¿Pagará la PTU en 2021? No olvide disminuirla en sus pagos provisionales del ISR. Personas morales del régimen general. Marco teórico

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¿Pagará la PTU en
2021? No olvide
disminuirla en sus
pagos provisionales
del ISR.
Personas morales del
régimen general
Marco teórico
Introducción
La fracción IX del apartado “A” del artículo 123 de la
CPEUM dispone en forma imperativa que los trabajado-
res tienen derecho a la PTU.
De acuerdo con el artículo 122 de la LFT, el reparto de
utilidades entre los trabajadores se efectuará dentro de
los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse
el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción
de aquéllos.
En virtud de que en mayo de este año los patrones ha-
cen partícipes a los trabajadores de las utilidades ge-
neradas durante el ejercicio de 2020, comentamos los
lineamientos para que la PTU pagada en 2021 pueda
disminuirse de los pagos provisionales del ISR corres-
pondientes de mayo a diciembre de este año.
Disminución de la PTU pagada en el ejercicio
Según el artículo 14, fracción II, inciso a, de la Ley del
ISR, el monto de la PTU pagada en el ejercicio en los
Taller de prácticas FISCAL
A15
2a. quincena
mayo 2021
Más del teMa
Participación de los trabajadores en las
utilidades (PTU). Procedimiento para su de-
terminación y pago. Aspectos fiscales
Taller de Prácticas, sección
Fiscal – edición 919
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