Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2022-06-21

Fecha de publicación21 Junio 2022
Número de Gaceta49
Precio del ejemplar $22.13
Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, Martes 21 de Junio de 2022
Año CIII Edición No. 49 Alcance I
CONTENIDO
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA FOMENTO
AL EMPLEO Y EMPRENDIMIENTO JUVENIL Y SE
EMITEN SUS REGLAS DE OPERACN PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2022.....................
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2 PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Martes 21 de Junio de 2022
Edición No. 49 Alcance I
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA FOMENTO AL EMPLEO Y
EMPRENDIMIENTO JUVENIL Y SE EMITEN SUS REGLAS DE OPERACIÓN PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2022.
Al margen un sello con el Escudo Oficial que dice: Gobierno del
Estado Libre y Soberano de Guerrero.- Poder Ejecutivo.
MAESTRA EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, GOBERNADORA CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE GUERRERO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS
ARTÍCULOS 71, 87, 88, 90 NUMERAL 2 Y 91 FRACCIONES I, VI, IX Y
XLVI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
GUERRERO, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS
ARTÍCULOS 2, 3, 6, 7, 10, 11, 18 FRACCIONES I Y XVI, 20 FRACCIÓN
ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 08; 47 FRACCIÓN I DE LA LEY DE
COORDINACIÓN FISCAL; 1, 2 FRACCIÓN I, 18 Y 25 DE LA LEY NÚMERO
454 DE PRESUPUESTO Y DISCIPLINA FISCAL DEL ESTADO DE GUERRERO;
20 Y 21 DE LA LEY NÚMERO 913 DE LA JUVENTUD GUERRERENSE; EN
RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 57 Y ANEXOS 21 (E16) Y 21-A (E16) DEL
DECRETO NÚMERO 160 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE
GUERRERO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022 Y LOS LINEAMIENTOS PARA
LA ELABORACIÓN DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS
SOCIALES ESTATALES PARA EL PERIODO 2022-2027.
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con los artículos 25 y 26 de la Constitución
la intervención en la política económica y establecer la
planeación del desarrollo nacional como directriz de las
políticas públicas que lleva a cabo el Poder Ejecutivo, lo cual
se encuentra plasmado en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-
2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el
12 de julio de 2019, establece que su principal objetivo es
lograr el Bienestar de la población.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, establece en el
Eje 3. “Economía” apartado “Impulsar la reactivación económica,
el mercado interno y el empleo”, prevé que una de las tareas centrales
del actual gobierno federal es impulsar la reactivación
económica y lograr que la economía vuelva a crecer a tasas
aceptables, fomentando la creación de empleos mediante programas
sectoriales, proyectos regionales y obras de infraestructura.
Martes 21 de Junio de 2022 PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 3
Edición No. 49 Alcance I
Que de conformidad con el artículo 6 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Guerrero, establece que el estado
de Guerrero atenderá de manera programática y planificada los
derechos económicos, sociales, culturales y ambientales para
hacer realidad el progreso y el bienestar de sus habitantes; al
efecto, expedirá programas de gobierno y políticas públicas que
se requieran.
Que la titular del Poder Ejecutivo de conformidad con el
Estado de Guerrero Número 08, se auxiliará de la Secretaría de
la Juventud y la Niñez, como órgano encargado de conducir
integralmente la política de desarrollo e impulso de la juventud
y la niñez, en el Estado, y le corresponde entre otras promover,
coordinar y fomentar programas para el bienestar de la juventud
y la niñez, así como estimular la participación de las y los
jóvenes en el proceso de desarrollo de la entidad.
Que el Decreto Número 160 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Guerrero para el Ejercicio Fiscal 2022, publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 105 alcance XII,
de fecha 31 de diciembre de 2021, establece que las secretarías,
dependencias y entidades de la administración pública estatal,
podrán ejercer los montos para programas y proyectos de
inversión aprobados en este presupuesto, en los términos de las
disposiciones emitidas por la Secretaría de Finanzas y
Administración del Estado y la Secretaría de Planeación y
Desarrollo Regional, en función de la disponibilidad
presupuestal y financiera del estado.
Que la Ley Número 913 de la Juventud Guerrerense, contempla que
el Ejecutivo Estatal, en el ámbito de su competencia y de
conformidad con sus recursos presupuestales, tiene la obligación
de promover y ejecutar las políticas y programas que sean
necesarios para garantizar a los jóvenes, el ejercicio y goce
pleno de los derechos establecidos en la presente Ley. Así mismo
refiere que los programas que realice el Ejecutivo del Estado,
serán prioritarios y deberán tomar en consideración las
circunstancias y necesidades de la población juvenil de cada
región.
Que el Programa Fomento al Empleo y Emprendimiento Juvenil tiene
por objeto atender en corto y mediano plazo a Jóvenes de 18 a
29 años de edad, originarios o radicados en el estado de
Guerrero, a través de una convocatoria que se emitirá, la cual
abarcará a todos los municipios que conforman el estado de
Guerrero, para la progresividad en el acceso a sus derechos y
la igualdad en las oportunidades.

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