PROY-NOM-025-SSA3-2011: Para la Organización y Funcionamiento de las Unidades de Cuidados Intensivos.
Dependencia | Secretaría de Comunicaciones y Transportes |
Clave | PROY-NOM-025-SSA3-2011 |
Tipo de norma | Proyecto |
Rama de la Actividad Económica | Hospitales |
Producto | Servicios Médicos |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. GERMAN ENRIQUE FAJARDO DOLCI, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracciones III y XI, 41, 43, 44 primer párrafo, 47 fracción I y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o. fracciones I, II y VII, 13 apartado A fracciones I y IX, 34, 45, 46, 48, 78 y 79 de la Ley General de Salud; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 4o., 5o., 7o., 8o., 9o. y 10o. fracción I del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica; 2o. apartado A fracción I, 8o. fracción V y 9o. fracción IV Bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del:
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-025-SSA3-2011, PARA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES DE CUIDADOS INTENSIVOS
El presente Proyecto de norma, se publica a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus comentarios por escrito y medio magnético en idioma español ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, sito en Lieja No. 7, 1er. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, México, D.F., teléfonos (55) 55 53 69 30 y 52 86 17 20, fax 52 86 17 26, correo electrónico fajardo.german@salud.gob.mx.
Durante el lapso mencionado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio del presente proyecto de norma estará a disposición del público, para su consulta, en el domicilio del Comité, así como en el portal electrónico de Manifestaciones de Impacto Regulatorio www.cofemermir.gob.mx.
PREFACIO
En la elaboración de este Proyecto de Norma, participaron:
SECRETARIA DE SALUD
Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud
Dirección General de Calidad y Educación en Salud
Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad
Instituto Nacional de Cancerología
Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán
Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez
Instituto Nacional de Pediatría
Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes
Hospital General de México
Hospital Infantil de México Federico Gómez
Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
SECRETARIA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL
Hospital Pediátrico Peralvillo
Hospital Pediátrico Legaria
INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MEXICO
Hospital Materno Perinatal "Mónica Pretelini"
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS
Centro Médico Toluca
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Dirección de Prestaciones Médicas
Unidad Médica de Alta Especialidad Hospital General CMN "La Raza"
Centro Médico Nacional "Siglo XXI"
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Dirección Médica
Centro Médico Nacional "20 de Noviembre"
Hospital Regional "General Ignacio Zaragoza"
Hospital Regional "Lic. Adolfo López Mateos"
Hospital Regional "1o. de Octubre"
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
Dirección General de Sanidad Militar
SECRETARIA DE MARINA
Dirección General de Sanidad Naval
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
Facultad de Medicina
UNIVERSIDAD LA SALLE
Facultad Mexicana de Medicina
UNIVERSIDAD ANAHUAC
Escuela de Ciencias de la Salud
UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MEXICO
HOSPITAL DE LA BENEFICENCIA ESPAÑOLA, I.A.P.
HOSPITAL INFANTIL PRIVADO, S.A. DE C.V.
CORPORATIVO HOSPITAL SATELITE, S.A. DE C.V.
ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA DE MEXICO, A.C.
ACADEMIA MEXICANA DE CIENCIAS, A.C.
ASOCIACION MEXICANA DE MEDICINA CRITICA Y TERAPIA INTENSIVA, A.C.
ASOCIACION MEXICANA DE TERAPIA INTENSIVA PEDIATRICA, A.C.
CONSEJO MEXICANO DE MEDICINA CRITICA, A.C.
INDICE
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Introducción
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Objetivo
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Campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones y abreviaturas
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Generalidades
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Características específicas
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Concordancia con normas internacionales y mexicanas
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Bibliografía
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Vigilancia
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Vigencia
Apéndice A (Normativo) Unidad de Cuidados Intensivos Adultos
Apéndice B (Normativo) Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos
Apéndice C (Normativo) Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales
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Introducción
El desarrollo científico y tecnológico alcanzado en el campo de la medicina, hace posible que el manejo y tratamiento médico de pacientes en estado crítico, tenga cada vez mayores posibilidades de éxito. Esta condición requiere de asistencia médica altamente especializada con un enfoque integral, que involucre a todo el personal del área de la salud que se encuentra organizado en las unidades de cuidados intensivos.
