¿Una persona física que recibió una donación de su madre exenta del ISR y que realiza actividades empresariales, debe considerar como no deducibles los gastos e inversiones efectuados en la actividad empresarial en la proporción que representen los ingresos exentos con respecto al total de los obtenidos?

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civil o fideicomiso autorizado de
que se trate; otorgándole para ello
un plazo de diez días siguientes
a aquél en el que surta efectos la
notificación del mismo, a fin de
manifestar ante la AGSC lo que a
su derecho convenga, aportando
la documentación e información
que consideren pertinentes para
desvirtuar los mismos.
II. El SAT admitirá toda clase de
pruebas, excepto la testimonial
y la confesional a cargo de las
autoridades. Las pruebas se valo-
rarán en los términos del artículo
130 del CFF.
III. Agotado el plazo a que se
refiere la fracción I de la presente
regla, con vista en los elementos
que obren en el expediente y los
aportados por la organización
civil o fideicomiso autorizado para
recibir donativos deducibles suje-
to a procedimiento, el SAT emitirá
la resolución correspondiente
en un plazo que no excederá de
tres meses, contados a partir del
día siguiente a aquél en que se
agote el plazo antes señalado, o,
en su caso, a partir del día en que
se haya interrumpido el mismo
derivado de su cumplimiento.
IV. La resolución derivada del
procedimiento se notificará de
conformidad con las disposicio-
nes fiscales aplicables.
Asimismo, en caso de que sea
revocada la autorización para re-
cibir donativos deducibles, el SAT
dará a conocer los datos de la or-
ganización civil o fideicomiso de
que se trate en el Anexo 14 de la
RMF correspondiente, así como
en su portal de conformidad con
lo dispuesto en la regla 3.10.3.
Asimismo, las organizacio-
nes civiles y fideicomisos que
hayan perdido la autorización
para recibir donativos deduci-
bles derivado de las causales a
que se refieren las fracciones
III, VII y VIII de la regla 3.10.15.,
no estarán en posibilidades de
solicitar, ni obtener nuevamen-
te la autorización para recibir
donativos deducibles durante
el ejercicio fiscal en el que se
publicó la revocación de la au-
torización en el Anexo 14 de la
RMF, por lo que tributarán en el
Régimen de Personas Morales
de conformidad con el Título II
de la Ley del ISR.
El procedimiento a que se refiere
la presente regla no aplica para
aquellas organizaciones civiles y
fideicomisos que se ubiquen en
el supuesto a que se refiere la
fracción X de la regla 3.10.15., por
lo que el SAT no emitirá resolu-
ción alguna debiendo únicamente
publicar sus datos en el Anexo
14 y en su portal de acuerdo a lo
establecido en la regla 3.10.3.
Según se aprecia, el SAT podrá
revocar o no renovar las autorizacio-
nes para recibir donativos deduci-
bles en los términos de la ley a las
entidades que incumplan los requi-
sitos o las obligaciones que en su
carácter de donatarias autorizadas
deban acatar conforme a las dispo-
siciones tributarias.
En este sentido, se considera que
las entidades autorizadas para reci-
bir donativos deducibles incumplen
los requisitos o las obligaciones que
en su carácter de donatarias autori-
zadas deban cumplir cuando, entre
otros supuestos, ocurra lo siguiente:
1. Expidan facturas electrónicas de
donativos deducibles para am-
parar cualquier otra operación
distinta de la donación (fracción
III de la regla 3.10.15).
2. Si el o los representantes legales,
socios o asociados o cualquier
integrante del consejo directivo o
de administración de una orga-
nización civil o fideicomiso que
haya sido revocada su autoriza-
ción, entre otros supuestos, por
ubicarse en el supuesto referido
en el punto 1 anterior, forman
parte de organizaciones civiles
y fideicomisos autorizados para
recibir donativos deducibles
durante la vigencia de la misma.
Por consiguiente, en el caso que nos
ocupa, si una sociedad civil en la
que uno de sus socios también lo es
de otra sociedad civil a la que el SAT
le revocó la autorización para recibir
donativos deducibles por haber emi-
tido un CFDI de donativos por una
operación distinta a donativos, sí se
le podrá revocar la autorización para
recibir donativos deducibles del ISR.
¿Una persona física que reci-
bió una donación de su madre
exenta del ISR y que realiza
actividades empresariales,
debe considerar como no de-
ducibles los gastos e inversio-
nes efectuados en la actividad
empresarial en la proporción
que representen los ingresos
exentos con respecto al total
de los obtenidos?
Soy contador independiente. Uno
de mis clientes es una persona
física que percibe ingresos por
actividades empresariales y en fe-
brero pasado recibió la donación
de un departamento por parte de
su madre. Conforme a la Ley del
ISR, la donación que se perciba
de los ascendientes en línea rec-
ta son ingresos exentos de este
impuesto; por ello, un colega me
comentó que por haber recibi-
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