Los patrones del campo pueden realizar el pago de cuotas en forma diferida o en parcialidades

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El pasado 18 de octubre, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) el "acuerdo número 244/2005 del Consejo Técnico mediante el cual se aprueban las reglas de carácter general para autorizar el pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades de la parte de la cuota obrero-patronal que les corresponda cubrir a los patrones del campo".

Los patrones del campo interesados en obtener la autorización para realizar el pago de sus cuotas obrero-patronales (excepto por las correspondientes al ramo de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez) en forma diferida o en parcialidades, con la actualización respectiva y sin la causación de recargos, presentarán su solicitud por escrito, empleando el formato autorizado por la sub-delegación.

Para tener acceso a este beneficio los patrones interesados deberán cumplir algunos requisitos, entre los que se encuentran:

  1. Estar registrado ante el instituto.

  2. No tener adeudos en los seis meses anteriores a la fecha de la solicitud.

  3. Que no se le hayan notificado diferencias en los seis meses anteriores.

  4. Garantizar el interés fiscal.

Una vez cumplidos los requisitos, el IMSS emitirá la resolución en la que indicará si procede o no la autorización, si transcurrido el plazo de 20 días posteriores a la...

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