El tratamiento de pacientes en estado crítico, tiene como uno de sus objetivos principales, que el equipo médico pueda mantener estables las funciones vitales del paciente, para que en condiciones de absoluto control se pueda hacer frente y atender los cambios fisiopatológicos que originan el estado de gravedad o inestabilidad, sin dejar de lado el tratamiento curativo de la patología de base que ha causado estas
alteraciones.
La elaboración de esta Norma Oficial Mexicana, responde a la necesidad de establecer criterios homogéneos para que las unidades de cuidados intensivos cuenten con las condiciones y características mínimas de organización y funcionamiento, que permitan desarrollar las actividades específicas de atención médica del paciente en estado crítico, fijar los límites en que se apoya la indicación de los cuidados intensivos, situación que redundará en la seguridad del paciente, en el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales destinados a la atención de pacientes que ameritan cuidados intensivos, lo cual se constituye en beneficio para los pacientes que requieren inminentemente del manejo bajo estas condiciones. Asimismo, se requiere abundar en aspectos éticos que refuercen los criterios y condiciones que prevengan la ocurrencia de actos médicos desproporcionados, que pudieran llegar a constituirse en obstinación terapéutica.
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Objetivo
Esta norma tiene por objeto, establecer las características mínimas de infraestructura física y equipamiento, los criterios para la organización y funcionamiento de las unidades de cuidados intensivos de los establecimientos para la atención médica hospitalaria, así como las características mínimas que deberán reunir los profesionales y técnicos del servicio, que participen en la atención médica de pacientes en dichas unidades.
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Campo de aplicación
Esta norma es de observancia obligatoria, para todos aquellos establecimientos y personal profesional y técnico del área de la salud, de los sectores público, social y privado, que de manera específica oferten y proporcionen servicios de atención médica en unidades de cuidados intensivos.
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Referencias
Para la correcta interpretación y aplicación de esta norma, es necesario consultar las siguientes Normas Oficiales Mexicanas o las que las sustituyan:
3.1 Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.
3.2 Norma Oficial Mexicana NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
4 Definiciones y abreviaturas
Para los efectos de esta norma se entenderá por:
4.1 Area tributaria, al espacio que circunda un mueble, equipo o accesorio, que debe permitir el desarrollo de las actividades del médico, la enfermera y demás personal que intervenga en el proceso de atención médica, así como la libre circulación de las personas.
4.2 Cubículo de cuidados intensivos, al lugar delimitado físicamente con su respectiva área tributaria, donde se ubican el mobiliario y equipamiento necesarios para la atención del paciente en estado agudo crítico.
4.3 Cuidado intensivo, a la forma de proporcionar atención del médico y la enfermera a pacientes en estado agudo crítico.
4.4 Cuidado progresivo del paciente, a la concepción mediante la cual se organizan y estratifican los servicios hospitalarios según las necesidades de atención del paciente, en tal forma que recibe el tipo de atención médica, con la complejidad requerida, en el momento más oportuno, en el sitio y área física del hospital, más apropiado a su estado clínico.
4.5 Estado agudo crítico, a la existencia de alteraciones fisiológicas que ponen en peligro inmediato la vida de los pacientes que presentan enfermedades con posibilidades razonables de recuperación.
4.6 Medicina crítica, a la rama de la medicina que tiene como objetivos principales, la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de los estados fisiopatológicos que ponen en peligro inmediato la vida.
4.7 Módulo de cuidados intensivos neonatales, al lugar delimitado físicamente con su respectiva área tributaria, donde se ubican el mobiliario y equipamiento necesarios para la atención del neonato en estado agudo crítico.
4.8 Neonatología, a la rama de la medicina que tiene como objetivos principales, la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de los estados fisiopatológicos que ponen en peligro inmediato la vida, la pérdida de una función y el neurodesarrollo en la etapa neonatal.
4.9 Paciente en estado crítico, a aquel potencialmente recuperable, con compromiso de uno o más de
los principales sistemas fisiológicos, con pérdida de su autorregulación y que requiera soporte artificial a sus...
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