Periódico Oficial del Estado de Puebla del 23-08-2018. Número 17 - Sección SEGUNDA

Fecha de publicación23 Agosto 2018
Número de Gaceta17
SecciónSEGUNDA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
Sumario
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”
JUEVES 23 DE AGOSTO DE 2018
TOMO DXX NÚMERO 17
SEGUNDA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que en virtud
de las pruebas supervenientes presentadas por el C. Eduardo Rivera Pérez,
Presidente Municipal de Puebla, administración 2011-2014, deroga su similar de
fecha 7 de abril de 2017, determinando que el citado expresidente no es
administrativamente responsable de las irregularidades que se le imputaron, durante
el Ejercicio auditado, comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013,
aprobándose la Cuenta Pública del Municipio mencionado, por el Ejercicio indicado.
(Segunda Sección) Periódico Oficial del Estado de Puebla Jueves 23 de agosto de 2018
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del E stado, por el q ue en vi rtud de las prue bas supervenie ntes
presentad as por el C. Eduardo Rivera Pé rez, Presidente Municipal de Puebla, administración 2011-2014, d eroga
su similar de fecha 7 de abril de 2017 , d eterminando que el citado expresid ente no es administrativamente
responsab le de las irregul aridades que se le imputaron, du rante el Ejercici o auditado, compre ndido del 1 de enero
al 31 de d iciembre de 2013, ap robándose la Cuenta Pública del Municip io mencionado, por e l Ejercicio indicado.
Al margen un sello con el Escudo Na cional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso d el
Estado de Puebla.
JOSÉ AN TONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Sobera no d e Puebla, a sus
habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha re mitido el siguiente:
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fec ha, Vuestra Sober anía, ha tenido a bien discutir y aprobar el
Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión General Inspectora de la Auditoría Supe rior del Estado de
Puebla, respecto al escrito de fecha veintioc ho de junio de dos mil dieciocho, signado por el C. Carlos García
Mendoza, Director J urídico de la Secretaría del Ayuntamiento de Puebla, administración 2014-2018, por el que
exhibe diversos documentos como pr uebas supervenientes relacionadas a la cuenta pública del periodo comprendido
del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece, del Ayuntamiento de Puebla, Puebla, entonces
presidido por el C. Eduardo Rivera Pérez, y con los que pretende demostrar: a) que quedan plenamente solventadas
las supuestas irregularidades señaladas en el Decreto de fecha siete de abril de dos mil diecisiete, correspondiente al
expediente P.A. 131/2016; y, b) que es procedente emitir resolución por la que se deje sin efectos la determinación
anterior por haber pasado más de un periodo de sesiones o rdinarias. ------------------------------------------------------------
Ahora bien, para estar en posibilidad de determinar, si son o no procedentes las pretensiones del involucrado, es
necesario analizar, en primer término, si las pruebas que exhibe, revisten o no el carácter de supervenientes; y al
efecto, se advierte: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
• Que fue hasta el veintiocho de junio de dos mil dieciocho, cuando el C. Car los García Mendoza, Director
Jurídico de la Secretaría del Ayuntamiento de Puebla, Puebla, administración 2014-2018, remitió la diversa
documentación relativa a la cuenta pública del periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre
de dos mil trece, del Ayuntamiento de Puebla, Puebla, entonces presidido por el C. Eduardo Rivera Pérez; lo q ue se
constata con el diverso escrito de esa fecha que, en este momento, se tiene a la vista. - --------------------------------------
Lo a nterior ev idencia qu e el invo lucrado C. Eduardo Rivera Pé rez, Presi dente Mun icipal del Ayuntamien to
de Pu ebla, Puebl a, administr ación 2011 -2014, conc retamente p or el perio do del el u no de enero al treint a y uno
de di ciembre de dos mil t rece no t enía conoc imiento has ta antes de esa fecha, de la existenci a de los
docume ntos que exhibe el Direct or J urídico de la Secretarí a G eneral del Ayuntami ento de Puebla, Puebla ,
admini stración 2014-2018 , ni de que éstos se enco ntraban en pode r del citado ex funci onario; y, por ende, al
revest irles el carácte r de supervenien tes a dichos docume ntos, no tuvo la opor tunidad de ofre cerlas como
prueba s de ntro d el e xpediente P.A. 131/201 6, si tuación que se pone de ma nifiesto ante la autoridad que es
compet ente para d eterminar l a derogació n del Decre to. ------------ --------------- -------------- --------------- -----------
