Periódico Oficial Legislativo - Número 053 - Tomo CXLI de 2016-05-04

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLI Victoria, Tam., miércoles 04 de mayo de 2016. Número 53
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 43
EDICTO al C. ANTONIO DÍAZ LOMBARDO y ELISA HURTADO DE DÍAZ LOMBARDO del poblado ATIZAPA N
DE ZARAGOZA II del municipio de González, Tamaulipas, Juicio Agrario 6/2015-TSA. (2ª.
Publicación)………..………………………………………………...…………………………………………… 2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
ACUERDO Secretarial mediante el cual se Autoriza a la Escuela Particular COLEGIO INTERAMÉRICA
SECUNDARIA, para que imparta los Estudios de Educación Secundaria Técnica en Ciudad Madero,
Tamaulipas………………………………………………………………………………………………………... 2
ACUERDO Secretarial mediante el cual se otorga a la persona moral denominada UNIVERSIDAD DEL
NORESTE, A.C., que auspicia a la UNIVERSIDAD DEL NORESTE, el Reconocimiento por Cambios al
Plan de Estudios del programa académico de Nivel Superior: Médico Cirujano, en modalidad escolarizada,
plan semestral; que se impartirá en Tampico, Tamaulipas………................................................................ 5
ACUERDO Secretarial mediante el cual se otorga a la persona moral denominada UNIVERSIDAD MÉXICO
AMERICANA DEL NORTE, A.C., que auspicia a la UNIVERSIDAD MÉXICO AMERICANA DEL NORTE,
el Reconocimiento por Cambios al Plan y Programa de Médico Cirujano Dentista, en modalidad
escolarizada, plan semestral, con duración de cuatro años, en Reynosa, Tamaulipas……………………….. 10
ACUERDO Secretarial mediante el cual se otorga a la persona moral denominada UNIVERSIDAD MÉXICO
AMERICANA DEL NORTE, A.C., que auspicia a la UNIVERSIDAD MÉXICO AMERICANA DEL NORTE,
el Reconocimiento por Cambios al Plan y Programa de Médico Cirujano Partero, en modalidad
escolarizada, plan semestral, con duración de cinco años, en Reynosa, Tamaulipas………………………… 14
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
CONVOCATORIA Pública Nacional 006, referente a la Licitación: LPE-N07-2016, para la contratación de
“Construcción de tercera fase del edificio para albergar laboratorios de 4 programas educativos de
licenciatura y 3 de posgrado (2da. Etapa) + obra exterior, en la facultad de ingeniería Arturo Narro Siller
(clave: 28USU2741K), en la cabecera municipal de Tampico, Tamaulipas.”...................................... 19
R. AYUNTAMIENTO RÍO BRAVO, TAM.
CONVOCATORIA Número 001, mediante la cual se convoca a las personas físicas y morales nacionales, que
poseen los recursos técnicos, económicos y demás necesarios para participar en la licitación nacional
FAIS-2016/33030, obra: pavimentación asfáltica, en Río Bravo, Tamaulipas........................................... 21
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., miércoles 04 de mayo de 2016 Periódico Oficial
Página 2
GOBIERNO FEDERAL
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 43
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
JUICIO AGRARIO:
POBLADO:
MUNICIPIO:
ESTADO:
DESPACHO:
6/2015-TSA
ATIZAPAN DE ZARAGOZA II
GONZÁLEZ
TAMAULIPAS
8/2015-43
E D I C T O A G R A R I O
NOTIFICACIÓN DE ACUERDO DE SIETE DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE.
