La omisión legislativa y sus consecuencias en los derechos humanos en México
Autor | César Enrique Domínguez Hernández |
Páginas | 55-67 |
55
Doctrina
11-12
Núms. 11-12, septiembre de 2016-agosto de 2017
Revista Penal México
La omisión legislativa y sus consecuencias en los derechos
humanos en México
Facultad de Derecho de la Universidad
La Salle y Barra Nacional de Abogados
César Enrique Domínguez Hernández
Rec: 20-07-2016 | Fav: 30-09-2016
RESUMEN: El objeto de este ensayo es poder determinar la consecuencia que el fenómeno de la omisión
legislativa genera a partir de la interrupción del despliegue normativo de aquellos derechos fundamen-
tales consagrados en la constitución mexicana, sin dejar de señalar, anticipadamente como una de sus
consecuencias, la inconstitucionalidad de dicho fenómeno.
PALABRAS CLAVE: Omisión legislativa, derechos humanos, Constitución, México.
ABSTRACT: The purpose of this paper is to determine the consequences that legislative omission has in their
particular relation with normative deployment of the human rights included in Mexican Constitution; pre-
viously pointing as one of their mayor consequences the unconstitutionality produce by such phenomena.
KEY WORDS: Legislative omission, human rights, Constitution, Mexico.
SUMARIO: I. Introducción. II. La omisión legislativa. III. La omisión legislativa y sus consecuencias en
los derechos humanos en México. IV. Bibliografía.
I. Introducción
El goce de los derechos humanos reconocidos en la
Constitución Mexicana y en los tratados internacio-
nales, derivado de la reforma constitucional del diez
de junio de dos mil once,1 se traduce en una tutela re-
forzada que supone, de acuerdo al artículo 1º., párrafo
tercero, de nuestra Constitución, la obligación de to-
das las autoridades de promover, respetar, proteger y
garantizar los derechos humanos de conformidad con
los principios de universalidad, interdependencia, in-
divisibilidad y progresividad.
Sin embargo, consideramos que aún con la tutela
reforzada de los derechos humanos, también denomi-
nados por la teoría como derechos fundamentales,2
los mismos son susceptibles de ser vulnerados por las
1 Por decreto publicado en el -
nación del capítulo I, del título primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por lo que
2 Cf. Miguel Carbonell, 4a. ed. México, Editorial Porrúa, 2011, pp. 9 y ss. “…la distinción
entre derechos fundamentales y derechos humanos no debe llevarnos a pensar que se trata de categorías separadas e incomunicadas. Por el
contrario. De hecho, podríamos decir que todos los derechos fundamentales son derechos humanos constitucionalizados”.
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