Así, se estima que la valoración de d ichos elementos p robatorios, es indispensable para arribar a la verdad legal
de los hechos; pero para ello, es indispensable que se configure el supuesto previsto en el a rtículo 193 de la Ley
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Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla que invoca el quejoso; y al efecto se verifica
que ya ha pasado más de un periodo ordinario de sesiones, a partir de la emisión del Dec reto de fecha quince de
diciembre de dos mil dieciséis, y que existen elementos que hacen procedente su derogación por parte del Congreso
del Estado; y en ese sentido, la suscrita Comisión deter mina: ---------------------------------------------------------------------
• Dejar sin efectos el Dictamen No.163 de fecha cinco de abril de dos mil diecisiete, emitido por esta Comisión y
que dio origen al Decreto de fecha siete de abril de dos mil diecisiete. ----------------------------------------------------------
Una vez lo anterior, se procede a emitir un nuevo Decreto, a efecto de poder valorar las pruebas supervenientes
ofrecidas y exhibidas por C. Carlos García Mendoza, Director Jurídico de la Secretaría d el Ayuntamiento de Puebla,
Puebla, administración 2014-2018, y determinar así, lo que en derecho proceda. ---------------------------------------------
RESULTANDO
PRIMERO. - Que e l quince de febrero de dos mil once, el Mtro. Eduardo Rivera Pérez, to mó posesión como
Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Puebla, Puebla, administración 2011-2014; tal y
como consta en la copia certificada por el Director General de Gobierno de la Constancia de Mayoría, documento
que se encuentra agregado en el expediente P.A. 131/2016 d e la Dir ección Jurídica de Substanciación de la
Auditoría Superior del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- El q uince de diciembre de dos mil die ciséis, el Quincuagésimo Noveno Congreso
Constitucio nal del Estado Libre y Soberano de Pueb la, emitió Decreto por medio del cual se auto rizó a la
Auditoría Su perior del Estado de Puebla, p ara que iniciara y substanciara P rocedimiento Administra tivo de
Determinaci ón de Respo nsabilidades e n contra d el Mtro. Ed uardo Rivera Pérez, P residente Muni cipal
Constituc ional del Ayuntamiento de Pu ebla, Puebl a, administr ación 2011 -2014; por diversas irregularidades
que fueron contemplada s en el Pliego de Cargos vencido número 07373C/20 11-2014, por un mont o tota l de
$411,698,3 39.20 (cuat rocientos o nce millones seiscientos noventa y o cho mil trescientos treinta y nueve pesos
20/100 Moneda N acional). ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO.- La Auditoría Su perior del Estado de Puebla, con fecha dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis,
dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalad o, ordenándo se integrar y
registrar el E xpediente Administrativo, bajo el número P.A. 13 1/2016, de la entonces Dirección J urídica
Contenciosa de la A uditoría Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de
Determinación de Responsabilidades en contra del Mtro. Eduardo Rivera Pérez, Presidente Municipal
Constitucional del Ayuntamiento de Puebla, Puebla, administración 2011-2014; se ordenó citar al involucrado
para que compareciera al d esahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, p revista por el artículo 68, fracción I de la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Público s del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------
CUARTO.- En cumplimient o a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio númer o ASP/08388-
16/DGJ-DGC, de fecha dieciséis de dicie mbre de dos mil dieciséis, se citó al Mtro. Eduardo Rivera Pérez,
Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Puebla, Puebla, administración 2011-2014, a efecto
de que compareciera el veinte de enero de dos mil diecisiete, a las 09:00 horas, para ofrecer pruebas y alegar lo que
a su interés conviniera, por sí o por medio de un defen sor o p ersona de su confianza que al efecto designara, oficio
citatorio que le fue notificado confor me a derecho el seis de enero de dos mil diecisiete, tal y como co nsta e n la
cédula de notificación. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTO.- Mediante acuerdos de fecha diez, y once de enero de dos mil diecisiete, la Autoridad Fiscalizadora
tuvo por recibido los escritos presentados por el Mtro. Eduardo Rivera Pérez, con fechas nueve de enero de dos mil
quince (sic), y diez de e nero de dos mil diecisiete, además de que se tuvo dando respuesta a las so licitudes que de
los mismos derivaron. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTO.- E l veinte de enero de dos mil diecisiete, a las 09:00 horas, se desahogó la audiencia prevista por la

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