Permiso de Servicios Generales SG 1952 otorgado en favor de Compañía Aeroportuaria Hidalguense S.A.P.I. de C.V., para la construcción, administración, operación y explotación del Aeródromo de Servicio General, localizado en el Municipio de Zapotlán de Juárez, Estado de Hidalgo, denominado Nuevo Aeródromo Ing. Juan Guillermo Villasana.

Fecha de disposición27 Noviembre 2018
Fecha de publicación27 Noviembre 2018
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Subsecretaría de Transporte.- Dirección General de Aeronáutica Civil. PERMISO SG 1952

PERMISO DE SERVICIOS GENERALES SG 1952 QUE OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DIRECTOR GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, ING. LUIS GERARDO FONSECA GUZMÁN, A FAVOR DE COMPAÑÍA AEROPORTUARIA HIDALGUENSE S.A.P.I. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA PERMISIONARIA", REPRESENTADA POR SU APODERADO LEGAL Y DIRECTOR GENERAL, VÍCTOR HUGO TREJO SOTRES, PARA LA CONSTRUCCIÓN, ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL AERÓDROMO DE SERVICIO GENERAL, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN DE JUÁREZ, ESTADO DE HIDALGO DENOMINADO "NUEVO AERÓDROMO ING. JUAN GUILLERMO VILLASANA", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CONDICIONES:

ANTECEDENTES

  1. LA PERMISIONARIA, de nacionalidad mexicana, en pleno uso de su capacidad de goce y ejercicio señala como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en: Camino Real de la Plata No. 305 L7, 2do Piso, Zona Plateada, C.P. 42084 Pachuca de Soto, Hidalgo.

  2. Con fecha 10 de agosto de 2017, LA PERMISIONARIA, por conducto de su apoderado legal y Director General, el señor Víctor Hugo Trejo Sotres, solicitó a LA SECRETARÍA, el Permiso para construir, administrar, operar y explotar un Aeródromo de SERVICIOS GENERALES, al que se le denominará "Nuevo Aeródromo Ing. Juan Guillermo Villasana", localizado en el Municipio de Zapotlán de Juárez, Estado de Hidalgo, ubicado en la denominada Reserva Territorial de Zapotlán de Juárez Estado de Hidalgo, con una vigencia de treinta (30) años.

  3. Que LA PERMISIONARIA es una Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, de nacionalidad MEXICANA, según consta en escritura pública número 20.052 de fecha 5 de julio de 2004, protocolizada ante la fe del Lic. Héctor Edgardo Guerrero Acosta, Notario Público Número 10 de la Ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, la cual mediante Asamblea General Extraordinaria de fecha 1 de enero de 2008, protocolizada por escritura número 29.645 de fecha 25 de junio de 2008, ante la fe del Lic. Juan Linares Quinto, Notario Público Número 7 del Distrito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo, adoptaría la calidad de Sociedad Anónima Promotora de Inversión Variable, identificando a su representante legal por medio de Poder para Actos de Dominio del Representante Legal, otorgados mediante Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 24 de enero de 2017, protocolizada por escritura número (2,374) Dos Mil Trescientos Setenta y Cuatro, de fecha 13 de febrero de 2017, ante la fe de la Lic. Flor de María López González, Notario Público Número 5 del Distrito Judicial de Tizayuca, Hidalgo, acreditando su personalidad y representación.

  4. LA PERMISIONARIA acreditó ante LA SECRETARÍA, su capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera para asegurar que el Aeródromo de Servicio General se opere en condiciones de calidad y seguridad, con la documentación que obra en el expediente correspondiente.

  5. LA PERMISIONARIA acreditó la posibilidad de usar los terrenos donde se encuentra ubicado el Nuevo Aeródromo Ing. Juan Guillermo Villasana, mediante copia certificada de la Escritura Pública Número (37,262) Treinta y Siete Mil Doscientos Sesenta y Dos, Volumen Dos Mil Siete, de fecha 16 de noviembre de 2011 de la Notaría Pública Número 7 de Pachuca de Soto, Hidalgo, correspondiente a un contrato de usufructo a título gratuito, a favor de la permisionaria, con lo que acreditó la posibilidad de usar y aprovechar el terreno en que se ubicará el Aeródromo de Servicio General por una vigencia de 30 (treinta) años, de conformidad con lo dispuesto en la fracción II del artículo 18 de la Ley de Aeropuertos.

