Oficio mediante el cual se otorga autorización para la organización y operación de una institución de financiamiento colectivo a denominarse Plataforma Inmobiliaria Cien Ladrillos, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo.
Fecha de publicación | 30 Septiembre 2021 |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
OFICIO mediante el cual se otorga autorización para la organización y operación de una institución de financiamiento colectivo a denominarse Plataforma Inmobiliaria Cien Ladrillos, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Presidencia.- Oficio Núm.: P065/2021.
Asunto: Autorización para la organización y operación de una institución de financiamiento colectivo a denominarse Plataforma Inmobiliaria Cien Ladrillos, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo.
PLATAFORMA INMOBILIARIA CIEN LADRILLOS, S.A.P.I. DE C.V.
Beethoven núm. 287, interior 32-A
Col. Juan Manuel Residencia
Guadalajara, Jalisco.
AT'N.: C. HUGO RAÚL BLUM CASILLAS
Representante legal
Con escrito presentado el 24 de septiembre de 2019, Plataforma Inmobiliaria Cien Ladrillos, S.A.P.I. de C.V. (Cien Ladrillos o la sociedad) solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (Comisión) autorización para organizarse y operar como una institución de financiamiento colectivo a denominarse Plataforma Inmobiliaria Cien Ladrillos, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo, acompañando al efecto la información y documentación soporte correspondiente.
Como antecedente, es de señalar que esta Comisión previno a Cien Ladrillos dentro del plazo establecido en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, a fin de que atendiera diversas observaciones y recomendaciones en relación con su solicitud de autorización, otorgándole al efecto la prórroga solicitada a esta autoridad.
En relación con lo anterior, Cien Ladrillos remitió diversa documentación e información con el fin de dar contestación a la prevención antes referida. Asimismo, esta autoridad requirió a Cien Ladrillos diversa documentación e información complementaria a efecto de estar en condiciones de atender su solicitud de autorización, por lo que, esa sociedad atendió el requerimiento de información complementaria y envió documentación e información actualizada en relación con su expediente. La sociedad solicitó una ampliación al plazo de resolución y una prórroga para el desahogo que le fueron otorgadas.
Sobre el particular, el Comité Interinstitucional en sesión celebrada el 26 de marzo de 2021, con fundamento en los artículos 11 y 35, en relación con el artículo 15 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera y,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que la documentación e información presentada con motivo de la...
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