C. ANTONIO DÍAZ LOMBARDO y
ELISA HURTADO DE DÍAZ LOMBARDO
“SEGUNDO.- Tomando en cuenta lo requerido por el Tribunal Superior Agrario en acuerdo de ocho de
diciembre de dos mil quince, en el que se instruye a este Tribunal Unitario Agrario r ealice la notificación del
acuerdo de siete de abril de dos mil quince mediante edictos; con fundamento en el artículo 173 d e la Ley
Agraria se ordena notificar dicho acuerdo a ANTONIO DÍAZ LOMBARDO y ELISA HURTADO DE DÍAZ
LOMBARDO por medio de EDICTOS que deberán ser publicados dos veces dentro de un plazo de diez
días, en el Diario Oficial de la Federación, Periódico Ofici al del Estado de Tamaulipas, en el Periódico de
mayor circulación, así como en el tablero de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Gonz ález,
Tamaulipas y en los Estrados de este Tribunal; haciéndoles saber que el Predio El Refugio, de su
propiedad, ubicado en el Municipio de González, Tamaulipas, es señalado como de probable afectación
agraria y se les requiere para que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en el Distrito Fe deral,
hoy Ciudad de México, sede del Tribunal Superior Agrario, ubicado en Orizaba número 16, Colonia Ro ma,
Delegación Cuauhtémoc, con la salvedad que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aun las de
carácter personal se harán por medio de rotulon.
Con fundamento en los artículos 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de Aplicación Supletoria
a la Ley de la Materia y 173 de la Ley Agraria
Tampico, Tamaulipas, 5 de abril de dos mil dieciséis.
ATENTAMEN TE.- SECRETARIO DE ACUERDOS QUE SUPLE LA AUSENCIA DE LA MAGISTRADA
TRANSITORIA EN EL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 43.- LIC. JESÚS JAVIER PÉREZ
RODRÍGUEZ.- Rúbrica. (2ª. Publicación)
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
DIÓDORO GUERRA RODRÍGUEZ, en ejercicio de las facultades que a la Secretaría de Educación de
Tamaulipas, a mi cargo confieren los artículos 23 fracción VIII y 31 fracciones I, III y IV, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública; 11 fracción VIII de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas y Artículo Segundo
del Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 45 de fecha 15 de abril del 2014, y en relación
al diverso Acuerdo Delegatorio publicado en el Periódico Oficial Número 96 de fecha 12 de agosto del 2014;
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que mediante escrito recibido en fecha 9 de febrero, el ciudadano CARLOS ANTONIO SIMÓN
GEREZ, propietario del plantel educativo particular que se denominará COLEGIO INTERAMÉRICA
SECUNDARIA, solicitó autorización para impartir Educación Secundaria Técnica con alumnado mixto y turno
matutino, en las instalaciones ubicadas en Prolongación 1º de Mayo número 1804-C, entre Boulevard Adolfo
López Mateos y calle Juventino Rosas, colonia Loma del Gallo en Ciudad Madero, Tamaulipas.
SEGUNDO.- Que el propietario del plantel educativo particular COLEGIO INTERAMÉRICA SECUNDARIA, así
como el personal directivo y docente, ajustarán sus actividades cívicas, culturales, educativas y deportivas, de
acuerdo a lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley General de
Educación, Ley de Educación para el Estado, reglamentos, planes, programas, métodos de estudios y
disposiciones emanadas de la Secretaría de Educación de Tamaulipas.
Periódico Oficial Victoria, Tam., miércoles 04 de mayo de 2016 Página 3
TERCERO.- Que el C. CARLOS ANTONIO SIMÓN GEREZ, propietario del plantel educativo particular
COLEGIO INTERAMÉRICA SECUNDARIA, y el personal directivo y docente del plantel han declarado, bajo
protesta de decir verdad, que en la educación que imparta la institución se respetarán las leyes y reglamentos
aplicables; y en lo relacionado con el laicismo, observarán lo previsto por los artículos 3° de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5° de la Ley General de Educación y 6° de la Ley de Educación para
el Estado.
CUARTO.- Que las instalaciones que ocupa la institución educativa privada COLEGIO INTERAMÉRICA
SECUNDARIA, reúnen las condiciones de seguridad, higiénicas y pedagógicas establecidas en los artículos 55
fracción II de la Ley General de Educación y 92 fracción II de la Ley de Educación para el Estado, conforme al
resultado de los informes realizados por los ciudadanos SILVERIO SALDÍVAR PINEDA, Jefe del Departamento
de Supervisión de Escuelas Incorporadas, NEMROD HERVERT BORJAS, Responsable del Área de
Supervisión del Centro Regional de Desarrollo Educativo de Ciudad Madero, y MANUEL GARCÍA PEÑA,
Supervisor Escolar No. 9 de Educación Secundaria Técnica, de la Secretaría de Educación del Estado; c ontando
con el equipo y material didáctico para el correcto desarrollo de sus actividades educativas, aprobándose
además, la integración de los grupos escolares y horarios de clases con los que funcionará el plantel.
