Periódico Oficial del Estado de Puebla del 24-09-2018. Número 16 - Sección CUARTA

Fecha de publicación24 Septiembre 2018
Número de Gaceta16
SecciónCUARTA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
LUNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2018
TOMO DXXI NÚMERO 16
CUARTA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que
determina que el C. Alfredo Pérez Reyes, Presidente Municipal de San Salvador
El Seco, administración 2008-2011, no es administrativamente responsable de
las irregularidades que se le imputaron, durante el Ejercicio que se le auditó,
comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, aprobándose la cuenta
pública del citado Municipio, por el Ejercicio mencionado.
(Cuarta Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Lunes 24 de septiembre de 2018
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que determina que el C. Alfredo Pérez Reyes, Presidente
Municipal de San Salvador El Seco, administración 2008-2011, no es administrativamente responsable de las
irregularidades que se le imputaron, durante el Ejercicio que se le auditó, comprendido del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2010, aprobándose la cuenta pública del citado Municipio, por el Ejercicio mencionado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del
Estado de Puebla.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus
habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de
Puebla, respecto al expediente número P.A. 28/2012, relativo al Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades, iniciado en contra del C. Alfredo Pérez Reyes, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de San Salvador el Seco, Puebla, administración 2008-2011; concretamente por el periodo
fiscalizado comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez. Cabe hacer mención que el
presente Decreto es consecuencia de la substanciación del Procedimiento Administrativo en que se actúa, realizada
por el entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla; por tanto, toda referencia que en sentido
formal o material, que se haga en el mismo al Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla y a su Titular
respectivamente, se entenderán hechos a la Auditoría Superior del Estado de Puebla y a su respectivo Titular; lo
anterior, con fundamento en los artículos transitorios sexto, séptimo, noveno y décimo segundo de la Declaratoria
que contiene el Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial
del Estado de Puebla el veintiocho de noviembre de dos mil doce; segundo y tercero transitorios del Decreto del
Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del
Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil trece en el Periódico Oficial del Estado
de Puebla, y ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
PRIMERO.- Que el quince de febrero de dos mil ocho, el C. Alfredo Pérez Reyes, tomó posesión como
Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Salvador el Seco, Puebla, administración 2008-2011;
tal y como consta en la copia certificada por el Director General de Gobierno de la Constancia de Mayoría,
documento que se encuentra agregado en el expediente P.A. 28/2012 de la Dirección Jurídica de Substanciación de
la Auditoría Superior del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- El uno de marzo de dos mil doce, el Quincuagésimo Octavo Congreso Constitucional del Estado
Libre y Soberano de Puebla, emitió Decreto por medio del cual se autorizó al entonces Órgano de Fiscalización
Superior del Estado de Puebla, para que iniciara y substanciara Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra del C. Alfredo Pérez Reyes, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de San Salvador el Seco, Puebla, administración 2008-2011; por diversas irregularidades que
fueron contempladas en el Pliego de Cargos vencido número 05697C/2008-2011, por un monto de Presunto Daño
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Patrimonial de $30,958,092.01 (treinta millones novecientos cincuenta y ocho mil noventa y dos pesos 01/100
Moneda Nacional), por Presunta Deficiencia Administrativa de $38,807,273.24 (treinta y ocho millones ochocientos
siete mil doscientos setenta y tres pesos 24/100 Moneda Nacional) y por Deficiencia Administrativa de
$121,874,713.79 (ciento veintiún millones ochocientos setenta y cuatro mil setecientos trece pesos 79/100 Moneda
Nacional), dando un total por el importe de $191'640,079.04 (ciento noventa y un millones seiscientos cuarenta mil
setenta y nueve pesos 04/100 Moneda Nacional). --------------------------------------------------------------------------------
TERCERO.- La Auditoría Superior del Estado de Puebla, con fecha veinte de marzo de dos mil catorce, dictó
acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y registrar el
Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 28/2012, de la entonces Dirección Jurídica Contenciosa de la
Auditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de
Responsabilidades en contra del C. Alfredo Pérez Reyes, Presidente Municipal Constitucional del
Ayuntamiento de San Salvador el Seco, Puebla, administración 2008-2011; se ordenó citar al involucrado para
que compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley
de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. ------------------------------------------------------
CUARTO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número ASP/02538-
14/DGJ-DJC, de fecha veintiuno de marzo de dos mil catorce, se citó al C. Alfredo Pérez Reyes, Presidente
Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Salvador el Seco, Puebla, administración 2008-2011, a
efecto de que compareciera el ocho de abril de dos mil catorce a las diez horas, para ofrecer pruebas y alegar lo que
a su interés conviniera, por sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara, oficio
citatorio que le fue notificado conforme a derecho el veintisiete de marzo de dos mil catorce, tal y como consta en la
cédula de notificación. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO.- El ocho de abril de dos mil catorce a las doce horas, se desahogó la audiencia prevista por la fracción
I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en la que se hizo
constar la incomparecencia del C. Alfredo Pérez Reyes, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento
de San Salvador el Seco, Puebla, administración 2008-2011, así como la incomparecencia del representante del
Ayuntamiento de San Salvador el Seco, Puebla, administración 2014-2018, por lo que se tuvo por desahogada la
audiencia prevista dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades, y se hizo
efectivo el apercibimiento contenido en el citatorio con número de oficio ASP/02538-14/DGJ-DJC, de fecha
veintiuno de marzo de dos mil catorce. --------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTO.- Mediante memorando número ASP/00170-14/DJC, de diez de abril de dos mil catorce, la entonces
Dirección Jurídica Contenciosa remitió a la entonces Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera,
las constancias que obran en el expediente en que se actúa, así como la audiencia del ocho de abril de dos mil
catorce, con el objeto de que dicha área realizara su valoración y análisis respectivo. --------------------------------------
SÉPTIMO.- El diecisiete de junio de dos mil catorce, con memorando número ASP/0134-14/DFPCAE de trece
de junio de dos mil catorce, la entonces Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, remitió a la
entonces Dirección Jurídica Contenciosa, a través de la Dirección General Jurídica, todas de la Auditoría Superior
del Estado de Puebla, el informe analítico respectivo, y -------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- Que los artículos 108, cuarto párrafo y 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; sexto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la
Constitución Federal en comento, en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el veintisiete de mayo de dos mil quince; 124, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Puebla; transitorio tercero, segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga
diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a
la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis;

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