No olvide comunicar al IMSS la modificación de los datos de la inscripción patronal

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Los empleadores deben cumplir diversas obligaciones ante el IMSS; una de ellas es registrarse como patrón y, cuando surja algún cambio en los datos comunicados mediante el alta patronal, notificar al instituto tal circunstancia.

En este sentido, el artículo 16 del Racerf señala que es obligación del patrón comunicar al IMSS la suspensión, reanudación, cambio o término de actividades, clausura, cambio de nombre, denominación o razón social, domicilio o de representante legal, sustitución patronal, fusión, escisión o cualquier otra circunstancia que modifique los datos proporcionados al instituto, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de que ocurra el supuesto respectivo.

Asimismo, los patrones estarán obligados a comunicar al IMSS, cuando exista incorporación de nuevas actividades, compra de activos o cualquier acto de enajenación, arrendamiento, comodato o fideicomiso traslativo, siempre que ello implique un cambio de actividad.

Por la relevancia del tema, a continuación se comentan los aspectos importantes que el patrón o el sujeto obligado deberán observar, cuando se dé algunos de los supuestos siguientes: modificación por cambio de nombre, denominación o razón social del patrón, clausura, suspensión o terminación de actividades, reanudación de actividades, sustitución patronal, fusión, escisión, cambio de domicilio o de representante legal, estallamiento y término de huelga, a fin de que sirva de guía para presentar al IMSS el aviso correspondiente.

Lugar y horario para presentación de trámites

Los trámites que a continuación se mencionan, se presentarán en la subdelegación u oficina administrativa auxiliar del IMSS que corresponda al domicilio del centro de trabajo, en horario de 8:00 a 15:30 horas, de lunes a viernes.

Para saber cuál es la subdelegación u oficina administrativa auxiliar que corresponda, el interesado podrá acceder a la dirección www.imss.gob.mx/presta-cionesimss.

Aviso de modificación a la inscripción patronal por cambio de nombre, denominación o razón social del patrón

En caso de modificar el nombre, la denominación o la razón social de su empresa, el patrón o sujeto obligado deberán comunicarlo al IMSS dentro de los cinco días hábiles, a partir del supuesto respectivo.

Para tal efecto, se deberá cumplir lo siguiente:

  1. Presentar en original o copia certificada y copia simple (para cotejo), los siguientes documentos:

    1. Identificación oficial con fotografía y firma del patrón o sujeto obligado o su representante legal, cualquiera de las siguientes: credencial para votar del Instituto Federal Electoral (IFE), pasaporte vigente,cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional (SMN).

    2. En su caso, escritura pública o documento notarial que compruebe el carácter del representante legal en los que conste que el apoderado tiene facultades para actos de administración o para realizar todo clase de trámites y firma de documentos ante el IMSS, indistintamente, en copia y original para su cotejo.

    3. Tarjeta de identificación patronal.

    4. Aviso ante la SHCP, sellado como acuse de recibo.

    5. Acta constitutiva de la sociedad debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que corresponda y, en su caso, modificaciones a la misma (sólo persona moral).

  2. Requisitar y entregar con los datos actuales los siguientes formatos:

    1. Aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro (Afil-01), en original y dos copias.

    2. Inscripción de las empresas y modificaciones en el seguro de riesgos de trabajo (Clem-01), en original y copia.

    El trámite se debe realizar en forma personal por el patrón o a través del representante legal, a no ser que extiendan una carta poder simple para las personas que aparezcan en el reverso de la tarjeta de identificación patronal, misma que será canjeada con el cambio de razón social.

    El representante legal deberá firmar el aviso correspondiente, y los datos y la identificación de dicha persona deberán ser los mismos que los que se tengan registrados en el expediente del instituto; de lo contrario, se tendrá que presentar una carta poder notarial para su acreditación.

    La modificación por cambio de nombre, denominación o razón social es un aviso que realiza el patrón o sujeto obligado, bajo protesta de decir verdad, y que recibe el IMSS; éste expide copia sellada de recibido dentro de los dos días hábiles, posteriores a la recepción de la solicitud en la subdelegación u oficina administrativa, salvo cuando dicho instituto ejerza su facultad de comprobación.

    Si el cambio implica que el trámite se realice en diferentes municipios donde se tengan registros patronales de la misma empresa, se podrá solicitar autorización al nivel normativo central para que se presenten sólo copias simples de la documentación probatoria, siempre que el original se presente para cotejo junto con una copia en dicho nivel normativo; también se podrá solicitar autorización para presentar una carta poder simple, firmada por el representante legal para la persona que realizará el trámite en las oficinas administrativas correspondientes, con lo que no será necesario que el representante acuda personalmente para hacer el trámite.

Aviso de modificación a la inscripción patronal por clausura

En caso de clausura de la empresa, el patrón o sujeto obligado deberán presentar ante el IMSS el aviso correspondiente dentro de los cinco días hábiles siguientes; al respecto, se cumplirá lo siguiente:

  1. Presentar en original o copia certificada y copia simple (para cotejo), los siguientes documentos:

    1. Identificación oficial con fotografía y firma del patrón o sujeto obligado o su representante legal, cualquiera de las siguientes: credencial para votar del IFE, pasaporte vigente, cartilla del SMN o cédula profesional.

    2. En su caso, poder notarial del representante legal en el que se señale la facultad para realizar trámites en entidades públicas respecto de actos de administración o para pleitos y cobranzas, a nombre del patrón o sujeto obligado.

    3. Tarjeta de identificación patronal.

    4. Documento expedido por autoridad competente que acredite la clausura.

  2. Requisitar y entregar con los datos actuales el siguiente formato:

    • Aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro (Afil-01), en original y dos copias.

    El trámite se deberá realizar en forma personal por el patrón o su representante legal.

    El movimiento patronal de baja por clausura implica la baja automática de los trabajadores en la misma fechaen que se dé la baja patronal, reportada por el patrón en el aviso Afil-01, así como la baja del registro patronal; por lo que si se presenta de manera extemporánea, seguirán corriendo las cuotas obrero-patronales por los trabajadores vigentes hasta la fecha de la presentación del aviso de clausura.

    La modificación en la inscripción patronal por clausura es un aviso que realiza el patrón o sujeto obligado bajo protesta de decir verdad, y que recibe el IMSS; éste expide copia sellada de recibido dentro de los dos días hábiles, posteriores a la recepción de la solicitud en la subdelegación u oficina administrativa.

Aviso de modificación a la inscripción patronal por suspensión o terminación de actividades

Cuando se dé la suspensión de las actividades de las empresas o su terminación, el patrón o el sujeto obligado deberán informar al IMSS dicho acontecimiento dentro de los cinco días hábiles siguientes, y cumplir lo siguiente:

  1. Presentar en original o copia certificada y copia simple (para cotejo), los siguientes documentos:

    1. Identificación oficial con fotografía y firma del patrón o sujeto obligado o su representante legal, cualquiera de las siguientes: credencial para votar del IFE, pasaporte vigente, cartilla del SMN o cédula profesional.

    2. En su...

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