¿Una persona física que percibe ingresos por el arrendamiento de inmuebles debe causar IVA por la enajenación de un automóvil usado?

Páginas52-54

Page 52

Me desempeño como contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que percibe ingresos por el arrendamiento de casas-habitación. En los próximos días, el contribuyente venderá un automóvil

Page 53

usado de su propiedad. Tengo entendido que sólo las sociedades mercantiles deben causar IVA por la enajenación de bienes muebles usados, por lo que considero que mi cliente no debe causar este impuesto por la operación referida; sin embargo, tengo duda al respecto.

Lector de Los Mochis, Sinaloa

En nuestra opinión, no, por lo siguiente:

El artículo 9o., fracción IV, de la Ley del IVA estipula lo siguiente (énfasis añadido):

9o. No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:

  1. Bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas.

    Por su parte, el artículo 16 del CFF especifica lo siguiente (énfasis añadido):

    16. Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

  2. Las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter y no están comprendidas en las fracciones siguientes.

  3. Las industriales entendidas como la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores.

  4. Las agrícolas que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

  5. Las ganaderas que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

  6. Las de pesca que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

  7. Las silvícolas que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

    Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros; por establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que se desarrollen, parcial o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR