Paquete económico y fiscal para 2018, presentado ante el Congreso de la Unión. Principales aspectos
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El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de diputados el paquete económico para el ejercicio fiscal de 2018, el cual incluye los siguientes documentos:
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De estos documentos, destaca la Iniciativa de la LIF para el ejercicio fiscal de 2018, la cual, entre otros aspectos, plantea lo siguiente:
Se propone que en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causen recargos:
1. Al 0.98% mensuales sobre saldos insolutos (actualmente es de 0.75%).
2. Cuando conforme al CFF se autorice el pago a plazos, se aplicaría la tasa de recargos que a continuación se indica, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate:
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La LIF para 2018 consideraría la condonación de multas en los términos siguientes:
1. En el ejercicio fiscal de 2018, los contribuyentes a los que se les impongan multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, entre otras, las relacionadas con el RFC, con la presentación de declaraciones, solicitudes o avisos y con la obligación de llevar contabilidad, así como aquellos a los que se les impongan multas por no efectuar los pagos provisionales de una contribución, con excepción de las que apliquen por declarar pérdidas fiscales en exceso y las previstas en el artículo 85, fracción I, del CFF, independientemente del ejercicio por el que corrijan su situación derivado del ejercicio de facultades de comprobación, pagarían 50% de la multa que les corresponda si llevan a cabo el pago después de que las autoridades fiscales inicien el ejercicio de sus facultades de comprobación y hasta antes de que se levante el acta final de la visita domiciliaria o se notifique el oficio de observaciones correspondiente, siempre que, además de la multa, se paguen las contribuciones omitidas y sus accesorios, cuando sea procedente.
2. En relación con lo anterior, cuando los contribuyentes corrijan su situación fiscal y paguen las contribuciones omitidas junto con sus accesorios, en su caso, después de que se levante el acta final de la visita domiciliaria, se...
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