Periódico Oficial del Estado de México de 2021-12-03 - Sección Primera

Viernes 3 de diciembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 106
2
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Al margen Escudo del Estado de México.
ERNESTO NEMER ALVAREZ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE MÉXICO; 3, 13, 15, 17, 19 FRACCIÓN I, 20 Y 21 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE MÉXICO; 5 FRACCIÓN IV Y 27 DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO
DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; 23 FRACCIÓN II, 26, 27 Y 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA
MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS, ASÍ COMO 2 Y 7 FRACCIONES XXIX
Y XXXIV DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO, Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, en su Pilar Económico, establece que una de las
prioridades del Gobierno del Estado de México es acelerar la transformación económica para consolidar la
productividad y competitividad, propiciando condiciones que generen un desarrollo que permita transitar de una
economía tradicional a una del conocimiento, mejorar la conectividad entre regiones y ciudades, para consolidarse
como el centro logístico del país, estableciendo en sus estrategias 2.3.1 y 2.3.4 como líneas de acción fortalecer el
tema de Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios, para otorgar certidumbre jurídica a las empresas, así
como impulsar acciones para facilitar las inversiones y elevar la competitividad en el Estado.
Que el 17 de septiembre de 2018 se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Decreto 331 de la H.
“LIX” Legislatura del Estado de México, por el que se expidió la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de Méxic o
y sus Municipios, la cual tiene como objeto promover la mejora integral, continua y permanente de la regulación
estatal y municipal, mediante la coordinación entre las autoridades de mejora regulatoria, los poderes del Estado, los
ayuntamientos y la sociedad civil. Dicho ordenamiento jurídico abrogó la Ley publicada el 6 de septiembre de 2010.
Que el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, señala en su artículo
23 fracción II, la obligatoriedad de constituir un Comité Interno de Mejora Regulatoria en cada dependencia y emitir
los lineamientos para su operación, los cuales tienen como finalidad proveer el establecimiento de un proceso
permanente de calidad y la implementación de sistemas, para contribuir a la desregulación, simplificación y la
prestación eficiente del servicio público.
Que en observancia a lo anterior, el 11 de abril de 2012 se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el
Acuerdo por el que se crea el Comité Interno de Mejora Regulatoria y se establecen los Lineamientos para la
Operación del Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Secretaría General de Gobierno.
Que la estructura orgánica funcional de la Secretaría General de Gobierno, ha tenido diversas modificaciones que han
derivado en adecuaciones en sus ordenamientos normativos internos, como es el caso de la integración de su Comité
Interno de Mejora Regulatoria, como se observa en los Acuerdos Modificatorios de sus lineamientos, publicados en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” de fechas 13 de septiembre de 2013, 19 de enero de 2015, 26 de octubre de
2015, 16 de marzo de 2016, 20 de junio de 2017, 4 de abril de 2018 y 8 de febrero de 2021.
Que el 22 de julio de 2021, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el Acuerdo del Ejecutivo del
Estado por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría
General de Gobierno, teniendo como objetivo fortalecer el campo de acción de la Coordinación General de Protección
Civil, por lo que su denominación se modificó para quedar como Coordinación General de Protección Civil y Gestión
Integral del Riesgo, así como también se eliminó la Subsecretaría de Desarrollo Político, señalando que sus funciones
las desarrollará la Dirección General de Desarrollo Político.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR