la enfermedad mental y el tratamiento de los sujetos “enfermos mentales” antes de que se instaurara esta tradición en Europa. Los trabajos de autores como Rafael Salillas (1854-1923), Dorado Montero (1861-1919), Concepción Arenal (1820-1894), Quintiliano Saldaña (1878-1938), o Constancio Bernardo de Quirós (1873-1959) iniciaron y desarrollaron la investigación criminológica española. Durante el siglo XIX y las dos primeras décadas del XX, el “Ateneo”, la Institución Libre de Enseñanza, y algunas universidades y administraciones públicas, crean centros de enseñanza de la criminología pioneros en la disciplina, que serían imitados en otros países. En 1899, Francisco Giner de los Ríos funda en Madrid el denominado Laboratorio de Criminología, antecedente de la Escuela de Criminología, creada en 1903, y continuada posteriormente por la llamada Escuela de Estudios Penitenciarios.8A nivel internacional, el 17 de diciembre de 1952, la Conferencia de las instituciones especializadas y de las organizaciones internacionales no gubernamentales interesadas en la prevención del delito y en el tratamiento de los delincuentes, reunida en Ginebra bajo el auspicio de la ONU, hace una serie de recomendaciones que dan una visión generalista del amplio marco científico de la criminología y de su carácter marcadamente autónomo.9El interés por la criminología resurge en España, tras el estancamiento de la dictadura de Primo de Rivera, y después de la Guerra Civil, a partir de los años cincuenta, bajo la influencia de la informa-

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ción procedente de otros países europeos y de Estados Unidos. Así, Octavio Pérez-Victoria, inspirándose en el modelo estadounidense de la Escuela de Justicia Criminal, funda en 1955 el Instituto de Criminología en Barcelona.10Además, se crea un Instituto de Criminología en la Universidad Complutense de Madrid en 1964 y el Instituto de Criminología de la Universidad de Valencia.11Desde entonces se han constituido diversos institutos, centros y estudios de criminología en distintos lugares. Casi todos, surgidos al amparo de facultades, departamentos o cátedras de Derecho. Estos institutos concentran en un primer momento la oferta formativa en criminología en España, a la que posteriormente se suman otros centros de investigación de diversas universidades. Ello da lugar a la aparición de titulaciones como Graduado Superior en Criminología o Experto Universitario en Criminología, entre otras, con el denominador común de que no son titulaciones oiciales, sino títulos propios de las universidades que los imparten, siendo en algunos casos, no en todos, reconocidos oicialmente para el acceso y la promoción interna en algunas profesiones.

En este contexto, a mediados los noventa se crea la Federación de Asociaciones de Criminólogos de España (FACE) y después, en el año 2000, la Sociedad Española de Investigación Criminológica (SEIC), lo cual no entrañó más dificultades que el reconocimiento de las particularidades de cada sociedad: en un caso, los titulados que bastante tenían con que su titulación se reconociera, en el mejor de los casos,

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en algunos ámbitos profesionales, como la policía, como si eso fuera suficiente; en el otro caso, el de la SEIC, se encontraron los formadores que sí saben qué es la criminología y qué competencias debían tener los titulados universitarios en esta disciplina. Fruto de largo trabajo conjunto, la licenciatura (de sólo segundo ciclo, pero que permitía acceder a los titulados propios a la misma, junto a otros titulados de ramas diversas) y el grado actual salieron adelante con mucho esfuerzo. Y con muchas mejorías formativas y profesionales.12No obstante, debe señalarse que también, a lo largo de estos años, han surgido otras asociaciones profesionales con las que estas entidades han mantenido poco o escaso contacto, en algunas ocasiones por cuestiones alejadas de los intereses profesionales del colectivo, y en otras, por desconocimiento de la existencia de las mismas. Además, en el último lustro, por fortuna se ha conseguido la creación de dos colegios profesionales...

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