Octava Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013 y sus anexos 1 y 25

Fecha de disposición27 Febrero 2014
Fecha de publicación27 Febrero 2014
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria. Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración Tributaria resuelve expedir la:

OCTAVA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2013 Y SUS ANEXOS 1 Y 25.

Primero. Se realizan las siguientes reformas, adiciones y derogaciones a la Resolución que establece las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, publicada en el DOF el 30 de agosto de 2013:

  1. Se reforman las siguientes reglas:

    · 5.2.13.

    · 5.2.14.

    · 5.2.16. fracciones II y III.

    · 5.2.17 fracciones III y VI.

  2. Se adicionan las siguientes reglas:

    · 5.2.17. con una fracción XI y un cuarto párrafo a la regla.

    · 5.2.18.

    · 5.2.19.

  3. Se derogan las siguientes reglas:

    · 1.9.3.

    Las modificaciones anteriores quedan como sigue:

    1.9.3. Se deroga.

    5.2.13. Para los efectos de los artículos 28-A primer párrafo de la Ley del Impuesto de Valor Agregado y 15-A primer párrafo de la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios las empresas que se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras, podrán obtener la certificación en materia de IVA e IEPS a que refieren los artículos antes mencionados bajo las modalidades A, AA y AAA, para lo cual se deberá cumplir lo siguiente:

  4. Requisitos generales:

    1. Ingresar y requisitar en la Ventanilla Digital la "Solicitud de Certificación en materia de IVA e IEPS" en la página www.ventanillaunica.gob.mx conforme al instructivo de registro de empresas certificadas en materia de IVA e IEPS.

    2. Contar con control de inventarios de conformidad con las disposiciones previstas por el SAT.

    3. Presentar la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales de la solicitante, prevista en el artículo 32-D del Código, y en la RMF, emitida durante los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, así como con la de los socios, accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración, según sea el caso.

    4. No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículo 69 y 69-B, tercer párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.

    5. Que sus certificados de sellos digitales estén vigentes y no se hubiere comprobado que se infringió alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H, fracción X del Código, durante los últimos 12 meses.

    6. Presentar constancias de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y proporcionar el soporte documental del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de por lo menos 10 empleados a través de línea de captura del último bimestre del ejercicio inmediato anterior, mediante el comprobante de pago

      descargado por el sistema de pago referenciado (SIPARE), o comprobante de pago que sea acorde con la información del Sistema Único de Autodeterminación (SUA),y en el caso de subcontrataciones de trabajadores conforme al artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, acreditar que las empresas cuenten con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF, emitida durante los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, así como acreditar que estas últimas cumplen con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores.

    7. Conforme a las indicaciones del Instructivo, acreditar la inversión en territorio nacional.

    8. Reportar en la "Solicitud de Certificación en materia de IVA e IEPS" el nombre y dirección de los clientes y proveedores en el extranjero con los que realizaron operaciones de comercio exterior en el ejercicio inmediato anterior, relacionados con el régimen con el que se solicita la certificación.

    9. Permitir en todo momento el acceso al personal de la AGACE a la visita de inspección inicial, a las de supervisión de cumplimiento, así como cumplir los parámetros del régimen aduanero en el que realice las operaciones de comercio exterior.

      B Requisitos adicionales:

    10. Para efectos de los contribuyentes que operen bajo el régimen de importación temporal bajo la modalidad del programa IMMEX autorizado por la SE, se deberán cumplir adicionalmente los siguientes requisitos:

      1. Contar con programa vigente a la fecha de solicitud.

      2. Tener registrados ante el SAT todos los domicilios o establecimientos en los que realicen actividades vinculadas con el programa de maquila o exportación.

      3. Contar con infraestructura necesaria para realizar la operación del programa IMMEX, al proceso industrial o de servicio de conformidad con la modalidad de su programa, para lo cual la autoridad aduanera podrá realizar en todo momento inspecciones en los domicilios o establecimientos en los que se realizan operaciones.

      4. Acreditar que durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que se le prestó un servicio, durante dicho período representa al menos el 60 % del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo período.

      5. Acreditar que la empresa cuenta con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, de al menos un año de vigencia a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

      6. Conforme al instructivo de la "Solicitud de Certificación en materia de IVA e IEPS", describir las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa, describiendo desde el arribo de la mercancía, su almacenamiento, su proceso productivo, y retorno; anexando fotografías del mismo.

      7. Acreditar que la empresa cuenta con un contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme vigentes, que acrediten la continuidad del proyecto de exportación.

        Para las empresas que soliciten por primera vez su programa IMMEX ante la SE, o que tengan operando menos de un año el programa, podrán cumplir con el requisito general señalado en el Apartado A, fracción VI, con el documento que soporte la contratación de los empleados ya sea directamente o a través de las subcontrataciones que señala el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, tampoco estarán sujetas al requisito general de la fracción VIII del mismo Apartado A, ni al señalado en el Apartado B, fracción I, inciso d), salvo se trate de las empresas señaladas en el párrafo siguiente.

        Las empresas que importen temporalmente y retornen mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo I TER del Decreto IMMEX, o de las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 28 de las presentes reglas, cuando se destinen a elaborar bienes del sector de la confección clasificados en los capítulos 61 al 63 y en la fracción arancelaria 9404.90.99 de la TIGIE, así como los que se destinen a elaborar bienes del sector del calzado previstos en el capítulo 64 de la TIGIE, deberán cumplir con los siguientes requisitos y anexar la documentación que así lo acredite:

      8. Haber realizado operaciones al amparo del programa IMMEX en al menos los 12 meses previos a la solicitud.

      9. Acreditar que durante los últimos doce meses, el valor de la mercancía transformada y retornada, retornada en su mismo estado, con cambios de régimen o a la que se le prestó un servicio durante dicho período representa al menos el 80 % del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo período.

      10. Presentar constancias de la totalidad de personal registrado ante el IMSS y proporcionar el soporte documental del pago de los tres últimos bimestres del ejercicio inmediato anterior, realizados a través de línea de captura mediante el comprobante de pago descargado por el sistema de pago referenciado (SIPARE), o comprobante de pago que sea acorde con la información del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), de por lo menos 20 empleados adicionales a los señalados en el Apartado A, fracción VI, en el caso de subcontrataciones de trabajadores conforme al artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, acreditar que las empresas cuenten con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código y en la RMF, emitida durante los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, así como acreditar que estas últimas cumplen con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores.

      11. Que los socios y accionistas, representante legal, administrador único o miembros del consejo de administración de la empresa acrediten que en las declaraciones anuales de los dos ejercicios fiscales previos a la solicitud declararon ingresos acumulables ante la autoridad fiscal para los fines del ISR.

      12. Contar con un capital social fijo o, en su caso, con maquinaria y equipo de al menos 4 millones de pesos.

  5. Para los contribuyentes que operen el régimen de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal, deberán cumplir adicionalmente con lo siguiente:

    1. Contar con autorización vigente y no estar sujeta a proceso de cancelación.

    2. ...

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