  6. LA PERMISIONARIA presentó plano de localización en Carta topográfica a escala 1:50000; "Tizayuca E14B11", plano general del Aeródromo de Servicio General; "HGO-PG" cálculo de coordenadas geográficas; y constancias de cumplimiento de requisitos en materia de seguridad, de

    protección al medio ambiente y de desarrollo urbano, documentos que obran en el expediente que para tal efecto integró LA SECRETARÍA.

  7. El día 26 de abril de 2018, se reunió la Comisión Intersecretarial para el Otorgamiento de Concesiones y Permisos prevista en el artículo 21 de la Ley de Aeropuertos, emitiendo su opinión favorable para el Permiso de Servicios Generales, por un periodo de treinta (30) años, además de la opinión favorable para que LA SECRETARÍA otorgue a LA PERMISIONARIA, el presente Permiso de Servicios General.

  8. El señor Víctor Hugo Trejo Sotres, Apoderado Legal y Director General de LA PERMISIONARIA, acredita que cuenta con capacidad legal suficiente para suscribir el presente documento, mediante Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas, de fecha 24 de enero de 2017, protocolizada por Instrumento 30,600 (treinta mil seiscientos), Volumen 2,374 (dos mil trescientos setenta y cuatro), de fecha 13 de febrero de 2017.

    En virtud de lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 1, 14, 16, 18, 26, 36, fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Artículos 2, 10, fracción XXIV y 21, fracciones XI, XXXVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Artículos 1, 2 fracciones I, III, 3, 4, 5, 6 fracciones III, XI, XII, 17, 18 y 22 de la Ley de Aeropuertos; 8, 9, 16 y 20 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos, otorga el presente Permiso conforme a las siguientes:

    CONDICIONES

Capítulo I

Definiciones

Para efectos del presente Permiso, se entenderá por:

Aeródromo de Servicio
General:
Aeródromo de servicio al público, distinto a los aeropuertos, destinado a la atención de las aeronaves, pasajeros, carga y correo del servicio de transporte aéreo no regular, así como del transporte privado comercial y privado no comercial.
SENEAM:
Organismo desconcentrado de la Secretaría encargado de los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.
Infraestructura Aeroportuaria:
El área que comprende la poligonal donde se ubica el Aeródromo de Servicio General, incluidas la delimitación del área de la poligonal y las zonas de protección aérea y de amortiguamiento, tal como se precisa en el Anexo 1.
Ley:
Permiso:
Es el conjunto de derechos y obligaciones relativos a la construcción, administración, operación y explotación del Aeródromo de Servicio General, identificados en el presente Permiso y que se otorgan a la Permisionaria.
Permisionaria:
La empresa de nacionalidad mexicana denominada Compañía Aeroportuaria Hidalguense S.A.P.I. de C.V.
Reglamento:
Secretaría:
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Servicios:
Los aeroportuarios, complementarios y comerciales descritos en los artículos 48 de la Ley, y 55, 56, 65 y demás relativos del Reglamento, así como los referidos en las condiciones 2.5, 2.5.1, 2.5.2 y 2.5.3.
Zonas de protección aérea y de amortiguamiento:
Las áreas que se identifican como tales en el Anexo 1 del presente Permiso.
Capítulo II

Objeto, Alcances y Régimen Inmobiliario

2.1. Objeto. El presente instrumento tiene por objeto asignar a LA PERMISIONARIA, un Permiso para administrar, operar, explotar y construir el Aeródromo de Servicio General, ubicado en el Municipio de Zapotlán de Juárez, en el Estado de Hidalgo, denominado "Nuevo Aeródromo Ing. Juan Guillermo Villasana", con coordenadas geográficas de su ARP: 19° 57' 21.5529'' L.N.; 98° 49' 29.4163'' L.W y elevación de 2327 metros sobre el nivel medio del mar, el cual estará integrado por 1 una pista con las siguientes características:

ORIENTACIÓN
LONGITUD
ANCHO
TIPO DE SUPERFICIE
04-22
2,400 metros
45 metros
Asfalto

Lo anterior, a fin de que se preste el Servicio Público, con las autorizaciones y restricciones que se asignen a la poligonal del Aeródromo de Servicio General, a las zonas de protección aérea y amortiguamiento, plano de distribución de áreas y de futuras construcciones, como se describen en el Anexo 1.

2.2 Clasificación y Clave de Referencia. El Aeródromo se clasifica como Aeródromo de Servicio General, con clave de referencia (OACI) 3C, para lo cual deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos en el Capítulo 1 del Anexo 14, Vol. I al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (OACI) en vigor, pudiendo operar aeronaves con envergadura desde 24 m hasta 36 m (exclusive), Cuerpo de Rescate y Extinción de Incendios Categoría 6 (seis), sin perjuicio de lo establecido...

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