Oficio mediante el cual se otorga autorización para la organización y operación de una institución de financiamiento colectivo a denominarse Play Business, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo.

Fecha de publicación30 Septiembre 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se otorga autorización para la organización y operación de una institución de financiamiento colectivo a denominarse Play Business, S
OFICIO mediante el cual se otorga autorización para la organización y operación de una institución de financiamiento colectivo a denominarse Play Business, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Presidencia.- Oficio Núm.: P043/2021.
Asunto: Autorización para la organización y operación de una institución de financiamiento colectivo a denominarse Play Business, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo.
PLAY BUSINESS, S.A.P.I. DE C.V.
Francisco Márquez Núm. 144,
Colonia Condesa, C.P. 06140,
Cuauhtémoc, Ciudad de México
AT'N.: C. JOAN CARLES SEGURA OYAMBURU
Representante legal
Con escrito presentado el 25 de septiembre de 2019, Play Business, S.A.P.I. de C.V. solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (Comisión) autorización para organizarse y operar como una institución de financiamiento colectivo a denominarse Play Business, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo, acompañando al efecto la información y documentación soporte correspondiente.
Como antecedente, es de señalar que esta Comisión previno a Play Business, S.A.P.I. de C.V. dentro del plazo establecido en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, a fin de que atendiera diversas observaciones y recomendaciones en relación con su solicitud de autorización, otorgándole al efecto la prórroga solicitada a esta autoridad.
En relación con lo anterior, Play Business, S.A.P.I. de C.V. remitió diversa documentación e información con el fin de dar contestación a la prevención antes referida. Asimismo, esta autoridad requirió Play Business, S.A.P.I. de C.V., diversa documentación e información complementaria a efecto de estar en condiciones de atender su solicitud de autorización, por lo que, esa sociedad atendió el requerimiento de información complementaria y envió documentación e información actualizada en relación con su expediente. La sociedad solicitó una ampliación al plazo que le fue otorgada.
Sobre el particular, el Comité Interinstitucional en sesión celebrada el 12 de marzo de 2021, con fundamento en los artículos 11 y 35, en relación con los artículos 15 y 16 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera y,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que la documentación e información presentada con motivo de la solicitud de autorización para la organización y operación de la Institución de Financiamiento Colectivo a denominarse Play Business, S.A.P.I. de C.V., Institución de Financiamiento Colectivo, cumple con los requisitos previstos en el artículo 15, en relación con el artículo 39 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera y con los artículos 3, 4 y 6 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera, así como con la demás regulación que por su naturaleza le corresponda.
SEGUNDO.- Que del análisis a la documentación e información recibida se concluyó que desde el punto de vista legal, financiero y operativo es procedente se otorgue la autorización solicitada, por lo que se adoptó el siguiente:
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