Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales de Control del Impuesto Sobre Espectáculos Públicos, de la Secretaría de Finanzas del Gobierno Distrito Federal

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE CONTROL DEL IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DISTRITO FEDERAL

EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, en ejercicio de las facultades conferidas y en cumplimiento a lo establecido en los artículos 6, fracción II, 8, 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; , 12, fracción VI, 87, 94 y 95 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 2º. 7º, párrafo primero, 15, fracción VIII, 16, fracción IV y 30, fracciones IV, IX y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6, 7, 8, 9, 13, 14, 15 y 26 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 36 y 38, fracciones I, IV y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 1, 3, fracción IX, 30, fracciones VI y VII, 31, 32, 33, 34, 35, fracciones VII y VIII, 37, 38 y 40 de la Ley de Archivos del Distrito Federal; 56, incisos a), b) y d), 102, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144 y 430 del Código Fiscal del Distrito Federal; 1, 2, 7, fracción VIII, inciso b), 35, fracciones VIII, IX y XXIX, 73, fracciones I y X, 74 y 87 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 23, 24, 25, 26, 30, 31 y 32 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal; y los numerales 4, 5, fracciones I, II y IV, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 15 y 16 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con los artículos 6, fracción II, 8 y 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 26 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la citada Ley.

Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 6 y 7, fracciones I y II de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y los numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, corresponde a los entes públicos determinar, a través de su titular, la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, debiendo publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Que el Tesorero del Distrito Federal de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, es el responsable del Sistema de Datos Personales de Control del Impuesto Sobre Espectáculos Púbicos.

Que el Sistema en posesión, tutela y tratamiento de la Tesorería del Distrito Federal de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, es preexistente a la fecha de publicación de la Ley de Protección de Datos Personales, y se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP), con fecha 04 de mayo de 2010.

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