Pagos provisionales del ISR, ¿qué sucede si no se realizan conforme a las disposiciones legales?
Fecha | 15 Agosto 2024 |
SupuestoPregunta¿Se consideran partes relacionadas?
Una persona moral celebra un con-
trato de mediación mercantil con
uno de los empleados, el cual no es
personal gerencial clave ni directivo
relevante de la misma.
¿La persona moral debe conside-
rarse parte relacionada de uno de
los empleados por la operación ce-
lebrada?
• Para efectos fiscales:
Sí, pues el trabajador y la persona moral son partes relacio-
nadas.
• Para efectos financieros:
No, la NIF C-13 no considera a los trabajadores y a los
patrones como partes relacionadas, excepto por lo que se
refiere al personal gerencial clave o a directivos relevantes.
Conclusión
De acuerdo con la Ley del ISR, cuando se celebren operaciones con partes relacionadas se deben considerar para esas
operaciones precios y montos de contraprestaciones que se hubieran utilizado con o entre partes independientes en
operaciones comparables; además, la misma ley impone diferentes obligaciones que deben cumplirse en estos casos.
Sin embargo, aunque la ley de la materia define lo que debe considerarse como partes relacionadas para efectos fisca-
les, hay diversas dudas al respecto, sobre todo, porque ese concepto no coincide con el que las normas de información
financiera señalan como partes relacionadas.
Por lo anterior, mediante diversos ejemplos prácticos indicamos los casos en que debe considerarse que existen partes
relacionadas entre personas físicas y morales, además de algunos supuestos en los que no se establece dicha figura,
para efectos fiscales y financieros, así como las diferencias entre ambos conceptos.
Pagos provisionales del ISR, ¿qué sucede
si no se realizan conforme a las
disposiciones legales?
Introducción
Debido a las variables que han afectado la economía del
país en los últimos meses, algunos negocios han experi-
mentado falta de liquidez, por lo que han tenido proble-
mas para cumplir sus obligaciones tributarias, entre las que
destaca no realizar los pagos provisionales del ISR con-
forme a las disposiciones fiscales, lo que puede generar
consecuencias jurídicas.
Comentamos la naturaleza jurídica de los pagos provisio-
nales del ISR y las consecuencias que derivan cuando los
mismos no se efectúan en los términos de las disposicio-
nes fiscales.
Objeto del ISR
De acuerdo con el artículo 6o. del CFF, la obligación de
pago de un tributo se da cuando el sujeto pasivo del mismo
se coloca en el supuesto de causación previsto en la nor-
ma jurídica. Para tal efecto, el artículo 1o. de la Ley del ISR
establece que el objeto del gravamen está constituido por
los ingresos que con motivo de sus actividades obtengan
los contribuyentes, sujetos pasivos del mismo; por tanto,
su obligación tributaria nace en el momento en que se ob-
tiene el ingreso y no hasta el término del ejercicio fiscal
cuando se puede conocer si hay una pérdida o utilidad.
No pasa inadvertido que la base del ISR se constituye por
las utilidades obtenidas y no por el ingreso genéricamente
A23
2a. quincena
agosto 2024
Taller de prácticasFiscal
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