Obligación de Estado, olvido de gobierno: La salud mental y la atención a personas con discapacidad

AutorRodrigo Chávez Fierro
La obligación

El párrafo tercero del artículo cuarto constitucional, reconoce el derecho de todas las personas a la protección de la salud, siendo la Ley General de Salud, ordenamiento reglamentario del derecho a la salud donde se puede analizar la obligación que tiene el Estado de dar una atención eficiente e integral a las personas con discapacidades mentales.

La trascendencia e importancia de los servicios de salud no está puesta en duda. "La protección de la salud y el desarrollo de los correspondientes sistemas sanitarios asistenciales es una de las tareas fundamentales en términos políticos y económicos de los Estados democráticos contemporáneos y representa una de las claves del Estado de bienestar" (Miguel Carbonell).

La Ley General de Salud habrá de señalar en reiteradas ocasiones la atención a grupos vulnerables, pero si bien en esta categoría podemos encontrar a los indígenas, a los niños, a los pobres, a las mujeres, consideramos que los más vulnerables entre los vulnerables (diría Joaquín López Dóriga) son las personas con severa discapacidad mental (retraso mental, síndrome de Down, entre otros), los cuales dependen de diversas personas para la realización de sus actividades las 24 horas de los 365 días del año de por vida; asimismo en ocasiones no pueden distinguir la realidad en que se desenvuelven y no son dueños totales de sus acciones; en pocos casos pueden acceder a un trabajo debidamente remunerado donde su ascenso está de antemano negado, además de ser en muchísimos casos sujetos de discriminación y maltrato incluso por parte de sus propios familiares, los cuales dejan a estas personas en completo estado de abandono.

En este sentido, la fracción segunda del artículo 3 de la Ley General de Salud señala que es materia de salubridad general: "II. La atención médica, preferentemente en beneficio de grupos vulnerables". Asimismo dentro del artículo 6 que habla sobre los objetivos del Sistema Nacional de Salud en su fracción tercera indica que dicho sistema tiene como objetivo: "III. Colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y minusválidos, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social".

Pero ¿a quién corresponde la noble tarea de la atención a discapacitados mentales? ¿Federación, entidades federativas o municipios? ¿Familiares, sociedad civil? Es claro que estas personas, porque son personas como Usted lector, como yo, personas con la misma dignidad que nosotros, necesitan de alguien más que vele por sus intereses. La sociedad civil en términos de la ley es coadyuvante del Estado en...

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