Pago en parcialidades

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas199-199

Page 199

Es la autorización que otorga la autoridad al contribuyente para pagar a plazos las contribuciones omitidas y los accesorios que se generaron (recargos y/o actualizaciones), sin que dicho plazo exceda de cuarenta y ocho meses. www.sat.gob.mx.

Comentario. El art. 66 del CFF establece la opción de este pago en parcialidades incluyendo el art. 66-A que establece las reglas correspondientes pero también es cierto que en la RMF en las reglas I.2.19 y II.2.20 establecen otras disposiciones complementarias sin olvidar que en el...

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