Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas

AutorJosé Pérez Chávez/Raymundo Fol Olguín
Páginas89-91

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La PTU es un derecho establecido en la CPEUM -artículo 123, Apartado A, fracción IX, inciso e)- en favor de los trabajadores; por consiguiente, es una obligación para las empresas.

Esta disposición es regulada por la LFT, así como por las Resoluciones de la Comisión Nacional para la PTU.

1. Porcentaje de la PTU

El porcentaje con que participarán los trabajadores en las utilidades de las empresas será del 10%.

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2. Determinación de las utilidades por repartir

Para determinar la utilidad por repartir, la empresa deberá aplicar la mecánica siguiente:

Ingresos del ejercicio (según el artículo 9o. de la LISR)

(-) Cantidades no deducidas por concepto de pagos que a su vez sean ingresos exentos para los trabajadores, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 o 0.47, según sea el caso, al monto de dichos pagos

(=) Ingresos para efectos de la PTU

(-) Deducciones del ejercicio (según el artículo 9o. de la LISR)

(=) Base del reparto (cuando el resultado sea positivo)

(x) 10%

(=) Utilidad por repartir

3. ¿Cómo se efectúa el reparto a los trabajadores?

Después de haber determinado la PTU por repartir, se procede a realizar los cálculos para cada trabajador, en función de lo siguiente:

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