QUINTO.- Que el propietario del plantel educativo COLEGIO INTERAMÉRICA SECUNDARIA ha aceptado que
dicha institución está sujeta a que la Secretaría de Educación de Tamaulipas ordene cualquier modificación o
cambio relacionado con su denominación, turnos de trabajo, organización del alumnado y del personal directivo,
docente y técnico.
SEXTO.-Que el C. CARLOS ANTONIO SIMÓN GEREZ, propietario del plantel educativo particular COLEGIO
INTERAMÉRICA SECUNDARIA, convendrá con la Asociación de Padres de Familia de dicho plantel respecto a
la cantidad que deberán pagar por concepto de colegiatura, la cual deberá quedar establecida 30 días antes de la
inscripción y reinscripción, cifra que no podrá modificarse dentro del período para el que fue aprobada.
SÉPTIMO.- Que el propietario de la escuela secundaria técnica particular COLEGIO INTERAMÉRICA
SECUNDARIA se ha comprometido a observar las siguientes normas:
I).- En cuanto a cooperaciones extraordinarias éstas se someterán a la consideración y aprobación, en su caso,
de los acuerdos tomados por la Asociación de Padres de Familia.
II).- Cada solicitud de cooperación extraordinaria expresará su destino y contendrá la mención de ser voluntaria.
III).- Las aportaciones serán pagadas a la Dirección de la Escuela y ejercidas por ésta, bajo la estricta vigilancia
de la Asociación de Padres de Familia.
IV).- La inscripción, reinscripción, entrega de documentos oficiales, situación académica de los alumnos o su
permanencia, no se condicionará al pago de las cuotas o cooperaciones extraordinarias.
OCTAVO.- Que el propietario de la institución educativa particular COLEGIO INTERAMÉRICA SECUNDARIA
adquiere la obligación de:
I.- Emitido y publicado el presente Acuerdo Secretarial, acudir a la Secretaría de Educación del Estado para
tramitar la asignación de la Clave de Centro de Trabajo; sólo una vez obtenida ésta, podrá operar el servicio
educativo autorizado;
II.- Cumplir con el Calendario Escolar para cada ciclo escolar que establece la Secretaría de Educación del
Estado;
lII.- Conceder becas totales o parciales, en los términos del reglamento respectivo, cuyo monto nunca será menor
al 5% del total obtenido por ingresos de inscripciones y colegiaturas, considerando el 100% de la población
estudiantil; lo anterior, de conformidad a lo establecido por el artículo 94, fracción III, de la Ley de Educación para
el Estado de Tamaulipas y al previsto por los artículos 24, 25, 26, 27, 28 y 29 del Reglamento del Sistema Estatal
de Becas, Créditos y Estímulos Educativos de Tamaulipas;
lV.- Cumplir con lo que ordena la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 8 de febrero de 1984, así como cumplir con los actos cívicos que marca el calendario
oficial de la Secretaría de Educación Pública;
V.- Constituir la Asociación de Padres de Familia, en los términos del Reglamento respectivo vigente;
VI.- Constituir el Comité de Seguridad Escolar, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto
respectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1986;
VII.- Integrar el Consejo Técnico, mismo que se ocupará de auxiliar a la Dirección del plantel en la elaboración de
planes de trabajo, aplicación de métodos de enseñanza, atención a problemas disciplinarios y evaluación de la
actividad educativa;
VIII.- Observar con rigurosidad lo establecido por la Ley para la Prevención de la Violencia en el Entorno Escolar
del Estado de Tamaulipas;
IX.- Observar de manera irrestricta la normatividad establecida en cuanto a la edad y cantidad máxima de
alumnos por aula en cada nivel y modalidad educativa;

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